Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2018 (19/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Viernes 19 de octubre de 2018 /

El Peruano

PRIMERO: Por Resolución Administrativa 499-2017-P-CSJV/PJ, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla designó a la señora doctora Karina Maricruz Atencio Valladares, como Jueza Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ventanilla, a partir del 12 de octubre de 2017. SEGUNDO: Con fecha 15 de octubre de 2018, la señora Karina Maricruz Atencio Valladares, como Jueza Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ventanilla, presentó su declinación al citado cargo a partir del 14 de octubre de 2018, en atención a motivos de superación profesional; por lo tanto, a fin de no afectar el despacho judicial, se debe proceder a efectuar la alternancia del citado despacho por el día 15 de octubre de 2018; asimismo, la designación de una magistrada a partir del 16 de octubre de 2018. TERCERO: Con fecha 09 de mayo de 2018, los señores Jueces Superiores Titulares por Acuerdo 0072018 de la Quinta Sesión de la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, aprobaron la nómina de Registro Transitorio de Jueces Supernumerarios, en consecuencia se emitió la Resolución Administrativa N° 172-2018-P-CSJV/PJ en la que establece la "Nómina de Abogados Aptos para el desempeño como Jueces Supernumerarios en el nivel Superior, Especializado y/o Mixto y Paz Letrado" correspondiente al año 2018, la cual se ejecutó conforme a las disposiciones de la Resolución Administrativa N° 243-2009-CE-PJ. CUARTO: Bajo ese contexto, se debe merituar que la magistrada ha designar tendrá como deber primordial la impartición de justicia con independencia e imparcialidad, pero además deberá tener probidad, veracidad, equidad, moral, diligencia, decoro, y sentido común, a fin de garantizar de una actuación imparcial que los jueces requieren en el desempeño de sus responsabilidades y funciones en beneficio de los ciudadanos, que aseguren una justicia pronta, eficiente y eficaz. QUINTO: Por tanto, considerando que la administración de justicia se constituye para establecer la paz social, asumiendo el Juez este deber transcendental de administrar justicia, lo que no puede ser posible de no ser cumplido una actuación con diligencia, responsabilidad y dedicación al trabajo, en el caso de designaciones de Jueces Provisionales y Supernumerarios en este Distrito Judicial se debe precisar que éstas se realizan bajo un estricto análisis y evaluación de los perfiles de cada uno de los profesionales que asumirán las funciones de la judicatura, para lo cual se tiene evaluar su capacidad e idoneidad, verificada a través de su trayectoria profesional. SEXTO: Por lo expresado, la señorita doctora Luzmila Becerra Alvarado, comprendida dentro de la nómina de abogados en el Registro Transitorio de Jueces Supernumerarios, cuenta con experiencia profesional acreditada como más de diez años como abogada, habiendo desempeñado funciones como servidora judicial ante la Corte Superior de Justicia de Lima, posee estudios concluidos en la Maestría en Derecho Civil y Comercial. SÉTIMO: El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo, correspondiéndole emprender una política de cautela por una pronta y eficiente administración de justicia con la finalidad de garantizar la mejor organización y funcionamiento de Órganos Jurisdiccionales en pro de los justiciables, y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar jueces supernumerarios, promover jueces titulares, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designación de los magistrados provisionales y supernumerarios que se encuentren en el ejercicio de su cargo jurisdiccional. En consecuencia, en cumplimiento de las disposiciones administrativas anteriormente mencionas, y en uso de las atribuciones conferidas en los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Organiza del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA, la designación de la señorita doctora KARINA MARICRUZ

ATENCIO VALLADARES, como Jueza Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ventanilla, siendo el último día efectivo de labores el 14 de octubre de 2018; dándosele las gracias por los servicios prestados, debiendo efectuar la entrega de cargo, así como realizar la devolución de la credencial respectiva. Artículo Segundo.- DISPONER, independiente a sus funciones, la alternancia del despacho del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ventanilla, al señor doctor CARLOS ROGER RODRIGUEZ ROSALES, Juez Titular del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ventanilla, por el día 15 de octubre de 2018. Artículo Tercero.- DESIGNAR a la señora doctora LUZMILA BECERRA ALVARADO, como Jueza Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ventanilla, a partir del 16 de octubre de 2018. Artículo Cuarto.- PONER EN CONOCIMIENTO de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, Presidencia de la Junta de Fiscales de Ventanilla, Dirección de la Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Ventanilla, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal, Administración del Módulo Básico de Justicia y a los interesados. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OLGA LIDIA INGA MICHUE Presidenta 1703568-2

Disponen el traslado de diversos órganos jurisdiccionales a la Sede de las Salas Penales de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 433-2018-P-CSJV/PJ Ventanilla, dieciséis de octubre de dos mil dieciocho. VISTOS: El Decreto Supremo N° 002-2016-JUS, Las Resoluciones Administrativas Nros. 228-2014-CE-PJ, 289-2014-CE-PJ, 082-2016-CE-PJ, 201-2017-P-CSJV/ PJ, 044-2018-CE-PJ y 045-2018-CE-PJ; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Resolución Administrativa N° 289-2014-CEPJ, modificó el Artículo Primero de la Resolución Administrativa N° 228-2014-CE-PJ, creando el Primer Juzgado de la Investigación Preparatoria, Segundo Juzgado de la Investigación Preparatoria, Primer Juzgado Penal Unipersonal, Segundo Juzgado Penal Unipersonal y la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, en razón de la aplicación de la Ley Contra el Crimen Organizado, a partir del 01 de setiembre de 2014. SEGUNDO: Por Decreto Supremo N° 002-2016-JUS publicado con fecha 31 de marzo de 2016, se modificó el Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, disponiéndose su implementación a partir del 01 de mayo del 2016, en el Distrito Judicial de Ventanilla. TERCERO: Mediante Resolución Administrativa N° 082-2016-CE-PJ de fecha 01 de abril de 2016 se dispuso crear a partir del 01 de mayo de 2016, los siguientes órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de Ventanilla, para la implementación del Nuevo Código Procesal Penal: Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Ventanilla,

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