Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2018 (06/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Jueves 6 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Perú y la Ministra de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de la República del Ecuador, suscribieron el "Acuerdo que establece la Comisión Binacional para la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos de las Cuencas Hidrográficas Transfronterizas entre la República del Perú y la República del Ecuador"; Que, el referido Acuerdo busca consolidar la cooperación bilateral para el mejor aprovechamiento y manejo de los recursos hídricos en cuencas hidrográficas transfronterizas, mediante el establecimiento e implementación de una "Comisión Binacional GIRH PerúEcuador; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º inciso 2 y 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú y el primer párrafo del artículo 2º de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los tratados celebrados por el Estado peruano; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República la documentación relativa al "Acuerdo que establece la Comisión Binacional para la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos de las Cuencas Hidrográficas Transfronterizas entre la República del Perú y la República del Ecuador", suscrito el 20 de octubre de 2017, en la ciudad de Trujillo, República del Perú. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1688406-8

Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al "Instrumento de Enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, 1986", adoptado en Ginebra, el 24 de junio de 1986, por la Conferencia de la Organización Internacional del Trabajo. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1688406-9

RemIten al Congreso de la República, la documentación relativa a la "Convención Interamericana contra Toda Forma de Discriminación e Intolerancia"
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 174-2018-RE Lima, 5 de setiembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, la "Convención Interamericana contra Toda Forma de Discriminación e Intolerancia" fue adoptada el 5 de junio de 2013 en el marco del 43° Periodo Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), en la República de Guatemala; y suscrita por la República del Perú, el 25 de octubre de 2016; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º y 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú; y, el primer párrafo del artículo 2º de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa a la "Convención Interamericana contra Toda Forma de Discriminación e Intolerancia", adoptada el 5 de junio de 2013 en el marco del 43° Periodo Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), en la República de Guatemala; y suscrita por la República del Perú, el 25 de octubre de 2016. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1688406-10

Remiten al Congreso de la República, la documentación relativa al "Instrumento de Enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, 1986"
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 173-2018-RE Lima, 5 de setiembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo fue adoptada el 28 de junio de 1919 y aprobada por la República del Perú, mediante la Resolución Legislativa N° 4010; Que, el 24 de junio de 1986, en la ciudad de Ginebra, la Conferencia de la Organización Internacional del Trabajo, adoptó el "Instrumento de Enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, 1986"; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento de enmienda; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º y 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú; y, el primer párrafo del artículo 2º de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano;

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