Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2018 (06/09/2018)


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NORMAS LEGALES

Jueves 6 de setiembre de 2018 /

El Peruano

estando su contratación excluida de la realización del concurso público; Que, con Memorándum N° 291-2018-MIDIS/PNCM/ DE, del 24 de agosto de 2018, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Cuna Más requiere que se realicen las acciones correspondientes para la designación de la señora Isabel Teresa Duránd Gonzales, en el cargo de confianza de Jefa de la Unidad Territorial de Lima Provincias del Programa Nacional Cuna Más; Que, con Memorándum Nº 963-2018-MIDIS/PNCMUGTH, de fecha 27 de agosto de 2018, la Unidad de Gestión del Talento Humano indica que ha verificado que la persona señalada en el considerando anterior cumple el perfil requerido conforme al Manual de Clasificador de Cargos del Programa Nacional Cuna Más, aprobado por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 1603-2017-MIDIS/PNCM; Que, con Informe Nº 924-2018-MIDIS/PNCM/UAJ, del 03 de setiembre de 2018, la Unidad de Asesoría Jurídica, encuentra que la designación de la señora Isabel Teresa Duránd Gonzales constituye un supuesto de hecho regulado en la Ley N° 29849, elevando el proyecto de Resolución para la respectiva designación; Con el visado de la Unidad de Gestión del Talento Humano, y de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Supremo N° 0032012-MIDIS modificado por el Decreto Supremo N° 0142017-MIDIS, la Resolución Ministerial Nº 274-2017-MIDIS, la Resolución Ministerial N° 209-2018-MIDIS, Resolución Ministerial N° 011-2018-MIDIS y conforme los instrumentos internos de gestión del Programa Nacional Cuna Más del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DESIGNAR a la señora ISABEL TERESA DURÁND GONZALES, en el cargo de jefa de la Unidad Territorial de Lima Provincias del Programa Nacional Cuna Más, la misma que será efectiva a partir del 10 de setiembre de 2018. Artículo 2°.- DISPONER su publicación en el Portal Institucional del Programa Nacional Cuna Más (www. cunamas.gob.pe), en la fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. ENDER NARDA ALLAIN SANTISTEVAN Directora Ejecutiva Programa Nacional Cuna Más 1688298-1

EDUCACION
Modifican el anexo de la R.M. N° 2752018-MINEDU, que contiene el cronograma de la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Institución Educativa de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial de los Grupos I y II
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 480-2018-MINEDU Lima, 5 de setiembre de 2018 VISTOS, el Expediente N° 0169253-2018, el Informe Nº 799-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente, dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe N° 912-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la referida Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial; Que, el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad; Que, de conformidad con el artículo 33 de la Ley de Reforma Magisterial, modificado por el artículo 2 de la Ley N° 30541, el profesor puede acceder a otros cargos de las áreas de desempeño laboral por concurso y por un periodo de cuatro años; y al término del periodo de gestión es evaluado para determinar su continuidad en el cargo hasta por un periodo adicional, o su retorno al cargo docente; Que, el artículo 38 de la Ley de Reforma Magisterial, modificado por el artículo 2 de la Ley N° 30541, establece que el desempeño del profesor en el cargo es evaluado de forma obligatoria al término del periodo de su gestión; y que la aprobación de esta evaluación determina su continuidad en el cargo y la desaprobación, su retorno al cargo docente; Que, de conformidad con los numerales 62.1 y 62.3 del artículo 62 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado con Decreto Supremo N° 0042013-ED, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 005-2017-MINEDU, la evaluación de desempeño en el cargo tiene como objetivo comprobar la eficacia y eficiencia del profesor en el ejercicio de dicho cargo, la que se realiza en base a los indicadores de desempeño establecidos para el respectivo tipo de cargo; y la ratificación del profesor por un periodo adicional está sujeta a la evaluación de desempeño en el cargo, señalando que el profesor que no es ratificado en cualquiera de los cargos a los que accedió por concurso retorna al cargo docente en su institución educativa de origen o una similar de su jurisdicción; Que, mediante Resolución Ministerial N° 2712018-MINEDU, modificada por Resolución Ministerial N° 345-2018-MINEDU, se aprobó la Norma Técnica denominada "Norma que regula la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Institución Educativa de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial"; la cual establece, entre otros aspectos, los criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y ejecución de la referida evaluación; Que, el numeral 6.1.2 de la precitada Norma Técnica señala que, excepcionalmente, el Ministerio de Educación puede modificar las fechas del cronograma; situación que debe ser difundida oportunamente en su portal institucional; Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial N° 275-2018-MINEDU, modificada por Resolución Ministerial N° 345-2018-MINEDU, se convoca a la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Institución Educativa de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial de los Grupos I y II, y se aprueba su cronograma; Que, a través del Oficio Nº 1803-2018-MINEDU/ VMGP-DIGEDD, la Directora General de la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 799-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, con el cual se sustenta la necesidad de modificar el cronograma de la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Institución Educativa de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial de los Grupos I y II, aprobada con Resolución Ministerial N° 275-2018-MINEDU; lo cual, permitirá

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