NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (17/09/2018)
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32 NORMAS LEGALES Lunes 17 de setiembre de 2018 / El Peruano SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 3494-2018 Lima, 11 de setiembre de 2018EL SECRETARIO GENERALVISTA:La solicitud presentada por la señora Sandra Mariela Morales Hildebrandt para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución S.B.S. N° 1797-2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 28 de marzo de 2018, cali fi có y aprobó por unanimidad la solicitud de la señora Sandra Mariela Morales Hildebrandt postulante a Corredor de Seguros Generales y de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modi fi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Sandra Mariela Morales Hildebrandt, con matrícula número N-4646, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.-Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Registrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1691899-1GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Declaran la elección de Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa ACUERDO REGIONAL Nº 072-2018-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 4 de setiembre del 2018El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR- AREQUIPA, ha establecido la separación de poderes al interior del Gobierno Regional de Arequipa, entre el Consejo Regional, como órgano normativo y fi scalizador y el Ejecutivo del Gobierno Regional de Arequipa; Que, conforme a la normatividad cada año se elige a un Presidente del Consejo Regional, dentro de sus integrantes, lo cual ha sido igualmente sancionado mediante Ley 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, ello es concordante con lo estipulado en el Reglamento Interno del Consejo Regional de Arequipa, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA, y en el presente ejercicio se ha elegido al señor Miguel Cárcamo Galván, como presidente del Consejo Regional, por el período 2018, cuyo mandato tiene vigencia de un año, sin embargo, con motivo de las elecciones regionales y municipales 2018, varios consejeros regionales están postulando a diversos cargos electorales, entre ellos, el señor Miguel Cárcamo Galván, para lo cual han solicitado y obtenido las licencias correspondientes de acuerdo a ley, según Acuerdo Regional N° 062-2018-GRA/CR-AREQUIPA; Que, el referido acuerdo regional en el considerando anterior, dispone que las licencias de los señores consejeros regionales son por 30 días calendarios, a partir del 7 de setiembre del año 2018, lapso en el cual no puede quedar sin representante legal el Consejo Regional, por lo que es necesario elegir por este lapso de tiempo a un presidente, dentro de los consejeros regionales que estarán habilitados en este período; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias y la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza Regional N° 154-Arequipa, el Consejo Regional procedió a realizar la correspondiente elección democrática para elegir al Presidente del Consejo para el período del año 2018; SE ACUERDA: Primero.- Declarar que como resultado de la elección democrática, universal y pública ha sido elegido Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa el Ing. CARLOS DONGO CASTILLO, por el período de licencia del Sr. Miguel A. Cárcamo Galván, que va del día 07 de setiembre al 07 de octubre de este año 2018. Segundo.- Disponer la publicación del presente acuerdo regional, en el Diario O fi cial El Peruano y en el diario de avisos judiciales de la Región Arequipa. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. MIGUEL A. CARCAMO GALVAN Presidente del Consejo Regional 1692036-1