Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2019 (03/04/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 3 de abril de 2019 /

El Peruano

solicitud presentada y para la emisión de la Resolución correspondiente. Queda facultada la Comisión para emitir Acuerdos que establezcan criterios interpretativos dirigidos a resolver cuestiones que se susciten en el procedimiento o suplir vacios del ordenamiento en la materia. Artículo 4º.- DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS El procedimiento se inicia a pedido de parte, con la presentación de la solicitud ante la Subgerencia de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, quien verificará que las mismas cumpla con la presentación de todos los documentos exigidos, en caso de faltar algún requisito notificará al contribuyente estableciéndose un plazo de tres (03) días hábiles para la subsanación, caso contrario se tendrá por no presentada la solicitud, devolviéndose los actuados al interesado. En lo que respecta al tiempo de duración del procedimiento que consta del Ingreso del Expediente Administrativo, Aprobación o Desaprobación de la solicitud de pago tributario y no tributario por bienes y/o servicios por parte de la Comisión, elaboración y notificación de la Resolución, no deberá exceder de sesenta (60) días hábiles. Mediante Resolución de Alcaldía y/o de Gerencia Municipal se aprobará o desestimará las solicitudes presentadas, las mismas que se tramitarán conforme las disposiciones del Reglamento de la presente Ordenanza. Para el inicio del trámite en el procedimiento normado por la presente Ordenanza deberán presentarse los siguientes requisitos: 4.1. REQUISITOS.4.1.1 CANJE POR BIENES Y/O SERVICIOS.Para el caso de contribuyente Personas Naturales: 1. Copia del D.N.I. del solicitante o su representante legal debidamente acreditado. 2. Relación de bienes y/o servicios a prestar, debiendo consignar: · Descripción detallada de los bienes a ser entregados y/o servicios a prestar. · Documentos que prueben la titularidad de los bienes y/o ejecución de los servicios (contrato de compra-venta, facturas, boletas, comprobantes de pago, cotización actualizada de un bien de iguales características al ofrecido, etc.) · Antigüedad de los bienes. · Número de los bienes. · Garantía técnica mínima de un año de los bienes ofrecidos, de ser el caso. · Valor del mercado estimado de los bienes o servicios a prestar, por unidad y por lote, según el caso. · Catálogos, muestrarios e instrucciones relativos al bien y/o servicios, respecto de los bienes, su uso, de ser el caso. · Compromiso de declaración jurada del bien(es) se encuentra (n) en óptimas condiciones y/o que se cumplirá con los servicios ofrecidos. 3. Estado de Cuenta Corriente y/o Liquidación del Tributo a la fecha de presentación de la solicitud, con la reserva de los intereses y moras que resulten al final de procedimiento. Para el caso de contribuyente Personas Jurídicas: 1. Copia del D.N.I. del Representante Legal. 2. Copia del testimonio de la Escritura Pública de Constitución. 3. Copia simple del RUC. 4. Relación de bienes y/o servicios a prestar, debiendo consignar: · Descripción detallada de los bienes a ser entregados y/o servicios a prestar. · Documentos que prueben la titularidad de los bienes y/o ejecución de los servicios (contrato de compra-venta, facturas, boletas, comprobantes de pago, cotización actualizada de un bien de iguales características al ofrecido, etc).

· Antigüedad de los bienes · Número de los bienes · Garantía técnica mínima de un año de los bienes ofrecidos, de ser el caso. · Valor del mercado estimado de los bienes o servicios a prestar, por unidad y por lote, según el caso. · Catálogos, muestrarios e instrucciones relativos al bien y/o servicios, respecto de los bienes, su uso, de ser el caso. · Compromiso de declaración jurada que el(los) bien(es) se encuentra(n) en óptimas condiciones y/o que se cumplirá con los servicios ofrecidos. 5. Estado de Cuenta Corriente a la fecha de presentación de la solicitud y/o Liquidación de Tributos, con la reserva de los intereses y moras que resulten al final de procedimiento. 4.1.2. CANJE POR SERVICIOS MENORES Y/O VINCULADOS A LOS DIVERSOS PROGRAMAS DE SEGURIDAD CIUDADANA, SERVICIOS A LA CIUDAD, SERVICIOS SOCIALES, CAMPAÑAS CÍVICAS, Y OTROS.1.-) Solicitud dirigida al Sr. Alcalde ofreciendo sus servicios adjuntando su Hoja de Vida. 2.-) Copia del D.N.I 3.-) Estado de Cuenta Corriente. 4.-) Documentación que sustente su condición socio económica o de salud. 5.-) Declaración Jurada de no contar con Antecedentes Penales, Judiciales y/o Policiales. Artículo 5º.- COSTAS Y GASTOS En caso de que las deudas se encontraran en cobranza coactiva deberá acreditarse haber cancelado las costas y los gastos administrativos que se hubieren generado, siendo requisito de ineludible cumplimiento para el inicio del procedimiento. Artículo 6º.- PÉRDIDA DEL BENEFICIO El contribuyente perderá la aprobación del beneficio, en los siguientes supuestos: a) No entregar los bienes dentro de los plazos establecidos. b) No haber cumplido con el pago dentro del plazo establecido, las costas y gastos del procedimiento coactivo para deudas que se encuentren en cobranza coactiva. c) Por pérdida o deterioro del bien por causa imputable al deudor; en estos casos serán de aplicación las normas de teoría del riesgo previstas en el Código Civil. d) Desaparición, destrucción o inutilización del bien antes de su entrega. e) Entrega parcial o defectuosa de los bienes o de verificarse que no cumplen con las características señaladas en la valorización. f) En el caso de bienes registrables, si se detectara la celebración de cualquier acto, contrato, medida cautelar, procedimiento judicial que impida la inscripción de la transferencia libre de carga y gravamen a favor del municipio. g) La interposición de recursos, demanda contenciosoadministrativa, acción de amparo o cualquier otra acción de naturaleza similar ante los órganos judiciales o administrativos respecto de la deuda materia de acogimiento. h) No asistir en los días y horarios programados por la Administración en el caso servicios menores y/o vinculados a los diversos programas de seguridad ciudadana, servicios a la ciudad, servicios sociales, campañas cívicas, y otros. i) Otras que en función a su gravedad y a criterio de la Comisión Técnica sean consideradas causales suficiente de pérdida. En cualquiera de los supuestos descritos anteriormente bastará una comunicación escrita al solicitante por parte de Secretaría General respecto a la pérdida del beneficio con el Informe de la Gerencia de Administración y Finanzas e

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