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38 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de abril de 2019 / El Peruano del 23 de octubre de 2018, la Gerencia de Supervisión y Fiscalización solicitó la opinión de la Gerencia de Asesoría Jurídica respecto de la interpretación del numeral 2.4 del Apéndice 2 del Anexo 16 en relación a las cláusulas 8.2.2.9 y 8.2.3.3 del Contrato de Concesión; Que, a través de la Resolución de Consejo Directivo N°035-2018-CD-OSITRAN del 05 de diciembre de 2018, sustentada en el Informe Conjunto N°027-18-IC-OSITRAN (GSF-GAJ), el Consejo Directivo dispuso el inicio de o fi cio del procedimiento de interpretación del numeral 2.4 del Apéndice 2 del Anexo 16 en relación a las cláusulas 8.2.2.9 y 8.2.3.3 del Contrato de Concesión, solicitando a las Partes presentar su posición en un plazo de 10 días hábiles. Dicha resolución fue noti fi cada a las Partes el 07 de diciembre de 2018 mediante el O fi cio Circular N°036- 2018-SCD-OSITRAN; Que, en atención al O fi cio Circular N°036-2018-SCD- OSITRAN, el Concesionario noti fi có el 09 de enero de 2019 la Carta N°0027-2019-AAP, en la cual manifestó que no presenta comentarios al Informe Conjunto N°027-18-IC-OSITRAN (GAJ-GSF); Que, en atención al O fi cio Circular N°036-2018-SCD- OSITRAN, el Concedente noti fi có el 18 de enero de 2019 el O fi cio N°0269-2019-MTC/25, en el cual sustentó su posición respecto del Informe Conjunto N°027-18-IC-OSITRAN (GAJ-GSF); Que, a través del O fi cio Múltiple N°0007-2019-MTC/19, notifi cado 01 de abril de 2019, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del MTC remitió a este Regulador la propuesta de Adenda N°4 al Contrato de Concesión, citando a la primera reunión de evaluación conjunta. Que, en el Informe de Visto, la Gerencia de Supervisión y Fiscalización y la Gerencia de Asesoría Jurídica concluyeron que tanto el procedimiento de modi fi cación contractual iniciado por las Partes y comunicado a este Regulador a través del O fi cio Múltiple N°007-2019- MTC/19, como el procedimiento de interpretación de o fi cio dispuesto en la Resolución de Consejo Directivo N°035-2018-CD-OSITRAN, se re fi eren a la misma cláusula contractual, en este caso el numeral 2.4 del Apéndice 2 del Anexo 16 del Contrato de Concesión; recomendando dejar sin efectos la Resolución de Consejo Directivo N°035-2018-CD-OSITRAN. Que, el literal e) del inciso 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en infraestructura de Transporte de Uso Público y Promoción de los Servicios de Transporte Aéreo, otorga al OSITRAN la función especí fi ca de interpretar los títulos en virtud de los cuales las Entidades Prestadoras realizan sus actividades de explotación; Que, el artículo 29 del Reglamento General del OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo Nº044-2006- PCM y sus modi fi catorias, precisa que la función de interpretar los títulos en virtud de los cuales las entidades prestadoras realizan sus actividades de explotación, corresponde al Consejo Directivo del OSITRAN; Que, luego de revisar y discutir el Informe de Vistos, el Consejo Directivo mani fi esta su conformidad con los fundamentos y conclusiones de dicho Informe, razón por la cual lo constituye como parte integrante de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2 del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N°004-2019-JUS; Por lo expuesto, y en virtud de sus funciones previstas en el numeral 7 del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del OSITRAN, aprobado por el Decreto Supremo N°012-2015-PCM y sus modi fi catorias, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Ordinaria Nº668-2019-CD-OSITRAN, y sobre la base del Informe Conjunto N°48- 2019-IC-OSITRAN (GAJ-GSF); SE RESUELVE:Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución de Consejo Directivo N°035-2018-CD-OSITRAN, mediante la cual se dispuso el inicio del procedimiento de interpretación de ofi cio del numeral 2.4 del Apéndice 2 del Anexo 16 en relación a las cláusulas 8.2.2.9 y 8.2.3.3 del Contrato de Concesión del Segundo Grupo de Aeropuertos de Provincia de la República del Perú. Artículo 2°.- Notifi car la presente Resolución y el Informe Conjunto N°48-2019-IC-OSITRAN (GAJ-GSF), al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en su calidad de Concedente, y a la entidad prestadora Aeropuertos Andinos del Perú S.A. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 4°.- Autorizar la difusión de la presente Resolución y del Informe Conjunto N°48- 2019-IC-OSITRAN (GAJ-GSF), en el Portal Institucional (www.ositran.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAMBRANO COPELLO Presidenta del Consejo Directivo 1761070-1 Dar por concluido el encargo efectuado mediante Res. Nº 152-2018-GG-OSITRAN y designan Asesor Técnico de la Gerencia General RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 048-2019-GG-OSITRAN Lima, 16 de abril de 2019VISTOS:El Memorando Nº 139-2019-GG-OSITRAN de la Gerencia General; el Memorando Nº 0269-2019-GA-OSITRAN de la Gerencia de Administración, el Informe Nº 0076-2019-JGRH-GA-OSITRAN de la Jefatura de Gestión de Recursos Humanos, y el Memorando Nº 0165-2019-GAJ-OSITRAN de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público y sus modi fi caciones, se creó el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, como organismo público encargado de normar, regular, supervisar, fi scalizar y resolver controversias respecto de los mercados relativos a la explotación de la infraestructura de transporte de uso público; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 012-2015-PCM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del OSITRAN, con el fi n de implementar las funciones establecidas por la Ley Nº 29754 y las instancias y órganos competentes, conforme lo señala el Reglamento General de OSITRAN, así como para promover una gestión e fi ciente, moderna, transparente y con enfoque de procesos y para resultados, cuyas decisiones institucionales sean predecibles; Que, a través de la Resolución Suprema Nº 047-2016- PCM del 8 de marzo de 2016 se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del OSITRAN; y, a través de la Resolución de Gerencia General Nº 159-2017-GG-OSITRAN, se aprobó el reordenamiento de cargos de dicho instrumento, modi fi cada mediante las Resoluciones de Gerencia General Nº 095-2018-GG-OSITRAN y Nº 103-2018-GG-OSITRAN, que aprueban nuevos reordenamientos; Que, a través de la Resolución de Gerencia General Nº 051-2016-GG-OSITRAN del 3 de mayo de 2016 se aprobó la Directiva que regula la promoción de servidores civiles y designación de personal en cargos de con fi anza del OSITRAN; Que, mediante la Resolución de Presidencia Nº 0009-2019-PD-OSITRAN se aprobó la nueva versión del Manual de Descripción de Puestos del OSITRAN, instrumento que identi fi ca a los cargos de con fi anza y