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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (23/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 44

4 NORMAS LEGALES Martes 23 de abril de 2019 / El Peruano (…) Sociedades de Bene ficencia Pública de Tumbes y Moquegua a cargo del INABIF del MIMP, (…).” DEBE DECIR:“Artículo 1.- (…) Sociedades de Bene ficencia a cargo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP. (…) Sociedades de Bene ficencia de Tumbes y Moquegua a cargo del MIMP, (…).” Anexo 1 (Página 3)DICE:“(…) Sociedades de Bene ficencia Pública y Juntas de Participación Social para el Bienestar Familiar – INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP” N° DEPARTAMENTOSOCIEDADES DE BENEFICENCIA PÚBLICAMUNICIPALIDADES PROVINCIALES 1 TUMBES TUMBES TUMBES2 MOQUEGUA MOQUEGUA MARISCAL NIETO DEBE DECIR: “(…) Sociedades de Bene ficencia a cargo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP” N° DEPARTAMENTOSOCIEDADES DE BENEFICENCIAMUNICIPALIDADES PROVINCIALES 1 TUMBES TUMBES TUMBES 2 MOQUEGUA MOQUEGUA MARISCAL NIETO 1762459-1 ECONOMIA Y FINANZAS Establecen monto de Asignación por Jornada de Trabajo Adicional y autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor de los Gobiernos Regionales DECRETO SUPREMO Nº 124-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el literal b) del inciso 35.1.1 del párrafo 35.1 del artículo 35 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, establece incrementar la asignación por jornada de trabajo adicional según la escala magisterial en que se encuentra el profesor encargado en cargo directivo o jerárquico de institución educativa o de especialista en educación, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 306-2017-EF; exceptuándose para tal efecto al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales, durante el Año Fiscal 2019, de lo establecido en el artículo 6 y en el párrafo 9.1 del artículo 9 de la Ley Nº 30879; la cual se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Educación, a solicitud de esta última; Que, el párrafo 35.2 del citado artículo autoriza al Ministerio de Educación con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, para efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, las cuales se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Educación, a solicitud de esta última;Que, de otro lado, el párrafo 31.1 del artículo 31 de la Ley Nº 30879 autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, para efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, hasta por el monto de S/ 1 654 483 336,00 (MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), para fi nanciar, entre otros, lo establecido en su literal b) referido al fi nanciamiento del pago de encargaturas en el marco de la Ley Nº 29944, para los profesores que temporalmente asuman cargos de responsabilidad previstos en las áreas de desempeño laboral establecidas en el artículo 12 de la referida ley; asimismo, el párrafo 31.3 del citado artículo señala que las citadas modi fi caciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, y la Ministra de Educación, a solicitud de esta última; Que, la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente del Ministerio de Educación, mediante Informes Nºs 00141-2019-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN y 00171-2019-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, sustenta y propone el nuevo importe de la Asignación por Jornada de Trabajo Adicional y su fi nanciamiento, conforme a lo dispuesto en el literal b) del inciso 35.1.1 del párrafo 35.1 y párrafo 35.2 del artículo 35 de la Ley Nº 30879; y, el fi nanciamiento del pago de encargaturas, en mérito a lo dispuesto en el literal b) del párrafo 31.1 del artículo 31 de la citada ley; Que, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante Informe Nº 00294-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP y O fi cio Nº 00249-2019-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, señala que cuentan con los recursos disponibles en el Presupuesto Institucional del pliego 010 Ministerio de Educación, en la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, para fi nanciar el costo de la Asignación por Jornada de Trabajo Adicional según la escala magisterial en que se encuentra el profesor encargado en cargo directivo o jerárquico de institución educativa o de especialista en educación, así como, el fi nanciamiento del pago de encargaturas en el marco de la Ley Nº 29944, para los profesores que temporalmente asuman cargos de responsabilidad previstos en las áreas de desempeño laboral establecidas en el artículo 12 de la referida ley, en virtud del cual, mediante O fi cio Nº 077-2019-MINEDU/DM, el citado Ministerio solicita dar trámite a las referidas disposiciones; Que, en consecuencia, corresponde disponer el incremento del monto de la Asignación por Jornada de Trabajo Adicional, según la escala magisterial en que se encuentra el profesor encargado en cargo directivo o jerárquico de institución educativa o de especialista en educación, para lo cual es necesario modi fi car los párrafos 1.1 y 1.3 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 306-2017-EF; así como, autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 293 663 582,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), del pliego 010 Ministerio de Educación a favor de los veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para fi nanciar lo mencionado en los considerandos precedentes, para 23 044 profesores; De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del inciso 35.1.1 del párrafo 35.1 del artículo 35 y el literal b) del párrafo 31.1 del artículo 31 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; y, el inciso 4 del párrafo 8.2 del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1442, Decreto Legislativo de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos en el Sector Público; DECRETA: Artículo 1. Incremento del monto de la Asignación por Jornada de Trabajo Adicional Increméntase el monto de la Asignación por Jornada de Trabajo Adicional, según la escala magisterial en que se encuentra el profesor encargado en cargo directivo o