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29 NORMAS LEGALES Martes 23 de abril de 2019 El Peruano / principales de las Corte Superiores de Justicia del país, disponiendo en su artículo cuarto que en aquellos órganos jurisdiccionales únicos en la especialidad e instancia donde no exista carga procesal su fi ciente para cumplir con su respectivo estándar de producción, la meta será el 77% de su carga procesal. Tercero: Bajo este contexto normativo, mediante el informe de visto, el Encargado del Área de Estadística de esta Corte Superior de Justicia puso en conocimiento de este Despacho la Resolución Administrativa Nº 60-2019-CE-PJ, mediante la cual el Consejo Ejecutivo resolvió publicar el Ranking de Cumplimiento de la Meta Final del Año Judicial 2017 de los órganos jurisdiccionales permanentes de las diferentes Corte Superiores de Justicia del país; y, felicitar la labor desempeñada por los órganos jurisdiccionales permanentes que lograron alcanzar o superar el 100% del estándar o su meta anual en su subespecialidad o instancia correspondiente. Cuarto: Ahora bien, respecto a los órganos jurisdiccionales permanentes de esta Corte Superior de Justicia que fueron felicitados mediante la referida resolución administrativa emitida por el Consejo Ejecutivo, se aprecia que mediante las Resoluciones Administrativas Nros. 468-2017-P-CSJV/PJ y 02-2018-P-CSJV/PJ se reconoció y felicitó al Juzgado Civil del MBJ-Proyecto Especial Pachacutec, Juzgado de Paz Letrado MBJ-Proyecto Especial Pachacutec, Juzgado Civil de los Distrito de Ancón y Santa Rosa, Primer Juzgado de Familia y Segundo Juzgado de Familia. Quinto: No obstante, de la Resolución Administrativa Nº 60-2019-CE-PJ la Presidencia advierte que se encuentra pendiente reconocer y felicitar a la Sala Civil Permanente que alcanzó el 108 % de su carga procesal real, a la Sala Laboral Permanente que alcanzó el 104% de su carga procesal real, al Juzgado Civil de Mi Perú que alcanzó el 104% de su carga procesal real, al Juzgado de Paz Letrado de Mi Perú que alcanzó el 106% de su carga procesal real y al Juzgado de Paz Letrado Laboral que alcanzó el 107% de su carga procesal real; esto es, por haber alcanzado y superado el 100% de la meta anual correspondiente al periodo comprendido entre enero y diciembre de 2017 Sexto: De lo anterior, se colige que el mérito obtenido por los órganos jurisdiccionales es sinónimo del esfuerzo conjunto que realizaron los magistrados que estuvieron a cargo del despacho y de su personal jurisdiccional, alcanzar o superar la meta anual esperada del 100% constituye un buen ejemplo en búsqueda de la e fi ciencia, efi cacia y productividad. En este sentido, corresponde emitir la resolución administrativa correspondiente, teniendo en cuenta que las metas respecto al estándar de producción tienen por objeto mejorar la gestión institucional, en bene fi cio del usuario del servicio de administración de justicia. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los numerales 3, 4 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla. RESUELVE: Artículo Primero.- RECONOCER Y FELICITAR a los señores magistrados y personal jurisdiccional de los siguientes órganos jurisdiccionales: Sala Civil Permanente, Sala Laboral Permanente, Juzgado Civil de Mi Perú, Juzgado de Paz Letrado de Mi Perú y Juzgado de Paz Letrado Laboral, por haber alcanzado y superado el 100% de la meta anual correspondiente al periodo comprendido entre enero y diciembre de 2017; precisándose que mediante las Resoluciones Administrativas Nros. 468-2017-P-CSJV/PJ y 02-2018-P-CSJV/PJ se reconoció y felicitó al Juzgado Civil del MBJ-Proyecto Especial Pachacutec, Juzgado de Paz Letrado MBJ-Proyecto Especial Pachacutec, Juzgado Civil de los Distrito de Ancón y Santa Rosa, Primer Juzgado de Familia y Segundo Juzgado de Familia.Artículo Segundo.- PÓNGASE A CONOCIMIENTO de Consejo Ejecutivo de Poder Judicial, de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial, de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, O fi cina de Administración Distrital, Administración del Módulo Básico de Justicia, Administración del Módulo Laboral, Administración de Sedes Periféricas, Área de Personal, Área de Imagen y Prensa, así como de los magistrados y personal jurisdiccional que laboraron durante el año 2017, en los órganos jurisdiccionales mencionados en el artículo precedente, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.CHRISTIAN ARTURO HERNANDEZ ALARCON Presidente 1762301-1 Conforman la Comisión encargada de organizar los actos oficiales conmemorativos con motivo de la celebración del Aniversario de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, así como la del Día del Juez, para el año judicial 2019 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 174-2019-P-CSJV/PJ Ventanilla, nueve de abril de dos mil diecinueve.-VISTO: La Resolución Administrativa N° 128-2014-CE- PJ; Resolución Administrativa N° 279-2014-CE-PJ; Resolución Administrativa N° 366-2014-CE-PJ; y, CONSIDERANDO:Primero.- Mediante Resolución Administrativa N° 128-2014-CE-PJ del 23 de abril de 2014, complementada por las Resoluciones Administrativas Nros. 219, 288 y 317-2014-CE-PJ de fechas 27 de abril, 27 de agosto y 17 de agosto de 2014 respectivamente, se creó el Distrito Judicial de Ventanilla - Lima Noroeste, con sede en el Distrito de Ventanilla. Segundo.- Posteriormente, mediante Resolución Administrativa N° 279-2014-CE-PJ del 12 de agosto de 2014, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 06 de setiembre de 2014, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso el funcionamiento de este Distrito Judicial, a partir del 30 de setiembre de 2014; y, subsiguientemente, mediante la Resolución Administrativa N° 366-2014-CE-PJ, publicada el 10 de diciembre de 2014, dispuso el cambio de denominación a Distrito Judicial de Ventanilla. Tercero.- En ese orden de ideas, resulta necesario señalar que cada año las Cortes Superiores de Justicia del país organizan los actos conmemorativos para la celebración o fi cial de dos fechas importantes en el quehacer judicial: el Día del Juez y el Aniversario de la Corte Superior de Justicia. Por lo cual, se hace necesario conformar la Comisión integrada por Magistrados que se encarguen de la organización, desarrollo y ejecución de las diversas actividades o fi ciales que comprenden las fechas precitadas. Por lo expuesto, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla en uso de las facultades conferidas por los numerales 3 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; RESUELVE: Artículo Primero.- CONFORMAR la Comisión encargada de organizar los actos o fi ciales conmemorativos con motivo de la celebración del Aniversario de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, así como la del Día