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107 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de abril de 2019 El Peruano / contra las mujeres y las personas que integran el grupo familiar. Las instituciones integrantes de la Instancia, nombran además del o la representante titular a su representante alterna o alterno.” Artículo Tercero.- RATIFICAR en sus demás extremos no modi fi cados con la presente Ordenanza, la Ordenanza Nº 324-MVES que aprueba el Plan Distrital Contra la Violencia hacia la Mujer del distrito de Villa El Salvador 2015-2021, así como su modi fi catoria con Ordenanza Nº 400-MVES. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social y el Área de la Mujer e Igualdad de Género, el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano a la Ofi cina de Secretaría General y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación de la norma aprobatoria en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.C. KEVIN YÑIGO PERALTA Alcalde 1762103-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO Fijan montos de remuneración mensual del alcalde y de dietas de regidores ACUERDO DE CONCEJO Nº 071-2019-MPT Trujillo, 25 de marzo del 2019EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO, VISTOS, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 25 de marzo del 2019, el O fi cio Nº 1398-2019-MPT- SG y actuados sobre la fi jación de la remuneración del Alcalde y dieta de los señores Regidores, Informe Legal Nº 006-2019-GAJ-MPT, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305 – Ley de Reforma Constitucional, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Le Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Esta autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, se dicta medidas sobre los ingresos por todo concepto de los Alcaldes y Dietas de los Regidores; Que, la Ley Orgánica de Municipales – Ley Nº 27972, en su artículo 21º, señala sobre los derechos, obligaciones y remuneración del Alcalde, regulando lo siguiente: “El alcalde provincial o distrital, según sea el caso, desempeña su cargo a tiempo completo, y es rentado mediante una remuneración mensual fi jada por acuerdo del concejo municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión. El acuerdo que la fi ja será publicada obligatoriamente bajo responsabilidad.El monto mensual de la remuneración del alcalde es fi jada discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad económica del gobierno local, previas las constataciones presupuestales del caso; la misma que anualmente podrá ser incrementada con arreglo a ley, siempre y cuando se observe estrictamente las exigencias presupuestales y económicas propias de su remuneración”; Que, la Ley Orgánica de Municipales – Ley Nº 27972, en su artículo 12º, regula sobre el Régimen de las Dietas de los Regidores, señalando lo siguiente: “Los regidores desempeñan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fi jadas por acuerdo del concejo municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión. El acuerdo que las fi jan será publicado obligatoriamente bajo responsabilidad. El monto de las dietas es fi jado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad económica del gobierno local, previa las constataciones presupuestales del caso. No pueden otorgarse más de cuatro dietas mensuales a cada regidor, Las dietas se pagan por asistencia efectiva a las sesiones”; Que, mediante O fi cio Nº 1398-2019-MPT-SG, el Secretario General, le solicita al Gerente de Asesoría Jurídica, le absuelva la siguiente consulta: ¿Es necesario que el Pleno del Concejo Municipal formule un nuevo Acuerdo de Concejo aprobando la Remuneración del señor Alcalde y las dieta de los señores Regidores, en observancia del Artículo 12 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades o el Principio de Conservación de los Actos Administrativos debemos continuar aplicando el Acuerdo de Concejo Nº 011-2015-MPT?; Que, con Informe Legal Nº006-2019-GAJ-MPT, el Gerente de Asesoría Jurídica concluye lo siguiente: 1. Corresponde al Concejo Municipal Provincial aprobar la Remuneración del Alcalde en la suma de S/. 10,460.00 soles, conforme a las normas establecidas en el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, así como la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto para ejercicio presupuestal 2019. 2. De igual modo, corresponde al Consejo Municipal aprobar las Dietas de los Regidores, en un porcentaje del 30% de la remuneración del Alcalde, porcentaje que corresponde al total de sesiones al mes, correspondiendo fi jar la dieta en la suma de S/. 780.00 soles por cada sesión efectiva. Que, en Sesión Extraordinaria de la fecha, se sometió a votación, la Aprobación de la fi jación de la remuneración del Alcalde y dieta de los señores Regidores, resultando aprobada por UNANIMIDAD, la rati fi cación del Acuerdo de Concejo Nº 011-2015-MPT, que fi ja en S/. 10,460.00 (diez mil cuatrocientos sesenta y 00/100 soles) la remuneración del Alcalde de la Municipalidad Provincial de Trujillo y en su artículo Segundo fi ja las dietas de los señores Regidores de la Municipalidad Provincial de Trujillo en S/. 780.00 (setecientos ochenta y 00/100 soles) por sesión manteniéndose así el Estatus Quo, y; En ejercicio de las facultades conferidas por el inciso 17) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; ACORDÓ:Artículo Primero.- FIJAR, en S/. 10,460.00 (diez mil cuatrocientos sesenta y 00/100 soles) la remuneración mensual del Alcalde de la Municipalidad Provincial de Trujillo, Ing. Daniel Marcelo Jacinto, para el año 2019. Artículo Segundo.- FIJAR, en S/. 780.00 (setecientos ochenta y00/100 soles) el monto de la dieta que por sesión percibirán los señores Regidores de la Municipalidad Provincial de Trujillo, para el año 2019. Artículo Tercero.- PUBLICAR, el presente Acuerdo en el Diario O fi cial, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 12º y 21º de la Ley Orgánica de Municipalidades. Regístrese, comuníquese y archívese. DANIEL MARCELO JACINTO Alcalde 1762588-1