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96 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de abril de 2019 / El Peruano Estado-Sociedad, mediante el cual se de fi nen las prioridades sobre las acciones o proyectos de inversión a implementar en el nivel de Gobierno Regional o Gobierno Local, con la participación de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos. b) Agentes Participantes.- Entiéndase por Agentes Participantes a quienes participan, con voz y voto, en la discusión y toma de decisiones sobre la priorización de problemas y de proyectos de inversión durante las fases del proceso del Presupuesto Participativo. Están integrados por los miembros del Consejo de Coordinación Regional, Consejo de Coordinación Local, los miembros de los Consejos Regionales, Concejos Municipales y los representantes de la Sociedad Civil identi fi cados para este propósito. Asimismo, por el Equipo Técnico de soporte del proceso, quien tiene a su cargo la conducción del mismo. c) Sociedad Civil.- Comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática así como a Organismos e Instituciones Privadas dentro del ámbito regional o local. d) Plan de Desarrollo Concertado Local.- Documento orientador del desarrollo regional o local y del proceso del Presupuesto Participativo, que contiene los acuerdos sobre la visión de desarrollo y objetivos estratégicos de la comunidad en concordancia con los planes sectoriales y nacionales. Sobre su base se identi fi can, analizan y priorizan los problemas y soluciones a través de proyectos de inversión durante la Fase de Concertación del proceso de Presupuesto Participativo. e) Talleres de Trabajo.- Reuniones de Agentes Participantes convocadas por los Presidentes Regionales y Alcaldes con la fi nalidad de identi fi car desde una perspectiva temática y territorial los problemas de la Región, Provincia o Distrito, así como también la priorización de los proyectos de inversión. f) Equipo Técnico.- Lo integran los profesionales y técnicos de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional; los funcionarios de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de los Gobiernos Locales; de la O fi cina de Programación e Inversión en el Gobierno Regional y Gobierno Local, o quienes hagan sus veces, pudiendo estar integrado, además, por profesionales con experiencia en temas de planeamiento y presupuesto provenientes de la Sociedad Civil. Es presidido por el jefe del área de Planeamiento y Presupuesto, o quien haga sus veces, en el Gobierno Regional o Gobierno Local y tiene la responsabilidad de conducir el proceso del Presupuesto Participativo, brindando soporte técnico durante el desarrollo del mismo, y realizando el trabajo de evaluación técnica a que hace referencia el artículo 8 del Reglamento. Artículo III.- ÁMBITO DE APLICACIÓN El presente Reglamento es de aplicación en la jurisdicción del distrito de San Juan de Mira fl ores. TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I OBJETO, OBJETIVOS Y FINALIDAD Artículo 1.- Objeto El presente Reglamento tiene por objeto establecer los mecanismos y pautas que regulan el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fi scal 2020 en el distrito de San Juan de Mira fl ores, en el marco de la normatividad vigente. Artículo 2.- Objetivos El Presupuesto Participativo tiene los siguientes objetivos: • Mejorar la e fi ciencia en la asignación y ejecución de los recursos públicos, de acuerdo a las prioridades consideradas en los Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo Local Concertado.• Reforzar la relación entre el Gobierno Local y la Sociedad Civil, a través de mecanismos que permitan mejorar la focalización de la inversión pública hacia aquellos grupos de la población con mayor carencia de servicios básicos. • Comprometer y garantizar la participación de la sociedad civil durante todo el proceso en las acciones de cumplimiento de los Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado Local, creando conciencia y cultura respecto de los derechos y obligaciones que los ciudadanos tienen como contribuyentes y como actores en el desarrollo local sostenible. • Reforzar el seguimiento, control, vigilancia y la rendición de cuentas de la ejecución del presupuesto, orientado a mejorar la efectividad de la acción del Gobierno Local hacia el logro de resultados, en el marco de la transparencia de la gestión. Artículo 3.- Finalidad Garantizar la transparencia y participación de los agentes participantes en las diversas fases del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020 en el distrito de San Juan de Miraflores, con la finalidad que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados específicos que la población necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideran más prioritarias para el desarrollo local, evitando de este modo ineficiencias en la asignación de los recursos públicos. CAPÍTULO II BASE LEGAL Artículo 4.- Base Legal • Constitución Política del Perú, y sus modi fi catorias. • Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización.• Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modi fi catorias. • Decreto Legislativo Nº 1440 – Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. • Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. • Ley Nº 29298, Ley que modi fi ca la Ley Nº 28056, Ley marco del Presupuesto Participativo. • Decreto Supremo Nº 142-2009/EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056. • Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, que aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01: Presupuesto Participativo Basado en Resultados. • Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, que establece los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución para delimitar los proyectos de inversión pública de impacto regional, provincial y distrital, a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en sus respectivos Presupuestos Participativos. • Decreto Supremo Nº 132-2010-EF, que modi fi ca el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF correspondiente al Proceso del Presupuesto Participativo. • Decreto Legislativo Nº 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. • Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. • Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, que aprueba el TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. • Ordenanza Nº 350/MDSJM, Ordenanza que aprueba la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores y la modi fi cación de la estructura orgánica, aprobada mediante la Ordenanza Nº 211-2011-MDSJM. • Ordenanza Nº 334/MSJM, que aprueba el Plan de Desarrollo Local Concertado – PDLC del Distrito de San Juan de Mira fl ores PDC 2017 – 2021.