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99 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de abril de 2019 El Peruano / Artículo 23.- Registro en el Libro Registro de Agentes Participantes La Secretaría General autoriza la apertura del Libro Registro de Agentes Participantes para el proceso de presupuesto participativo, perteneciente a la Subgerencia de Participación Vecinal, siendo la encargada de registrar a los Agentes Participantes, de conformidad a las solicitudes presentadas, según lo dispuesto en el artículo 20 del presente reglamento. En el Libro Registro de Agentes Participantes, se consigna el Formato Nº 3: “Ficha de Datos de Agentes Participantes” debidamente llenado y suscrito por el representante de la organización. Los Agentes Participantes registrados en el Libro Registro de Agentes Participantes que hayan presentado documentos fraudulentos o incompletos, serán separados automáticamente del proceso. Corresponde a la Subgerencia de Participación Vecinal, efectuar la verifi cación posterior de la documentación presentada. Artículo 24.- De la Acreditación de Agentes Participantes La acreditación de Agentes Participantes, se realiza en el Taller de Capacitación de Agentes Participantes. Artículo 25.- De las Responsabilidades de los Agentes Participantes Son responsabilidades de los Agentes Participantes las siguientes: a) Los Agentes Participantes debidamente acreditados, están obligados a participar en los Talleres del proceso. b) Identi fi car los problemas y alternativas de solución, con propuestas viables técnicamente y acordes a la capacidad fi nanciera del presupuesto asignado. c) Respetar a las Autoridades y Equipo Técnico en el uso de la palabra durante el proceso de facilitación de los talleres del proceso. d) La intervención de los Agentes Participantes es de forma directa, no se acepta representación alguna. e) Acatar los acuerdos que se tomen por mayoría y fi rmar el Acta Formalización de Acuerdos y Compromisos. En caso que el Agente Participante se niegue a fi rmar el Acta respectiva, no invalida los acuerdos y compromisos planteados. Artículo 26.- Faltas y Sanciones a los Agentes Participantes Son consideradas faltas: • La inasistencia injusti fi cada a los Talleres del proceso. • La agresión física o verbalmente a un Agente Participante o miembros del Equipo Técnico. • La asistencia a los Talleres del proceso en estado etílico o alteración por consumo de drogas. • La alteración de forma violenta del normal desarrollo de los Talleres del proceso. Son consideradas sanciones:• Por primera vez: Llamada de atención registrada en el cuaderno de ocurrencias del proceso. • Por segunda vez: Comunicación por el Presidente del Equipo Técnico, dirigido a la Organización a la que representa. • Por tercera vez: Denuncia de la falta, y sustitución por el Agente Participante Alterno, que representa a la Organización. • Por cuarta vez: Retiro de fi nitivo del Agente Participante del proceso. Artículo 27.- Conformación y reconocimiento del Equipo Técn ico El Equipo Técnico es el responsable de desarrollar el proceso del presupuesto participativo y está integrado por funcionarios, servidores municipales y representantes de la sociedad civil, según lo establecido en el literal f) del Artículo II del Título Preliminar del presente reglamento; siendo el Gerente de Planeamiento y Presupuesto quien lo preside. Los miembros del Equipo Técnico podrán participar con voz pero sin voto en los talleres del proceso. Su composición y reconocimiento se efectúa mediante Resolución de Alcaldía. Artículo 28.- Capacitación de los Agentes Participantes El Gobierno Local implementa mecanismos de capacitación y programas de desarrollo de capacidades para los agentes participantes, en especial para los agentes participantes de la sociedad civil. Las capacitaciones deben ajustarse a las necesidades y características de la población de la jurisdicción y pueden ser realizadas a través de modalidades como: talleres o reuniones en las que el Equipo Técnico informe a la población acerca de las tareas que involucra dicho proceso. CAPÍTULO II FASE DE CONCERTACIÓN Artículo 29.- Fase de Concertación En esta fase se reúnen el Equipo Técnico y la sociedad civil para desarrollar un trabajo concertado de diagnóstico, identi fi cación y priorización de resultados y de proyectos de inversión que contribuyan al logro de resultados a favor de la población, sobre todo de aquellos sectores con mayores necesidades de servicios básicos. Artículo 30.- Desarrollo de Talleres del Proceso Constituyen reuniones de trabajo, convocados por el Titular del Pliego, a través de los cuales se desarrolla las distintas acciones conducentes a la priorización de resultados, proyectos de inversión y compromisos del Gobierno Local y la sociedad civil. El Equipo Técnico es el encargado de brindar apoyo para la realización de los talleres de trabajo, debiendo preparar la información necesaria y consolidar sus resultados para la posterior evaluación de las propuestas de inversión resultantes del proceso, para ser considerada en el presupuesto institucional. Para el desarrollo de los talleres del proceso, el Equipo Técnico elabora el plan de trabajo y metodología correspondiente a cada taller. Artículo 31.- De los Talleres del Proceso El Equipo Técnico es el encargado del desarrollo de los talleres del proceso, siendo estos: 1. Taller de Capacitación. 2. Taller de Identi fi cación y Priorización de Resultados. 3. Taller de Priorización de Proyectos y Formalización de Acuerdos. 4. Taller de Rendición de Cuentas. Artículo 32.- Desarrollo del Taller de Capacitación Se desarrolla actividades de capacitación en temas como: 1. Presupuesto Participativo. 2. Gestión y Políticas Públicas.3. Planeamiento y Desarrollo Local.4. Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (INVIERTE.PE). 5. La Vigilancia del Presupuesto Participativo. Artículo 33.- Desarrollo del Taller de Identi fi cación y Priorización de Resultados El taller se inicia con la presentación del diagnóstico, que incluye información disponible sobre los principales resultados deseados por la localidad, que consideren prioritarios por el Equipo Técnico, el que deberá ser enriquecido con las opiniones de los agentes participantes. Los proyectos que se prioricen en el proceso participativo deberán responder a la visión y a los objetivos estratégicos contenidos en el Plan de Desarrollo Local Concertado. La identi fi cación y priorización de resultados tiene como objetivo identi fi car los resultados, especi fi cados en términos de mejoras en el bienestar ciudadano, a fi n de permitir posteriormente una adecuada asignación de los recursos públicos para el logro de los mismos.