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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (24/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 97

97 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de abril de 2019 El Peruano / TÍTULO II DISPOSICIONES ESPECÍFICAS CAPÍTULO ÚNICO INSTANCIA DEL PROCESO Artículo 5.- Instancia del proceso Está constituida por el Consejo de Coordinación Local Distrital, con el objeto de coordinar, concertar, liderar, monitorear y garantizar el desarrollo del proceso del presupuesto participativo dentro del ámbito local. El Consejo de Coordinación Local Distrital es un órgano de coordinación y concertación. Está integrado por el Alcalde Distrital que lo preside, pudiendo delegar tal función en el Teniente Alcalde, y los regidores distritales; y por los representantes de las organizaciones de la sociedad civil con las funciones y atribuciones que le señala la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. TÍTULO III ROLES DE LOS ACTORES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO CAPÍTULO I DEL TITULAR DEL PLIEGO Artículo 6.- Rol del Titular del Pliego Son roles del Titular del Pliego: • Convocar a reuniones del Presupuesto Participativo en su calidad de Presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital. • Organizar las actividades del proceso participativo, haciéndolas de conocimiento público. • Proponer para consideración los resultados prioritarios a favor de la población que pueden ser objeto de atención en el proceso. • Proponer la cartera de proyectos a ser sometida al Presupuesto Participativo, señalando explícitamente su conexión al resultado prioritario que corresponda. • Determinar e informar a los agentes participantes el porcentaje del presupuesto institucional que corresponderá al Presupuesto Participativo, sin perjuicio que los recursos no incluidos en el Presupuesto Participativo se asignen por resultados claramente especi fi cados. • Disponer las medidas necesarias para el cumplimiento de los acuerdos adoptados en el proceso. • Desarrollar las acciones necesarias para la implementación de los acuerdos. • Rendir cuentas a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos el año anterior. CAPÍTULO II DEL CONCEJO MUNICIPAL Artículo 7.- Rol del Concejo Municipal Son roles del Concejo Municipal: • Aprobar las normas complementarias que se requieran para llevar a cabo el proceso. • Fiscalizar el desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso. • Velar por el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por el Gobierno Local. CAPÍTULO III DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL Artículo 8.- Rol del Consejo de Coordinación Local Distrital Son roles del Consejo de Coordinación Local Distrital: • Participar y promover activamente el proceso.• Responder a las convocatorias que realiza la autoridad local.• Coordinar la incorporación de los proyectos de inversión en el presupuesto institucional correspondiente. • Apoyar al Comité de Vigilancia en el cumplimiento de las acciones acordadas en el Presupuesto Participativo. CAPÍTULO IV DE LOS AGENTES PARTICIPANTES Artículo 9.- Rol de los Agentes Participantes Son roles de los Agentes Participantes: • Participar activamente en la discusión, de fi nición, priorización y toma de decisiones respecto de los resultados a ser priorizados en el proceso, así como de los proyectos a ser considerados para contribuir al logro de dichos resultados. • Suscribir las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso. • Otros que demande el proceso. CAPÍTULO V DEL EQUIPO TECNICO Artículo 10.- Rol del Equipo Técnico Son roles del Equipo Técnico: • Brindar apoyo para la organización y desarrollo del proceso. • Facilitar información para el desarrollo de los talleres de trabajo. • Realizar la evaluación técnica y fi nanciera de los proyectos propuestos. • Preparar y presentar la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica y fi nanciera. CAPÍTULO VI DE LA GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO Artículo 11.- Rol de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto Son roles de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto: • Proponer a las instancias correspondientes el Presupuesto Institucional de Apertura, incorporando proyectos priorizados en el Presupuesto Participativo. • Remitir copia del Acta de Acuerdos y Compromisos, así como el Documento del proceso a la Dirección Nacional del Presupuesto Público. • Mantener actualizado el Aplicativo Informático del Presupuesto Participativo en las diversas fases del proceso. CAPÍTULO VII DEL COMITÉ DE VIGILANCIA Artículo 12.- Rol del Comité de Vigilancia Son roles del Comité de Vigilancia: • Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Presupuesto Participativo. • Informar al Concejo Municipal, Consejo de Coordinación Local Distrital y otras dependencias públicas en el caso de incumplimiento de los acuerdos. TÍTULO IV DEL FINANCIAMIENTO CAPÍTULO ÚNICO FINANCIAMIENTO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 13.- Financiamiento del Presupuesto Participativo El proceso del Presupuesto Participativo en los gastos