Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2019 (14/08/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 59

59 Miércoles 14 de agosto de 2019 El Peruano / Artículo 3º.- Modi fi car el Cuadro Nº 4 del Artículo 3 de la Resolución Nº 056-2017-OS/CD, con el fi n de actualizar la descripción de las nuevas Categorías de Consumidores aprobadas en el Contrato de Concesión, conforme a lo siguiente: “(...) Cuadro Nº 4 Factor K por categorías tarifarias Categoría Factor K Categoría I 9Categorías II, III 3Categoría GNV 4 Categorías IV, V, VI, VII y PESCA 6 (...)” Artículo 4º.- Modi fi car el numeral 2.1 del Artículo 2 del procedimiento aprobado mediante Resolución Nº 088-2015-OS/CD, conforme a lo siguiente: “Artículo 2.- ALCANCE2.1 Los principios y criterios contenidos en la presente norma son de aplicación para la Concesión Suroeste del Proyecto “Masi fi cación del uso de Gas Natural a Nivel Nacional” en concordancia con lo establecido en su respectivo Contratos de Concesión. (...)” Artículo 5º.- Incorporar el Informe Técnico Nº XXX- 2019-GRT y el Informe Legal Nº XXX-2019-GRT, como parte integrante de la presente resolución. Artículo 6º.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”, y consignada, junto con los Informes Nº 0xxx-2019-GRT y Nº 0xxx-2019-GRT, en el Portal Institucional de Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2019.aspxANEXO Procedimiento de Facturación para la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Norte Artículo 1- OBJETO El Procedimiento tiene por objetivo establecer los principios y criterios necesarios para determinar la facturación aplicable a los clientes de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Norte. Asimismo, determina el contenido mínimo que deberá presentar el recibo que se proporcionará a los Consumidores y los pliegos tarifarios que deberán ser publicados mensualmente por la empresa. Artículo 2- ALCANCE2.1 Los principios y criterios contenidos en la presente norma son de aplicación para la Concesión Norte del Proyecto “Masi fi cación del uso de Gas Natural a Nivel Nacional”. 2.2 Lo descrito en la presente norma establece los principios y criterios para determinar la facturación aplicable a los clientes del Concesionario, así como el contenido mínimo que deberán presentar los recibos y los pliegos tarifarios respectivos. 2.3 Las disposiciones contenidas en el Contrato relacionadas con las condiciones de uso del gas natural provenientes del Contrato de Suministro de GNL o la fi jación de los precios contenidos en el literal f) del numeral 11.2 del Contrato, no forman parte de los alcances de la presente norma. Artículo 3- BASE LEGAL Para efectos del presente procedimiento, se considera como base legal las normas que se indican a continuación y aquellas que las complementen, modi fi quen o sustituyan: FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la recti fi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión recti fi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a recti fi carse. 4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES PROYECTO