Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2019 (14/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Miércoles 14 de agosto de 2019

PROYECTO
ANEXO

59

Artículo 3º.- Modificar el Cuadro Nº 4 del Artículo 3 de la Resolución Nº 056-2017-OS/CD, con el fin de actualizar la descripción de las nuevas Categorías de Consumidores aprobadas en el Contrato de Concesión, conforme a lo siguiente: "(...) Cuadro Nº 4 Factor K por categorías tarifarias
Categoría Categoría I Categorías II, III Categoría GNV Categorías IV, V, VI, VII y PESCA Factor K 9 3 4 6

Procedimiento de Facturación para la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Norte Artículo 1- OBJETO El Procedimiento tiene por objetivo establecer los principios y criterios necesarios para determinar la facturación aplicable a los clientes de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Norte. Asimismo, determina el contenido mínimo que deberá presentar el recibo que se proporcionará a los Consumidores y los pliegos tarifarios que deberán ser publicados mensualmente por la empresa. Artículo 2- ALCANCE 2.1 Los principios y criterios contenidos en la presente norma son de aplicación para la Concesión Norte del Proyecto "Masificación del uso de Gas Natural a Nivel Nacional". 2.2 Lo descrito en la presente norma establece los principios y criterios para determinar la facturación aplicable a los clientes del Concesionario, así como el contenido mínimo que deberán presentar los recibos y los pliegos tarifarios respectivos. 2.3 Las disposiciones contenidas en el Contrato relacionadas con las condiciones de uso del gas natural provenientes del Contrato de Suministro de GNL o la fijación de los precios contenidos en el literal f) del numeral 11.2 del Contrato, no forman parte de los alcances de la presente norma. Artículo 3- BASE LEGAL Para efectos del presente procedimiento, se considera como base legal las normas que se indican a continuación y aquellas que las complementen, modifiquen o sustituyan:

(...)" Artículo 4º.- Modificar el numeral 2.1 del Artículo 2 del procedimiento aprobado mediante Resolución Nº 0882015-OS/CD, conforme a lo siguiente: "Artículo 2.- ALCANCE 2.1 Los principios y criterios contenidos en la presente norma son de aplicación para la Concesión Suroeste del Proyecto "Masificación del uso de Gas Natural a Nivel Nacional" en concordancia con lo establecido en su respectivo Contratos de Concesión. (...)" Artículo 5º.- Incorporar el Informe Técnico Nº XXX2019-GRT y el Informe Legal Nº XXX-2019-GRT, como parte integrante de la presente resolución. Artículo 6º.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano", y consignada, junto con los Informes Nº 0xxx-2019-GRT y Nº 0xxx2019-GRT, en el Portal Institucional de Osinergmin: http:// www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/ResolucionesGRT-2019.aspx

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

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