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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2019 (07/12/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 122

122 NORMAS LEGALES Sábado 7 de diciembre de 2019 / El Peruano al presupuesto institucional de apertura del año fi scal correspondiente a la efectiva incorporación; Que, asimismo, dicha disposición establece que las transferencias fi nancieras autorizadas en el párrafo precedente se realizan en el caso de las entidades del gobierno nacional, mediante resolución del titular del pliego, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Además de ello, precisa que la resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican en el diario o fi cial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en la página web del gobierno local respectivo; Que, por su parte, la Nonagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2019, indica que las empresas prestadoras de servicio de saneamiento que se constituyan como empresas de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, así como otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales y que se encuentren bajo el ámbito del Sistema Nacional de Presupuesto Público, quedan autorizadas para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven del fi nanciamiento de los OCI a cargo de la Contraloría General de la República y para el desarrollo de programas de capacitación por medio de la Escuela Nacional de Control, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, la precitada disposición también re fi ere que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular de la empresa o entidad, según corresponda, requiriéndose el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la empresa o entidad; y, que la resolución del titular de la empresa o entidad se publica el diario o fi cial El Peruano; Que, con Resolución de Contraloría N.° 355-2018- CG, publicada el 28 de junio de 2018 en el Diario O fi cial El Peruano, se aprobó el “Plan de Implementación de la Incorporación y Transferencias de los OCI a la Contraloría General de la República”, cuyo Plan de Acción 2 establece que se procura generar las condiciones, mecanismos e instrumentos que permitan concretar las transferencias fi nancieras de las entidades donde se encuentran adscritos los OCI a la Contraloría General de la República, de acuerdo con una estrategia y cronogramas alineados al proceso de incorporación de los OCI; Que, mediante Resolución Jefatural N.° 001-004- 00004189 de fecha 27 de diciembre de 2018, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2019 del Servicio de Administración Tributaria; Que, con O fi cio N.° 000927-2019-CG/SGE de fecha 6 de noviembre de 2019, la Contraloría General de la República solicita al SAT se proceda a efectuar la transferencia de recursos para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoria; Que, con Memorándum N.° 162-092-00013830 recibido el 28 de noviembre de 2019, la Gerencia de Finanzas, en atención al Informe N.° 246-082-00000779, emitido por la Especialista Contador General IV, solicita la emisión de la resolución jefatural que autorice la transferencia fi nanciera a la Contraloría General de la República, para habilitar la Especi fi ca de Gasto: Transferencia a Otras Unidades del Gobierno Nacional, con cargo a la fuente de fi nanciamiento 0900 recursos directamente recaudados; En uso de las facultades conferidas por los artículos 12 y 13 del Reglamento de Organización y Funciones del SAT, aprobado mediante Ordenanza Nº 1698 y modi fi cado por la Ordenanza N° 1881; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Organismo Público Descentralizado 500231: Servicio de Administración Tributaria de Lima, hasta por la suma de S/ 57,008.00 (Cincuenta y siete mil ocho y 00/100 soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General en el marco de lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. Artículo 2°.- La transferencia fi nanciera autorizada por la presente resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Organismo Público Descentralizado 500231: Servicio de Administración Tributaria de Lima, en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados y Especí fi ca de Gasto Transferencias a Otras Unidades del Gobierno Nacional, por la suma de S/ 57,008.00 (Cincuenta y siete mil ocho y 00/100 soles). Artículo 3°.- Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4°.- La Gerencia de Finanzas del SAT, es responsable de efectuar las acciones que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, así como del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, para los cuales se realiza la presente transferencia. Artículo 5°.- Encargar a la O fi cina de Imagen Institucional del SAT la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 6°.- Encargar al responsable del Portal de Transparencia del Servicio de Administración Tributaria la publicación de la presente resolución en la página Web de la Entidad: www.sat.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL FILADELFO ROA VILLAVICENCIO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 1833799-1 MUNICIPALIDAD DE ANCON Ordenanza que aprueba los procedimientos de saneamiento individual, regularización de transferencia y subasta de los bienes inmuebles de dominio privado de propiedad de la Municipalidad Distrital de Ancón ORDENANZA Nº 422-2019-MDA Ancón, 29 de noviembre de 2019VISTO:Informe Nº 338-2019-GAJ/MDA, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 1685-2019-SGLYCP-GAF/MDA de la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial, Memorándum Nº 159-2019-GDUyT-MDA, de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Transporte, Informe Nº 555-2019-MDA/GDUYT/SGPUOPyC, de la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Obras Privadas y Catastro, Informe Nº 104-2019-EVA/SGPUOPC/GDUT del Especialista Técnico de Saneamiento Físico Legal, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Conforme a los Art. 195º y 196º, los gobiernos locales son competentes para la administración de los bienes muebles e inmuebles de su propiedad y de las rentas provenientes de los tributos creados por Ley a su favor; Que, el Art. 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades dispone que las Ordenanzas de las