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117 NORMAS LEGALES Sábado 7 de diciembre de 2019 El Peruano / los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 2°.- Autorizar los gastos que irrogue la presente participación con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2019, de acuerdo a lo siguiente: Pasaje aéreo US$ 862.10 Viáticos US$ 1,110.00 Artículo 3°.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y AdministradorasPrivadas de Fondos de Pensiones 1833724-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Declaran de interés público regional el “Proyecto Integral de Intervención Urbano Patrimonial y Turística del Cuarto de Rescate y su entorno en la ciudad de Cajamarca” ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2019-GR.CAJ-CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO DE CAJAMARCA POR CUANTO:El Consejo Regional de la Región Cajamarca, de conformidad con lo previsto en los artículos 191 y 192 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización, Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 y sus modi fi catorias; en Sesión Ordinaria de fecha 05 Julio de 2019, ha aprobado la presente Ordenanza Regional: CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191 de la Constitución Política del Estado, concordante con el Artículo 2 de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un pliego presupuestal; Que el inciso “m” del Artículo 10° de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley N° 27867, establece que es competencia exclusiva, dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad. Que con O fi cio N° 145-2019-GR.CAJ/DIRCETU, de fecha 18 de Junio del 2019 emitido por la Directora Regional de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo otorga su conformidad al Informe Técnico contenido en el Informe N° 05-2019-GR.CAJ/DIRCETUR/DT-MLPS, de fecha 04 de junio del 2019 de la Especialista en Turismo quien emite Informe Técnico sobre “El Proyecto Integral de Intervención Urbano Patrimonial y Turística del Cuarto del Rescate y su Entorno en la ciudad de Cajamarca”,Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones y por las consideraciones expuestas, y conforme al inciso a) del Artículo 15, Artículos 37° y 38° de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: DECLARAR DE INTERÉS PÚBLICO REGIONAL DE CAJAMARCA “EL PROYECTO INTEGRAL DE INTERVENCIÓN URBANO PATRIMONIAL Y TURÍSTICA DEL CUARTO DEL RESCATE Y SU ENTORNO EN LA CIUDAD DE CAJAMARCA” Artículo Primero: DECLÁRESE DE INTERÉS PÚBLICO REGIONAL DE CAJAMARCA “EL PROYECTO INTEGRAL DE INTERVENCIÓN URBANO PATRIMONIAL Y TURÍSTICA DEL CUARTO DEL RESCATE Y SU ENTORNO EN LA CIUDAD DE CAJAMARCA” Artículo Segundo: FACÚLTESE al Gobernador Regional de Cajamarca, para que dicte normas técnicas y reglamentarias necesarias para la implementación de la presente Ordenanza. Articulo Tercero: ENCARGAR a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Cajamarca, realizar las acciones necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Ordenanza de acuerdo a sus atribuciones. Articulo Cuarto: La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Comuníquese al Gobernador del Gobierno Regional Cajamarca para su promulgación En Cajamarca, a los 15 días del mes de julio de dos mil deicinueve. ERNESTO SAMUEL VIGO SORIANO Consejero DelegadoPdte. del Consejo RegionalConsejo Regional EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en Cajamarca, a los 12 días del mes de Agosto de dos mil diecinueve. MESIAS ANTONIO GUEVARA AMASIFUEN Gobernador Regional 1834006-1 Aprueban Transferencia en calidad de donación al agente económico organizado AEO. Asociación Acuícola de Chirinos ACUERDO REGIONAL Nº 30-2019-GR.CAJ-CR Cajamarca, 10 de julio de 2019El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Séptima Sesión Ordinaria de Consejo Regional, de fecha 05 de Julio del año 2019; VISTO Y DEBATIDO el Punto Nº 12 de la Agenda, respecto al Dictamen Nº 014-2019-GR.CAJ-CR/COAJ, presentado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Jurídicos y Desarrollo Económico, de fecha 27 de Junio del año 2019; con el voto unánime del Pleno, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 192º de la Constitución Política del Estado, establece que: “los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo”;