Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2019 (19/12/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 139

El Peruano / Jueves 19 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES PROVINCIAS

139

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL
Aprueban la Reglamentación de la Ordenanza N° 390/MDSM que regula el otorgamiento de autorización municipal a los vehículos motorizados para expendio de alimentos denominados food trucks en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2019/MDSM San Miguel, 18 de noviembre de 2019 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL VISTOS, el memorando N° 1562-2019-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, informe N° 306-2019GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos y el memorando N° 560-2019-GFC/MDSM emitido por la Gerencia de Fiscalización y Control el Acta de Análisis, Debate y conformidad del contenido del Decreto de Alcaldía y; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 194° de la Constitución Política del Perú, y sus modificatorias, Leyes de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 390/MDSM, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 09 de agosto de 2019, se regula el otorgamiento de autorización municipal a los vehículos motorizados para expendio de alimentos denominados Food Trucks en el Distrito de San Miguel; Que, la Gerencia de Fiscalización y Control, a través del documento de vistos, proponen un reglamento, que no crea nuevos procedimientos ni incremento de derechos de tramitación o requisitos, debiendo ser aprobados mediante decreto de alcaldía, el mismo, que ha sido trabajado conjuntamente con la Gerencia de Salud, Desarrollo Económico y las Subgerencia de Licencias y Comercio, Gestión de Riesgo de Desastres, Tránsito y Transporte, Vigilancia Sanitaria y Zoonosis y Promoción de la Salud; De conformidad a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 390/MDSM y el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1º.- APROBAR la Reglamentación de la Ordenanza Nº 390/MDSM que regula el otorgamiento de autorización municipal a los vehículos motorizados para expendio de alimentos denominados food trucks en el Distrito de San Miguel, que costa de 13 (trece) artículos, 03 (cuatro) Disposiciones Complementarias, Transitorias y Modificatorias en 08 (ocho) folios, que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, y demás áreas competentes, el fiel cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Artículo 3º.- ENCARGAR a Secretaria General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones la difusión del texto íntegro del documento de gestión aprobado en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www. munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. JUAN JOSÉ GUEVARA BONILLA Alcalde 1837916-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE FERREÑAFE
Aprueban tasas, costos, procedimientos administrativos y formularios contenidos en el TUPA de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 018-2019-CMPF Ferreñafe, 23 de setiembre de 2019 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Ferreñafe en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de setiembre de 2019, aprobó la siguiente Ordenanza Municipal. VISTO: El Informe Técnico Nº 147-2019-MPF/GPP, emitido por el Responsable del Área de Racionalización de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, y demás documentos que se adjuntan en relación al proyecto de Ordenanza que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2019 de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe. CONSIDERANDO Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificada por la Ley Nº 27680, en concordancia con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 consagra que las Municipalidades son Órganos de Gobiernos promotores del Desarrollo Local, con personería de Derecho Público con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Conforme al Artículo 9º numeral 8 y 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, establecen las atribuciones del Concejo Municipal, para aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley; El artículo 40º de la misma norma municipal, establece que las ordenanzas municipales son las normas de carácter general y de mayor jerarquía por las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en que la municipalidad tiene competencia normativa; El artículo 66º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, define las tasas como aquellos tributos creados por los Concejos Municipales cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por la municipalidad de un servicio público o administrativo; Mediante Decreto Supremo Nº 004-2018-JUS, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, que en su artículo 44º establece lo siguiente: 44.1 El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo; inciso 44.2. La norma que aprueba el TUPA se publica en el diario oficial El Peruano; inciso 44.3 El TUPA y la disposición legal de aprobación o modificación se publica obligatoriamente en el portal del diario oficial El Peruano. Adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional de la entidad. La publicación en los medios previstos en el presente numeral se realiza de forma gratuita. Mediante Informe Técnico del visto se adjunta el Cuadro TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.