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139 NORMAS LEGALES Jueves 19 de diciembre de 2019 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Aprueban la Reglamentación de la Ordenanza N° 390/MDSM que regula el otorgamiento de autorización municipal a los vehículos motorizados para expendio de alimentos denominados food trucks en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2019/MDSM San Miguel, 18 de noviembre de 2019EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUELVISTOS, el memorando N° 1562-2019-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, informe N° 306-2019-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos y el memorando N° 560-2019-GFC/MDSM emitido por la Gerencia de Fiscalización y Control el Acta de Análisis, Debate y conformidad del contenido del Decreto de Alcaldía y; CONSIDERANDO:Que, conforme al artículo 194° de la Constitución Política del Perú, y sus modi fi catorias, Leyes de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 390/MDSM, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” con fecha 09 de agosto de 2019, se regula el otorgamiento de autorización municipal a los vehículos motorizados para expendio de alimentos denominados Food Trucks en el Distrito de San Miguel; Que, la Gerencia de Fiscalización y Control, a través del documento de vistos, proponen un reglamento, que no crea nuevos procedimientos ni incremento de derechos de tramitación o requisitos, debiendo ser aprobados mediante decreto de alcaldía, el mismo, que ha sido trabajado conjuntamente con la Gerencia de Salud, Desarrollo Económico y las Subgerencia de Licencias y Comercio, Gestión de Riesgo de Desastres, Tránsito y Transporte, Vigilancia Sanitaria y Zoonosis y Promoción de la Salud; De conformidad a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 390/MDSM y el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1º.- APROBAR la Reglamentación de la Ordenanza Nº 390/MDSM que regula el otorgamiento de autorización municipal a los vehículos motorizados para expendio de alimentos denominados food trucks en el Distrito de San Miguel, que costa de 13 (trece) artículos, 03 (cuatro) Disposiciones Complementarias, Transitorias y Modi fi catorias en 08 (ocho) folios, que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, y demás áreas competentes, el fi el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Artículo 3º.- ENCARGAR a Secretaria General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones la difusión del texto íntegro del documento de gestión aprobado en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www. munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase.JUAN JOSÉ GUEVARA BONILLA Alcalde 1837916-1PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE FERREÑAFE Aprueban tasas, costos, procedimientos administrativos y formularios contenidos en el TUPA de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 018-2019-CMPF Ferreñafe, 23 de setiembre de 2019POR CUANTO:El Concejo Municipal de Ferreñafe en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de setiembre de 2019, aprobó la siguiente Ordenanza Municipal. VISTO:El Informe Técnico Nº 147-2019-MPF/GPP, emitido por el Responsable del Área de Racionalización de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, y demás documentos que se adjuntan en relación al proyecto de Ordenanza que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2019 de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe. CONSIDERANDOQue, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modi fi cada por la Ley Nº 27680, en concordancia con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 consagra que las Municipalidades son Órganos de Gobiernos promotores del Desarrollo Local, con personería de Derecho Público con plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Conforme al Artículo 9º numeral 8 y 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, establecen las atribuciones del Concejo Municipal, para aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, crear, modi fi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley; El artículo 40º de la misma norma municipal, establece que las ordenanzas municipales son las normas de carácter general y de mayor jerarquía por las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en que la municipalidad tiene competencia normativa; El artículo 66º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, defi ne las tasas como aquellos tributos creados por los Concejos Municipales cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por la municipalidad de un servicio público o administrativo; Mediante Decreto Supremo Nº 004-2018-JUS, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, que en su artículo 44º establece lo siguiente: 44.1 El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo; inciso 44.2. La norma que aprueba el TUPA se publica en el diario o fi cial El Peruano; inciso 44.3 El TUPA y la disposición legal de aprobación o modi fi cación se publica obligatoriamente en el portal del diario o fi cial El Peruano. Adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional de la entidad. La publicación en los medios previstos en el presente numeral se realiza de forma gratuita. Mediante Informe Técnico del visto se adjunta el Cuadro TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS