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46 NORMAS LEGALES Viernes 27 de diciembre de 2019 / El Peruano ACTIVIDAD 5005628 : Contratación oportuna y pago del personal docente y promotoras de las instituciones educativas de educación básica regularFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 127 828 876,00 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0106 : Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productivaPRODUCTO 3000790 : Personal contratado oportunamenteACTIVIDAD 5005877 : Contratación oportuna y pago de personal en instituciones educativas inclusivas, centros de educación básica especial y centros de recursosFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 71 080,00 CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5000661 : Desarrollo de la educación laboral y técnicaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 326 820,00 ACTIVIDAD 5000681 : Desarrollo del ciclo avanzado de la educación básica alternativaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 201 297,00 ACTIVIDAD 5000683 : Desarrollo del ciclo intermedio de la educación básica alternativaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 35 980,00 ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones previsionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 1 248 845,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 129,712,898,00 ============ 1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 y los montos de transferencia por pliego se detallan en los Anexos que forman parte del presente Decreto Supremo, los cuales se publican en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano, conforme a lo siguiente: Anexo Descripción Anexo 1 Transferencia para fi nanciar el costo del tercer tramo de las asignaciones temporales correspondientes a los profesores en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial Anexo 2 Transferencia para fi nanciar el costo del tercer tramo de la asignación especial por prestar servicios en instituciones educativas en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) en el marco de lo dispuesto por la disposición complementaria, transitoria y fi nal octava de la Ley N° 29944; el literal c) del artículo 2 de la Ley N° 30328, y los artículos 1 y 2 de la Ley N° 30202Anexo 3 Transferencia para fi nanciar el costo del tercer tramo de las asignaciones temporales correspondientes a los profesores contratados en el marco del Contrato de Servicio Docente al que se re fi ere la Ley N° 30328 y la normatividad complementaria Anexo 4 Transferencia para fi nanciar el costo del tercer tramo de las asignaciones temporales correspondientes a los auxiliares de educación nombrados y contratados en el marco de la Ley N° 30493, Ley que regula la política remunerativa del Auxiliar de Educación en las instituciones educativas públicas, en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial Anexo 5 Transferencia para fi nanciar el pago de las pensiones bajo el régimen del Decreto Ley N° 20530 a favor de los profesores comprendidos dentro de la Carrera Pública Magisterial, en el marco de la Ley N° 29944 Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por la Ministra de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas FLOR AIDEÉ PABLO MEDINA Ministra de Educación 1840663-3 Aprueban la formalización de los Créditos Suplementarios del Tercer Trimestre del Año Fiscal 2019, en el Presupuesto Consolidado de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO Nº 387-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA