Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2019 (27/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Viernes 27 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES
Descripción Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del Gasto ­ Recursos Públicos. Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del Gasto ­ Recursos Directamente Recaudados. Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del Gasto ­ Donaciones y Transferencias. Anexo Anexo Nº III

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CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al numeral 50.5 del artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Dirección General de Presupuesto Público propone el proyecto de Decreto Supremo que aprueba las modificaciones al Presupuesto Consolidado de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, sobre la base de las resoluciones que aprueban la mayor disponibilidad financiera de los fondos públicos que financian el presupuesto de las referidas entidades; Que, el Decreto Supremo Nº 303-2018-EF que aprueba el Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2019 de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales establece, entre otros aspectos, que las modificaciones al Presupuesto Consolidado de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales correspondiente al Año Fiscal 2019, se aprueban en periodos trimestrales mediante Decreto Supremo, conforme a los procedimientos establecidos en la Directiva para la Ejecución Presupuestaria de las Entidades de Tratamiento Empresarial; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la formalización de los Créditos Suplementarios del Tercer Trimestre del Año Fiscal 2019, en el Presupuesto Consolidado de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; De conformidad con el numeral 50.5 del artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y el Decreto Supremo Nº 303-2018-EF; DECRETA: Artículo 1. Objeto Apruébase en el Presupuesto Consolidado de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales correspondiente al Año Fiscal 2019, la formalización de los Créditos Suplementarios del Tercer Trimestre del citado año fiscal hasta por la suma de S/ 96 549 955,00 (NOVENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), de acuerdo a lo siguiente:
INGRESOS Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados Donaciones y Transferencias TOTAL INGRESOS EGRESOS Gastos Corrientes Gastos de Capital TOTAL EGRESOS En Soles 23 566 256,00 72 983 699,00 --------------------96 549 955,00 ============ En Soles 40 801 544,00 55 748 411,00 --------------------96 549 955,00 ============

Anexo Nº III-1

Anexo Nº III-2

Artículo 3. Efectos de la Formalización La formalización de los Créditos Suplementarios en el Presupuesto Consolidado de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para el Tercer Trimestre del Año Fiscal 2019, no convalida los actos administrativos o de administración que hayan ejecutado los Pliegos Presupuestarios, sin sujeción a la normatividad presupuestaria. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1840663-4

EDUCACION
Aprueban el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Educación 2019 ­ 2021
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 621-2019-MINEDU Lima, 26 de diciembre de 2019 VISTOS, el Expediente N° 2019-0206087, el Oficio N° 221-2019-EF/15.01, el Memorando N° 211-2019EF/68.03 y el Informe N° 157-2019-EF/68.03 del Ministerio de Economía y Finanzas, los Informes N°s 00716 y 00808-2019-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DIPLAN de la Dirección de Planificación de Inversiones, los Oficios N°s 02927 y 03227-2019-MINEDU/VMGI-DIGEIE de la Dirección General de Infraestructura Educativa, el Informe N° 0299-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME de la Unidad de Organización y Métodos, los Oficios N°s 00839 y 00928-2019-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe N° 1606-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos (en adelante, el Decreto Legislativo N° 1362), tiene por objeto regular el marco institucional y los procesos para el desarrollo de proyectos de inversión bajo las modalidades de Asociación Público Privada y de Proyectos en Activos; Que, el numeral 31.1 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1362 establece que la fase de Planeamiento

Artículo 2. Desagregado del Presupuesto Consolidado El desagregado de los montos aprobados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel Consolidado de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se detalla en los Anexos que forman parte de la presente norma, los cuales son publicados en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), de acuerdo a lo siguiente:
Descripción Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Fuente de Financiamiento y Genérica del Gasto. Distribución del Ingreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Fuente de Financiamiento. Anexo Anexo Nº I

Anexo N° II

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