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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2019 (31/12/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 376

TEXTO PAGINA: 185

185 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2019 El Peruano / ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Aprueban Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público, y de Ingresos del Personal del OSITRAN para el Año Fiscal 2020 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 0060-2019-PD-OSITRAN Lima, 30 de diciembre de 2019VISTOS:El Memorando Nº 572-2019-GPP-OSITRAN emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 01156-2019-GA-OSITRAN emitido por la Gerencia de Administración, el Memorando Nº 0590-2019-GAJ-OSITRAN de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 526-2019-GG-OSITRAN de la Gerencia General; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público, se creó el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, como organismo público con autonomía administrativa, funciona, técnica, económica y fi nanciera, encargado de regular, normar, supervisar, fi scalizar, dentro del ámbito de su competencia, el comportamiento de los de los mercados en los que actúan las Entidades Prestadora, así como el cumplimiento de los contratos de concesión, cautelando en forma imparcial y objetiva los intereses del Estado, de los inversionistas y del usuario; Que, el literal e) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia Nº 014-2019 Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2020, autoriza a los Organismos Reguladores a aprobar disposiciones de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público, y de ingresos del personal mediante resolución de su titular y su respectiva publicación en el Diario O fi cial El Peruano, en un plazo que no exceda el 31 de diciembre de 2019; asimismo, establece que en materia de ingresos del personal se sujeta a lo dispuesto en dicho cuerpo normativo, y, en lo corresponda, a la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y sus Reglamentos, aprobados en el marco de la Décima Disposición Complementaria Final de la mencionada Ley; Que, a través del Memorando Nº 572-19-GPP- OSITRAN, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto en el marco de las disposiciones contenidas en el Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2020, propuso las Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público en el OSITRAN para el Año Fiscal 2020; Que, mediante Memorando Nº 01156-2019-GA- OSITRAN, la Gerencia de Administración remitió a la Gerencia General el proyecto de Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público, y de Ingresos del Personal del OSITRAN para el Año Fiscal 2020, en el cual incorporó los aportes pertinentes en materia de personal, viajes al exterior y asignación de viáticos, telefonía fi ja, telefonía celular, uso de impresoras, adquisición de vehículos, movilidad local, eventos y atenciones o fi ciales, modi fi caciones presupuestarias e incorporación de mayores ingresos para el fi nanciamiento de personal, para lo cual contó con la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, así como de sus Jefaturas; Que, a través del Memorando Nº 0590-2019-GAJ- OSITRAN, la Gerencia de Asesoría Jurídica emitió opinión favorable sobre la propuesta normativa, indicando que se ajusta a lo dispuesto en el literal e) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Que, mediante del Memorando Nº 526-2019-GG- OSITRAN, la Gerencia General emitió opinión favorable sobre la propuesta normativa; Que, resulta necesario emitir Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público, y de Ingreso del Personal del OSITRAN para el Año Fiscal 2020, en el marco de la normativa de la materia; Que, el numeral 6.3 del artículo 6 de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, establece que el Presidente del Consejo Directivo ejerce funciones ejecutivas de dirección del Organismo Regulador y es el titular de la entidad correspondiente; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 y 9 del Reglamento de Organización y Funciones del OSITRAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2015-PCM, y modi fi catorias, la Presidencia del Consejo Directivo es la máxima autoridad ejecutiva y titular del OSITRAN, correspondiéndole ejercer la competencia y facultades atribuidas al Titular de la Entidad en la normativa de Presupuesto Público; De conformidad con lo señalado en el Decreto de Urgencia Nº 014-2019 Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2020; la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del OSITRAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2015-PCM y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar las Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público, y de Ingresos del Personal del OSITRAN para el Año Fiscal 2020, que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publicar en el Diario O fi cial El Peruano la presente Resolución y las Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público, y de Ingresos del Personal del OSITRAN para el Año Fiscal 2020, así como en el Portal Institucional (www.ositran.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAMBRANO COPELLO Presidenta del Consejo Directivo MEDIDAS DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA Y CALIDAD EN EL GASTO PÚBLICO Y DE INGRESOS DEL PERSONAL EN EL OSITRAN PARA EL AÑO FISCAL 2020 I. OBJETOEstablecer las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público, y de ingresos de personal en el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, orientadas a la gestión e fi ciente y optimización en el uso de los recursos de la Entidad para la ejecución presupuestal del Año Fiscal 2020; en el marco de las facultades establecidas por la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. II. ALCANCELas disposiciones contenidas en las presentes Medidas son de observancia obligatoria para todos los órganos y personal del OSITRAN, bajo cualquier modalidad laboral. III. BASE LEGAL3.1. Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020.