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31 NORMAS LEGALES Martes 1 de enero de 2019 El Peruano / que comprende las políticas y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional – PEI y el Plan Operativo Institucional – POI, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, los numerales 4.1 y 4.2 de la citada Guía establecen que el PEI es un instrumento de gestión que de fi ne la estrategia de la entidad para lograr sus objetivos, en un periodo mínimo de tres (3) años, a través de iniciativas diseñadas para producir una mejora en el bienestar de la población a la cual sirve; y que para el planeamiento institucional, el Titular de la entidad conforma una Comisión de Planeamiento Estratégico bajo su liderazgo, en la cual participan tanto funcionarios de la Alta Dirección de la entidad y aquellos a cargo de direcciones generales o jefaturas, dependiendo de la estructura organizacional de la entidad; Que, el numeral 5.7 de la referida Guía dispone que el Pliego remite su PEI por correo electrónico al CEPLAN, el cual veri fi ca y valida la metodología, la consistencia y coherencia del PEI con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y la Política General de Gobierno, y emite un informe técnico, el cual contiene la Evaluación de Diseño del PEI; asimismo, se dispone que luego de contar con dicho informe, el Titular del Pliego emite el acto resolutivo de aprobación del PEI y dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 675-2018-MINEDU, se conformó la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio Educación, de carácter permanente, encargada de la aplicación del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; así como de la remisión del Informe Técnico y el Proyecto del Plan Estratégico Institucional – PEI al titular de la entidad para su aprobación; asimismo, conforma el Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio Educación, cuya función es asistir a la Comisión en la elaboración o modi fi cación del PEI; Que, mediante Acta suscrita el día 21 de diciembre de 2018, la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio Educación valida el proyecto de PEI del Ministerio de Educación para el periodo 2019-2022, y encargó a la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, a través de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, la remisión del referido proyecto al CEPLAN para su validación; la cual se efectuó mediante correo electrónico de fecha 27 de diciembre de 2018; Que, en el marco de lo dispuesto por el numeral 5.7 de la Guía para el Planeamiento Institucional, mediante Informe Técnico N° 137-2018-CEPLAN/DNCP-PEI, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN ha emitido opinión técnica favorable respecto de la referida propuesta del Plan Estratégico Institucional, indicando que cumple con las disposiciones de la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, Directiva para la Actuación del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, y la Guía para el Planeamiento Institucional; Que, mediante Informe N° 1130-2018-MINEDU-SPE- OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica emite opinión favorable y propone la aprobación del proyecto de PEI del Ministerio de Educación para el periodo 2019-2022; Que, corresponde la aprobación del Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación para el periodo 2019-2022, mediante Resolución del Titular del Pliego; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, de la Secretaría General, de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cada por la Ley N° 26510; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 026-2017-CEPLAN/PCD, que aprueba la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional “; y la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 53-2018-CEPLAN/PCD, que modi fi ca la Guía para el Planeamiento Institucional; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación del Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación 2019 – 2022 Aprobar el Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación para el periodo 2019-2022, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1727806-1 Aprueban la Ficha de Homologación del Módulo Educativo Aula Tipo Costa con estructura metálica y cerramientos de paneles termoacústicos y con transporte e instalación RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 740-2018-MINEDU Lima, 31 de diciembre de 2018Vistos, el Expediente N° MPA2018-EXT-0188714, el Expediente N° MPT2018-EXT-0244652, el O fi cio N° 5804-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED y el O fi cio N° 6371-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Infraestructura Educativa, el Informe N° 086-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGME-HDIN de la Unidad Gerencial de Mobiliario y Equipamiento del PRONIED, el Informe N° 382-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED-OGA-UA de la Unidad de Abastecimiento del PRONIED, el Informe N° 001-2018-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DINOR-DIPLAN elaborado por la Dirección de Normatividad de Infraestructura y por la Dirección de Plani fi cación de Inversiones, y el Informe N° 1351-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el literal i) del artículo 80 de la precitada Ley señala que es función del Ministerio de Educación liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa; Que, el artículo 1 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Educación, aprobado