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45 NORMAS LEGALES Martes 1 de enero de 2019 El Peruano / datos, acceden a los registros, exámenes o los per fi les genéticos, los divulgue o los use indebidamente, les serán igualmente aplicables sanciones penales y civiles, según corresponda. TÍTULO VIII Disposiciones Complementarias Finales Única. Comité Consultivo de Expertos en Genética Forense El MINJUSDH, en el plazo máximo de 60 días, contados a partir del día siguiente de publicada la presente norma, crea un Comité Consultivo, de carácter técnico cientí fi co, el cual tiene como función asesorar a la DGBPD en la implementación y procedimientos del BDG. 1727859-1 Aprueban modificación del Plan Operativo Institucional 2018, POI 2018 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0541-2018-JUS Lima, 28 de diciembre de 2018VISTOS, el Informe N° 435-2018-JUS/OGPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y el Informe N° 1450-2018-JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, dispone que las Entidades para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI) el cual debe ser concordante, entre otros, con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM); Que, el numeral 71.2 del artículo 71 del mencionado Texto Único Ordenado, establece que el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico Institucional de la Entidad, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a la escala de prioridades; Que, asimismo, el numeral 71.3 del artículo 71 del acotado Texto Único Ordenado, re fi ere que los Planes Operativos Institucionales re fl ejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fi scal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que, mediante Ley N° 30693, se aprobó la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Que, por Decreto Legislativo N° 1088 se creó el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 026-2017-CEPLAN/PCD, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN aprobó la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, en cuyo artículo 7, numeral 7.2, literal d, establece que las políticas institucionales se concretan en los planes estratégicos institucionales -PEI y los planes operativos institucionales – POI;Que, por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00053-2018-CEPLAN/CD, se modi fi có la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD, que establece las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permite la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional - PEI y el Plan Operativo Institucional – POI, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, la mencionada Guía para el Planeamiento Institucional, en el numeral 6.3 referido a la elaboración y modi fi caciones de los planes institucionales, establece que el POI se modi fi ca cuando se presentan las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; y b) Incorporación de nuevas Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI; Que, mediante Resoluciones Ministeriales N° 0003- 2018-JUS, de fecha 10 de enero de 2018, y N° 0351-2018-JUS, de fecha 27 de agosto de 2018 se aprobaron las modi fi caciones del Plan Operativo Institucional – POI 2018 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, el artículo 26 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, señala que la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, es el órgano de asesoramiento responsable de conducir y coordinar los sistemas administrativos de planeamiento estratégico, presupuesto público, inversión pública, modernización de la gestión pública, así como de los asuntos de cooperación técnica nacional e internacional, conforme a las normas legales vigentes; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal g) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, corresponde al Titular de la Entidad, aprobar las políticas, planes y programas propios de su función de Ministro de Estado, así como evaluar su ejecución; Que, a efecto de cumplir con los objetivos trazados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se hace necesario modi fi car el POI para el Año 2018, de acuerdo a la asignación presupuestal de la entidad; Con el visado de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación del Plan Operativo Institucional 2018, POI 2018 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, documento que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- El cumplimiento de la programación de las actividades consideradas en el Plan Operativo Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para el Año Fiscal 2018, es de responsabilidad de los Directores y/o Jefes de los Órganos y Unidades Orgánicas del Ministerio. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización realizar el seguimiento y la evaluación del cumplimiento del Plan Operativo Institucional 2018, POI 2018 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante la presente Resolución. Artículo 4.- La O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, queda facultada a realizar