Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2019 (01/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Martes 1 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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datos, acceden a los registros, exámenes o los perfiles genéticos, los divulgue o los use indebidamente, les serán igualmente aplicables sanciones penales y civiles, según corresponda. TÍTULO VIII Disposiciones Complementarias Finales Única. Comité Consultivo de Expertos en Genética Forense El MINJUSDH, en el plazo máximo de 60 días, contados a partir del día siguiente de publicada la presente norma, crea un Comité Consultivo, de carácter técnico científico, el cual tiene como función asesorar a la DGBPD en la implementación y procedimientos del BDG. 1727859-1

Aprueban modificación del Plan Operativo Institucional 2018, POI 2018 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0541-2018-JUS Lima, 28 de diciembre de 2018 VISTOS, el Informe N° 435-2018-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y el Informe N° 1450-2018-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, dispone que las Entidades para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI) el cual debe ser concordante, entre otros, con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM); Que, el numeral 71.2 del artículo 71 del mencionado Texto Único Ordenado, establece que el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico Institucional de la Entidad, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a la escala de prioridades; Que, asimismo, el numeral 71.3 del artículo 71 del acotado Texto Único Ordenado, refiere que los Planes Operativos Institucionales reflejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que, mediante Ley N° 30693, se aprobó la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Que, por Decreto Legislativo N° 1088 se creó el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 026-2017-CEPLAN/PCD, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN aprobó la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, "Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", en cuyo artículo 7, numeral 7.2, literal d, establece que las políticas institucionales se concretan en los planes estratégicos institucionales -PEI y los planes operativos institucionales ­ POI;

Que, por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00053-2018-CEPLAN/CD, se modificó la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0332017/CEPLAN/PCD, que establece las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permite la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional - PEI y el Plan Operativo Institucional ­ POI, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, la mencionada Guía para el Planeamiento Institucional, en el numeral 6.3 referido a la elaboración y modificaciones de los planes institucionales, establece que el POI se modifica cuando se presentan las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; y b) Incorporación de nuevas Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI; Que, mediante Resoluciones Ministeriales N° 00032018-JUS, de fecha 10 de enero de 2018, y N° 03512018-JUS, de fecha 27 de agosto de 2018 se aprobaron las modificaciones del Plan Operativo Institucional ­ POI 2018 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, el artículo 26 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2017JUS, señala que la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, es el órgano de asesoramiento responsable de conducir y coordinar los sistemas administrativos de planeamiento estratégico, presupuesto público, inversión pública, modernización de la gestión pública, así como de los asuntos de cooperación técnica nacional e internacional, conforme a las normas legales vigentes; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal g) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, corresponde al Titular de la Entidad, aprobar las políticas, planes y programas propios de su función de Ministro de Estado, así como evaluar su ejecución; Que, a efecto de cumplir con los objetivos trazados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se hace necesario modificar el POI para el Año 2018, de acuerdo a la asignación presupuestal de la entidad; Con el visado de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y, el Decreto Supremo N° 013-2017JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la modificación del Plan Operativo Institucional 2018, POI 2018 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, documento que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- El cumplimiento de la programación de las actividades consideradas en el Plan Operativo Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para el Año Fiscal 2018, es de responsabilidad de los Directores y/o Jefes de los Órganos y Unidades Orgánicas del Ministerio. Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización realizar el seguimiento y la evaluación del cumplimiento del Plan Operativo Institucional 2018, POI 2018 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante la presente Resolución. Artículo 4.- La Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, queda facultada a realizar

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