Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2019 (01/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Martes 1 de enero de 2019 /

El Peruano

las modificaciones presupuestarias a nivel funcional programático para el normal desarrollo de las actividades contempladas en el Plan Operativo Institucional 2018, POI 2018 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución conjuntamente con la Modificación del Plan Operativo Institucional 2018, POI 2018 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www. minjus.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe), en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 6.- Difundir la presente Resolución, a todos los Órganos y Unidades Orgánicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1727743-1

por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ampliar por treinta (30) días calendario el plazo establecido en el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 508-2018-JUS, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 03 de diciembre de 2018, para recibir las sugerencias, comentarios y recomendaciones de las instituciones públicas, instituciones privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como las personas naturales en general, respecto al proyecto de Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, el Decreto Supremo que lo aprueba y su Exposición de Motivos. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Amplian el plazo para recibir las sugerencias, comentarios y recomendaciones respecto al proyecto de Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0547-2018-JUS 31 de diciembre de 2018 VISTOS, el Oficio Nº 2407-2018-JUS-CN, del Presidente del Consejo del Notariado; el Informe N° 3672018-JUS/CN/ST, del Secretario Técnico del Consejo del Notariado; y, el Informe N°1470-2018-JUS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el literal h) del artículo 142-A del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, señala que es atribución del Presidente del Consejo del Notariado el proponer normas y directivas para el mejor desarrollo de las funciones y atribuciones de la función notarial y del Consejo del Notariado; Que, atendiendo a dicha atribución, mediante Oficio N° 1957-2018-JUS/CN/P el Presidente del Consejo del Notariado remitió el proyecto de Reglamento del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, el Decreto Supremo que lo aprueba y su Exposición de Motivos, a efectos que sea debidamente publicado para la recepción de las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las entidades públicas, instituciones privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales en general; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 5082018-JUS, publicada el 03 de diciembre de 2018 en el Diario Oficial El Peruano, se dispuso la publicación del proyecto de Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, el Decreto Supremo que lo aprueba y su Exposición de Motivos en el portal institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos por un plazo de treinta (30) días calendario; Que, mediante el documento de vistos, el Presidente del Consejo del Notariado propone ampliar el plazo contenido en la Resolución Ministerial N° 508-2018-JUS en treinta (30) días calendario adicionales, atendiendo a las solicitudes efectuadas por el Colegio de Notarios de Lima mediante Oficios N° 1170-2018-CNL/D, N° 01-2018-CE-CNL, N° 02-2018-CE-CNL, N° 03-2018-CECNL y N° 04-2018-CE-CNL; Que, de conformidad con el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general aprobado

VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1727854-1

PRODUCE
Designan Secretario Técnico de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio
RESOLUCIÓN SECRETARIAL N° 079-2018-PRODUCE/SG Lima, 28 de diciembre de 2018 VISTOS: El Informe N° 050-2018-PRODUCE/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; el Informe N° 1644-2018-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, se establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de éstas; Que, el artículo 92 de la precitada Ley, señala que las autoridades del procedimiento administrativo disciplinario cuentan con el apoyo de un secretario técnico, que es de preferencia abogado y designado mediante resolución del titular de la entidad, el cual puede ser un servidor civil de la entidad que se desempeña como tal, en adición a sus funciones; asimismo, señala que la secretaría técnica depende de la oficina de recursos humanos de la entidad o la que haga sus veces; Que, el artículo 94 del Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-

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