Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2019 (01/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

Martes 1 de enero de 2019 /

El Peruano

Designan Asesor II de la Secretaría General del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 341-2018-TR Lima, 28 de diciembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, es necesario emitir el acto de administración interna mediante el cual se designa al funcionario que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica y Recursos Humanos; y De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- DESIGNAR al señor CARLOS MOISÉS TITO LOJA DELGADO, en el cargo de Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1727865-5

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban el Plan Estratégico Institucional 2018-2021 - PEI del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1060-2018 MTC/01 Lima, 28 de diciembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que son funciones generales de los Ministerios formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, asimismo, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley citada en el considerando precedente, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que las Entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional ­ PEI que debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional ­ PEDN, los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales ­ PESEM, los Planes de Desarrollo Regional Concertados ­ PDRC, y los Planes de Desarrollo Local Concertados ­ PDLC, según sea el caso;

Que, la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN y modificatorias, en adelante la Guía del CEPLAN, establece las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional ­ PEI y el Plan Operativo Institucional ­ POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua, aplicable para las entidades que participan en el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ­ SINAPLAN, en los tres niveles de gobierno; Que, de conformidad en la Guía del CEPLAN, a nivel institucional, cada Pliego del Sector Público elabora, entre otros, un Plan Estratégico Institucional ­ PEI a nivel de cada Unidad Ejecutora, el cual orienta su accionar para el logro de los objetivos establecidos en la política institucional en el marco de las políticas y planes nacionales y territoriales; asimismo precisa que el PEI es un instrumento de gestión que define la estrategia del Pliego para lograr sus objetivos, en un período mínimo de tres (3) años, a través de iniciativas diseñadas para producir una mejora en el bienestar de la población a la cual sirve, siendo que estos objetivos se deben reflejar en resultados; Que, con Resolución Ministerial Nº 577-2018 MTC/01, se conforma la "Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones", encargada del proceso de planeamiento institucional del Ministerio, la misma que interviene en la aplicación de las fases del ciclo del planeamiento estratégico para la mejora continua, y tiene como función, entre otras, validar el documento del PEI; Que, con Acta de la Reunión de la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de fecha 10 de octubre de 2018, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones valida el proyecto de Plan Estratégico Institucional 2018-2021 ­ PEI del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Guía del CEPLAN, señala que el CEPLAN verifica y validad la metodología, la consistencia y coherencia del PEI con el PEDN y la Política General de Gobierno, y emite un informe técnico, el cual contiene la Evaluación de Diseño del PEI, luego de ello, el Titular del Pliego emite el acto resolutivo de aprobación; Que, con Oficio Nº 000375-2018-CEPLAN/DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN, comunica que el equipo de monitores, previa revisión de la articulación del contenido y la estructura del Plan Estratégico ha elaborado el Informe Técnico Nº 134-2018-CEPLAN/DNCP-PEI, concluyendo que el Plan Estratégico Institucional 2018-2021 ­ PEI del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cumple con lo requerido en la normativa vigente; Que, con Memorándum Nº 2507-2018-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe Nº 0479-2018-MTC/09.01 de la Oficina de Planeamiento, mediante el cual eleva la propuesta de Plan Estratégico Institucional 2018 ­ 2021 ­ PEI del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para su aprobación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007MTC, y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Institucional 2018-2021 ­ PEI del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los Órganos y Unidades Ejecutoras del Ministerio de Transportes y Comunicaciones son responsables del cumplimiento de las metas y actividades contenidas en el Plan Estratégico Institucional 2018-2021 ­ PEI del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

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