Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2019 (02/01/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Miércoles 2 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

21

Planeamiento, por el cual propone la aprobación del POI 2019 consistente con el PIA del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, elaborado en coordinación con las unidades orgánicas y ejecutoras del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo No 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; y la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo No 033-2017-CEPLAN-PCD y sus modificatorias, que aprueba la Guía para el planeamiento institucional; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) 2019 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, documento que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- El cumplimiento de la programación de las actividades operativas consideradas en el documento aprobado en el Artículo 1 de la presente resolución es responsabilidad de las unidades orgánicas y ejecutoras del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 3.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto realiza el monitoreo, seguimiento y evaluación de la implementación del documento aprobado en el Artículo 1 de la presente resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado en su artículo 1 en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1727866-1

MTC/02", cuando debió señalarse "Resolución Ministerial Nº 411-2017-MTC/01.02"; Que, el artículo 201 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, adoptando dicha rectificación las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; Que, considerando lo antes señalado, corresponde dictar el acto correspondiente para la rectificación de los errores materiales contenidos en la Resolución Directoral Nº 642-2018-MTC/12; De conformidad con la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú y la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Rectificar el error material incurrido en el primer considerando de la Resolución Directoral Nº 6422018-MTC/12 del 31 de julio de 2018, en los siguientes términos: DICE: "Que mediante Resolución Directoral Nº 766-2016MTC/12 del 12 de diciembre de 2016, se renovó el Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo de LAN PERÚ S.A., por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 22 de agosto de 2016, vigente hasta el 22 de agosto de 2020;" DEBE DECIR: "Que mediante Resolución Directoral Nº 766-2016MTC/12 del 12 de diciembre de 2016, se renovó y modificó el Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo de LAN PERÚ S.A., por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 22 de agosto de 2016, vigente hasta el 22 de agosto de 2020;" Artículo 2.- Rectificar el error material incurrido en el artículo 1 de la Resolución Directoral Nº 642-2018-MTC/12 del 31 de julio de 2018, en los siguientes términos: DICE: "(...) 2. MÉXICO ­ de conformidad con el "Memorándum de Entendimiento entre las Autoridades Aeronáuticas de la República del Perú y de los Estados Unidos Mexicanos" suscrito el 22 de julio de 2016, ratificado mediante Resolución Ministerial Nº 411-2017-MTC/02, se concede: (...)" DEBE DECIR: "(...) 2. MÉXICO ­ de conformidad con el "Memorándum de Entendimiento entre las Autoridades Aeronáuticas de la República del Perú y de los Estados Unidos Mexicanos" suscrito el 22 de julio de 2016, ratificado mediante Resolución Ministerial Nº 411-2017-MTC/01.02, se concede: (...)" Artículo 3.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 642-2018-MTC/12 del 31 de julio de 2018 continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS PAVIC MORENO Director General de Aeronáutica Civil 1727822-1

Rectifican error material incurrido en la R.D. N° 642-2018-MTC/12 referente al permiso de operación de servicio de transporte aéreo regular internacional de pasajeros, carga y correo de LAN PERÚ S.A.
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 999-2018-MTC/12 Lima, 6 de diciembre del 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 642-2018MTC/12 del 31 de julio de 2018, se modificó el Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo de LAN PERÚ S.A.; Que, de la revisión de la Resolución Directoral Nº 6422018-MTC/12, se advierte que en el primer considerando se ha incurrido en error material, al haberse omitido señalar que con la Resolución Directoral Nº 766-2016MTC/12 del 12 de diciembre de 2016, no solamente se renovó el Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo de LAN PERÚ S.A. -por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 22 de agosto de 2016, vigente hasta el 22 de agosto de 2020-, sino que también se modificó el mismo; Que, además, se ha advertido error material en el Artículo 1 de la Resolución Directoral Nº 642-2018MTC/12, respecto la Resolución Ministerial mediante la cual se ratificó el Memorándum de Entendimiento entre las Autoridades Aeronáuticas de la República del Perú y de los Estados Unidos Mexicanos suscrito el 22 de julio de 2016 -que sustenta la autorización de las rutas a México-, pues se consignó "Resolución Ministerial Nº 411-2017-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.