Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2019 (02/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Miércoles 2 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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lo requerido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente, la Ordenanza N° 457MDA y lo dispuesto en el Decreto de Alcaldía N°0072018MDA, que aprueba la Actualización del Estudio Técnico del Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Ate ­ "Plan Regulador", incluyendo la cantidad de unidades vehiculares que deberán pasar el proceso de habilitación vehicular, las cuales se encuentran detalladas en el numeral 1) del Anexo I del presente Decreto de Alcaldía; en merito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2°.- MODIFICAR; el numeral 2) del Anexo IV del al Decreto de Alcaldía N°007-MDA-2018, incorporando los paraderos de las personas jurídicas detalladas en el numeral 2) del Anexo I del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 3°.- DISPONER; que las personas jurídicas cumplan con habilitar los espacios físicos de los paraderos detallados en el Anexo I del presente Decreto. Artículo 4°.- DISPONER; que la Sub Gerencia de Transito, Transporte y Vialidad, emita la Resolución correspondiente a la autorización del Permiso de Operación para prestar el servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores a las personas jurídicas incorporadas en el Anexo I del presente Decreto. Artículo 5°.- DISPONER; se publique el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe). Artículo 6°.- HACER DE CONOCIMIENTO; el presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad y demás áreas competentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1727617-1

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Disponen plazo a fin de que la Municipalidad, las personas jurídicas, Empresas y Asociaciones inscritas procedan a conceder la ampliación de flota vehicular, paraderos y zonas de estacionamiento correspondiente
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2018/MC Comas, 28 de diciembre del 2018. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO: El Informe Nº 564-2018-GDU-MDC de la Gerencia de Desarrollo Urbano; así como el Informe Nº 221-2018-SGTT-GDU-MDC, el Proveído Nº 4554-2018GM/MC; y el Informe Nº 529-2018-GAJ/MC del 27 de diciembre del 2018; y, CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Tránsito y Transporte e la Municipalidad Distrital de Comas en su Informe de la referencia señala que ha encontrado el acervo documentario con una carga pendiente de resolver de un promedio de 45 expedientes administrativos relacionados con modificación de la base de datos en cuanto a los paraderos, como de flota operativa; asimismo, que existe un promedio de 25 expedientes administrativos que peticionan permiso de operación para prestar servicio de transporte en el Distrito; asimismo, la Subgerencia en mención también agrega que ha realizado inspecciones de campo de manera inopinada en las diversas vías del Distrito de Comas, constatando que existe una parte de la oferta del servicio que no se encuentra registrada en

la base de datos de la Subgerencia, que viene cubriendo la demanda insatisfecha de viajes de vecinos del sector, constatando a su vez que estas unidades vehiculares se encuentran aglomeradas en centros generadores de viajes tales como Colegios, Mercados, Centros Médicos, la cual genera congestión vehicular y desorden. Que, en vista de dicha problemática resulta necesario reordenar el servicio de transporte público en vehículos menores en el Distrito, no autorizándose más unidades nuevas que atomicen el servicio, sino que se debe formalizar las unidades ya existentes y que se encuentran trabajando de manera informal, así como otorgando paraderos en ubicaciones que técnicamente sean factibles a las personas jurídicas que ya cuentan con paraderos formales y autorizados, necesitando paraderos adicionales. Que, la Subgerencia de Tránsito y Transporte estima y recomienda que a través de Decreto de Alcaldía se debe complementar el artículo séptimo de la Ordenanza Nº 444-MDC y el artículo tercero del Decreto de Alcaldía Nº 002-2018-MDC a fin de dar atención a los expedientes administrativos que obran en el acervo documentario de la Subgerencia de Tránsito y Transporte y de esa manera lograr reordenar el servicio de Transporte menor. Que, mediante la emisión de Decreto de Alcaldía no es posible suspender y/o modificar los efectos jurídicos de la Séptima Disposición Complementaria de la Ordenanza Nº 444-/MC, por tratarse de una Ordenanza Municipal que tiene los efectos propios de una Ley Ordinaria, mientras un Decreto de Alcaldía tiene un carácter reglamentario; es decir, solo puede reglamentar la Ordenanza pero no tiene la efectos derogatorios de una Ordenanza, motivo por el cual resulta inviable que se puede suspender los efectos de la séptima disposición complementaria de la Ordenanza Nº 444/MC. Que, atendiendo que la séptima disposición complementaria tan solo suspende el otorgamiento de permiso de operación de nuevas personas jurídicas y transportadores del servicio y afines, pero no suspende la ampliación de flota de las personas Jurídicas que están debidamente inscritas y controladas por la Subgerencia de Tránsito y Transporte de la Comuna de Comas, por tales razones y con la finalidad de darle solución a los problemas que se está causando por la informalidad, el caos vehicular y el control en lo concerniente la Seguridad Ciudadana a favor de la Comunidad de Comas, resulta procedente, autorizar mediante Decreto de Alcaldía la ampliación de flotas vehiculares de la Empresa y /o personas jurídicas inscritas y debidamente empadronadas por la Subgerencia de Tránsito y Transporte. Que, estando a los fundamentos pertinentes en la parte considerativa; y, en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6 del Artículo 20º y Artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades ­ vigente. DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER, un plazo de dos días calendarios a fin de que la Municipalidad Distrital de Comas, las personas jurídicas, Empresas y Asociaciones debidamente inscritas en la Subgerencia de Tránsito y Transporte de la Comuna de Comas, procedan a conceder la Ampliación de flota vehicular, paraderos y zonas de estacionamiento correspondiente. Artículo Segundo.- DISPONER, que los efectos del cómputo y plazo establecido en el artículo primero será contabilizado desde el día siguiente de la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano"; y/o la publicación en la página web de la Municipalidad Distrital de Comas; y/o la publicación en los carteles Municipales impresos fijados en lugares visibles y en locales municipales. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Tránsito y Transporte y demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI Alcalde 1727790-1

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