Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2019 (02/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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USO ÁREA TOTAL BRUTA ÁREA DE VIVIENDA (35 lotes) ÁREA DE VÍAS AREA DE APORTES* AREA 4,895.00 m2 3,963.43 m2 931.57 m2 0.00 m2

NORMAS LEGALES
% 100.00 80.97 19.03 00.00

Miércoles 2 de enero de 2019 /

El Peruano

CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCIÓN DE AREAS:

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL
Ordenanza que aprueba incentivos por el pago adelantado de arbitrios del ejercicio 2019
ORDENANZA Nº 376/MDSM San Miguel, 27 de diciembre de 2018

*Aportes serán 100% redimidos en dinero CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE AREAS SOBRE LA RECEPCIÓN PARCIAL DE OBRAS USO ÁREA TOTAL BRUTA (PARCIAL) ÁREA DE VIVIENDA (15 lotes) ÁREA DE VÍAS AREA DE APORTES (*) AREA 1,981.92 m2 1,669.07 m2 312.85 m2 0.00 m2 % 100.00 84.21 15.79 00.00 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL; POR CUANTO El Concejo Municipal de San Miguel, en sesión de concejo de fecha 19 de diciembre de presente año; VISTOS, el memorando Nº 964-2018-GM/MDSM emitido por Gerencia Municipal, el informe Nº 140-2018GAJ/MDSM emitido por Gerencia de Asuntos Jurídicos, informe Nº 158-2018-GPP/MDSM emitido por Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, memorando múltiple Nº 048-2018-GRAT-MDSM emitido por Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, y sus modificatorias, Leyes de Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto por el artículo II de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú y en concordancia con el segundo párrafo de la norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, el Concejo Municipal ejerce su función normativa a través de ordenanzas; Que, es política de la administración tributaria incentivar el pago voluntario de los tributos que administra, por lo que estando a lo opinado por las Gerencias de Asuntos Jurídicos, Planeamiento y Presupuesto y Rentas y Administración Tributaria con los documentos señalados en vistos y en uso de las facultades conferidas por el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, así como el Numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación de acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA INCENTIVOS POR EL PAGO DE ARBITRIOS 2019 Artículo 1º.- Otórguese a favor de los contribuyentes incentivos tributarios por el pago adelantado del total de los arbitrios del ejercicio 2019, en el siguiente orden: a) Diez por ciento (10%) para los contribuyentes que no tengan deudas tributarias, hasta el 31 de diciembre de 2018. b) Cinco por ciento (5%) para los contribuyentes que tengan deudas tributarias de años anteriores. Dichos descuentos serán aplicables sobre el monto insoluto de los arbitrios municipales de los meses de enero a diciembre de 2019, siempre que el pago se realice en su totalidad hasta el 28 de febrero de 2019. Artículo 2º.- Los beneficios tributarios que se conceden en el artículo precedente son excluyentes y no se aplicará de manera conjunta. Artículo 3º.- Los beneficios tributarios otorgados serán compensados con recursos propios de la entidad. Artículo 4º.- Los beneficios tributarios no se aplicarán a los contribuyentes propietarios que gocen de la reducción del 50% de los arbitrios municipales por su condición de pensionistas.

*Los Aportes serán 100% redimidos en dinero. CUADRO GENERAL DE APORTES: Según Ordenanza Nº 836-MML. ZONIFICACIÓN : Residencial de Densidad Media R3 ÁREA AFECTA A LOS APORTES : 1981.92 m2
APORTE RECREACIÓN PUBLICA PARQUE ZONALES OTROS FINES MINISTERIO DE EDUCACION % 8.00 1.00 2.00 2.00 ORD 836MML 158.55 m2 19.82 m2 39.64 m2 39.64 m2 PROYECTO DEFICIT 158.55 m2 19.82 m2 39.64 m2 39.64 m2

Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO el Plano de trazado, lotización y vías Nº 346021-2017-SGOPHUGDU/MDSJL, Plano de ubicación y localización Nº 463-2017-SGOPHU-GDU/MDSJL y Memoria Descriptiva emitido mediante Resolución Sub Gerencial Nº 637-2017-SGOPHU-GDU-MDSJL de fecha 27 de diciembre de 2017, en consecuencia, REGISTRAR el nuevo Plano de trazado, lotización y vías (L-01), Plano de ubicación y localización (UL-01) conjuntamente con su Memoria Descriptiva, consignándole para efectos del registro como Plano Nº 424-2018-SGOPHU-GDU-MDSJL y Plano Nº 425-2018-SGOPHU-GDU-MDSJL. Artículo Cuarto.- MANTENER vigente la Resolución Sub Gerencial Nº 365-2017-SGOPHU-GDU-MDSJL de fecha 01 de setiembre de 2017 y Resolución Sub Gerencial Nº 637-2017-SGOPHU-GDU-MDSJL de fecha 27 de diciembre de 2017, en todo lo que no se oponga a lo dispuesto mediante la presente resolución. Artículo Quinto.- ACUMULAR los Registro Nº 26557L1-2015 y Registro Nº 51127-L1-2015 seguidos por los señores AUGUSTO GILMER LIZARRAGA CHAVEZ y ZOILA ANTONIETA BELTRAN SEGURA, sobre Recepción de obras parcial tipo progresiva de habilitación urbana del terreno ubicado en el lote 01 Mz. L Lotización Campoy I Etapa del distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima; Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados y en un plazo no mayor de treinta días calendarios, contados a partir de la notificación de la presente Resolución. Artículo Sétimo.- DISPONER el cumplimiento y notificación pertinente y de acuerdo a Ley, al administrado, del contenido de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUANA MUNARES FLORES Subgerente de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas 1727613-1

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