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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2019 (17/01/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Jueves 17 de enero de 2019 El Peruano / el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017-IN; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora Hilda Esther Piedra Villagaray en el cargo público de con fi anza de Director de la Dirección de Tesorería de la Dirección General de Administración, hoy O fi cina de Tesorería de la O fi cina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Beatriz Zera fi na Carrión y Chamorro en el cargo público de Director de la O fi cina de Tesorería de la O fi cina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MORAN SOTO Ministro del Interior 1732382-2 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Aprueban reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0018-2019-JUS Lima, 16 de enero de 2019VISTOS, el Informe N° 078-2018-JUS/OGRRHH- OGEC, el O fi cio N° 2846-2018-JUS/OGRRHH y O fi cio N° 3271-2018-JUS/OGRRH, de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe N° 091-2018-OGPM-OOM, de la O fi cina de Organización y Modernización, el O fi cio N° 2898-2018-JUS/OGPM y el O fi cio N° 068- 2019-JUS/OGPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 1214-2018-JUS/OGAJ y el O fi cio N° 057, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que comprende la estructura orgánica de la Entidad y las funciones de sus órganos y unidades orgánicas; Que, por Resolución Ministerial N° 185-2017-JUS se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) vigente, para lo cual se contó con opinión técnica previa de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, efectuada mediante Informe N° 160-2017-SERVIR/GDSRH y comunicada a la entidad con O fi cio N° 1014-2017-SERVIR/PE, por el Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, mediante Resoluciones Ministeriales N° 0299- 2017-JUS, N° 304-2017-JUS, Nº 004-2018-JUS, N° 0016-2018-JUS, N° 0032-2018-JUS y N° 0242-2018-JUS, se aprobaron los reordenamientos del CAP Provisional, eliminándose cargos para incorporar otros; Que, en el marco de la rectoría del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y de la implementación de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE, modi fi cada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE, se formalizó la aprobación de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”, en adelante la Directiva, que incluye los lineamientos para el reordenamiento de cargos del CAP Provisional; Que, el numeral 7.5 de la citada Directiva, señala que el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos defi nidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el período de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley N° 30057; señalando además, que las normas referidas al CAP Provisional que deben aplicarse se encuentran establecidas, entre otros, en el Anexo N° 4 de la Directiva; Que, de acuerdo con el numeral 1.3 del Anexo N° 4 de la referida Directiva, en caso la entidad cuente con un CAP Provisional, podrá ajustar el documento hasta por un máximo del 5% del total de cargos allí contenidos, pero en ese caso se deben seguir los lineamientos establecidos en el numeral 5 de dicho anexo. En ningún caso las acciones señaladas habilitan a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto; Que, el numeral 5 del Anexo N° 4 de la Directiva acotada señala que el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: “n° de orden”, “cargo estructural”, “código”, “clasi fi cación”, “situación del cargo” y “cargo de con fi anza”, y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad; asimismo, establece que el citado reordenamiento no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional y que podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la o fi cina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la o fi cina de racionalización, o quien haga sus veces; en estos casos, la entidad deberá actualizar su CAP Provisional y publicarlo mediante resolución de su titular; Que, mediante O fi cio N° 2846-2018-JUS/OGRRHH, el Jefe de la O fi cina General de Recursos Humanos señala que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través del O fi cio N° 2842-2018-MTPE/2.16 de fecha 13 de julio de 2018, del Director General de Políticas de Inspección del Trabajo, puso en conocimiento que nueve (09) ex trabajadores de la entidad han elegido el bene fi cio de reincorporación o reubicación laboral en el marco de las disposiciones previstas en las Leyes N° 27803 y N° 30484; por lo que a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto en los mencionados dispositivos legales, se requiere efectuar el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos conforme a la propuesta planteada en el Informe N° 078-2018-JUS/OGRRHH-OGEC de la Ofi cina de Gestión del Empleo y Compensación de la Ofi cina General de Recursos Humanos; Que, mediante O fi cio N° 2898-2018-JUS/OGPM, el Jefe de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite la opinión técnica favorable de la Ofi cina de Organización y Modernización efectuada con Informe N° 091-2018-OGPM-OOM, de conformidad con lo previsto en el numeral 5 de la Directiva; Que, el requerimiento de reordenamiento del CAP - Provisional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se realiza con la fi nalidad de dar cumplimiento al mandato legal de culminar con la ejecución del bene fi cio de reincorporación o reubicación laboral a favor de nueve (09) ex trabajadores de la entidad, dispuesto en la Ley N° 27803, Ley que implementa las recomendaciones derivadas de las Comisiones creadas por las Leyes N° 27452 y N° 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las empresas del Estado sujetas a procesos de promoción de la inversión privada y en las entidades del sector público y gobiernos locales; y, en la Ley N° 30484, Ley de reactivación de la Comisión Ejecutiva creada por la Ley N° 27803; Que, por lo expuesto, es necesario aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;