Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2019 (17/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Jueves 17 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora Hilda Esther Piedra Villagaray en el cargo público de confianza de Director de la Dirección de Tesorería de la Dirección General de Administración, hoy Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Beatriz Zerafina Carrión y Chamorro en el cargo público de Director de la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORAN SOTO Ministro del Interior 1732382-2

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Aprueban reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0018-2019-JUS Lima, 16 de enero de 2019 VISTOS, el Informe N° 078-2018-JUS/OGRRHHOGEC, el Oficio N° 2846-2018-JUS/OGRRHH y Oficio N° 3271-2018-JUS/OGRRH, de la Oficina General de Recursos Humanos; el Informe N° 091-2018-OGPMOOM, de la Oficina de Organización y Modernización, el Oficio N° 2898-2018-JUS/OGPM y el Oficio N° 0682019-JUS/OGPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 12142018-JUS/OGAJ y el Oficio N° 057, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que comprende la estructura orgánica de la Entidad y las funciones de sus órganos y unidades orgánicas; Que, por Resolución Ministerial N° 185-2017-JUS se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) vigente, para lo cual se contó con opinión técnica previa de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, efectuada mediante Informe N° 160-2017-SERVIR/GDSRH y comunicada a la entidad con Oficio N° 1014-2017-SERVIR/PE, por el Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, mediante Resoluciones Ministeriales N° 02992017-JUS, N° 304-2017-JUS, Nº 004-2018-JUS, N° 0016-2018-JUS, N° 0032-2018-JUS y N° 0242-2018-JUS, se aprobaron los reordenamientos del CAP Provisional, eliminándose cargos para incorporar otros; Que, en el marco de la rectoría del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y de la implementación de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE, modificada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIRPE, se formalizó la aprobación de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE",

en adelante la Directiva, que incluye los lineamientos para el reordenamiento de cargos del CAP Provisional; Que, el numeral 7.5 de la citada Directiva, señala que el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el período de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley N° 30057; señalando además, que las normas referidas al CAP Provisional que deben aplicarse se encuentran establecidas, entre otros, en el Anexo N° 4 de la Directiva; Que, de acuerdo con el numeral 1.3 del Anexo N° 4 de la referida Directiva, en caso la entidad cuente con un CAP Provisional, podrá ajustar el documento hasta por un máximo del 5% del total de cargos allí contenidos, pero en ese caso se deben seguir los lineamientos establecidos en el numeral 5 de dicho anexo. En ningún caso las acciones señaladas habilitan a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto; Que, el numeral 5 del Anexo N° 4 de la Directiva acotada señala que el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: "n° de orden", "cargo estructural", "código", "clasificación", "situación del cargo" y "cargo de confianza", y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad; asimismo, establece que el citado reordenamiento no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional y que podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la oficina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la oficina de racionalización, o quien haga sus veces; en estos casos, la entidad deberá actualizar su CAP Provisional y publicarlo mediante resolución de su titular; Que, mediante Oficio N° 2846-2018-JUS/OGRRHH, el Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos señala que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través del Oficio N° 2842-2018-MTPE/2.16 de fecha 13 de julio de 2018, del Director General de Políticas de Inspección del Trabajo, puso en conocimiento que nueve (09) ex trabajadores de la entidad han elegido el beneficio de reincorporación o reubicación laboral en el marco de las disposiciones previstas en las Leyes N° 27803 y N° 30484; por lo que a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en los mencionados dispositivos legales, se requiere efectuar el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos conforme a la propuesta planteada en el Informe N° 078-2018-JUS/OGRRHH-OGEC de la Oficina de Gestión del Empleo y Compensación de la Oficina General de Recursos Humanos; Que, mediante Oficio N° 2898-2018-JUS/OGPM, el Jefe de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite la opinión técnica favorable de la Oficina de Organización y Modernización efectuada con Informe N° 091-2018-OGPM-OOM, de conformidad con lo previsto en el numeral 5 de la Directiva; Que, el requerimiento de reordenamiento del CAP - Provisional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se realiza con la finalidad de dar cumplimiento al mandato legal de culminar con la ejecución del beneficio de reincorporación o reubicación laboral a favor de nueve (09) ex trabajadores de la entidad, dispuesto en la Ley N° 27803, Ley que implementa las recomendaciones derivadas de las Comisiones creadas por las Leyes N° 27452 y N° 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las empresas del Estado sujetas a procesos de promoción de la inversión privada y en las entidades del sector público y gobiernos locales; y, en la Ley N° 30484, Ley de reactivación de la Comisión Ejecutiva creada por la Ley N° 27803; Que, por lo expuesto, es necesario aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

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