Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2019 (17/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Jueves 17 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS EJECUTORES

CENTRAL DE COMPRAS PUBLICAS
Crean Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción de PERÚ COMPRAS
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 002-2019-PERÚ COMPRAS Lima, 16 de enero de 2019 VISTO: El Memorando N° 000007-2019-PERÚ COMPRAS/SG de fecha 11 de enero de 2019, emitido por la Secretaría General y, el Informe N° 000005 -2019-PERÚ COMPRAS/ SG-OAJ de fecha 11 de enero de 2019, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que el Poder Ejecutivo está integrado, entre otros, por todas las entidades públicas del Poder Ejecutivo que se encuentran adscritas a un Ministerio o a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el artículo 35 de la citada Ley, establece que las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades; y para otras funciones que no sean las precitadas en el citado artículo, el Poder Ejecutivo puede encargarlas a grupos de trabajo; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1018, se crea el Organismo Público Ejecutor denominado Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, establece los principios, deberes y prohibiciones éticas que rigen para los servidores públicos de las entidades de la administración pública; y, señala como uno de los fines de la función pública el servicio a la nación, y la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, conforme a lo dispuesto por la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; Que, mediante Decreto Supremo N° 092-2017PCM, se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, como instrumento de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y de los diferentes niveles de gobierno, quienes deben adecuar su marco normativo a la norma; Que, a través del Decreto Supremo N° 042-2018PCM, se establecen medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción, con el objeto de orientar la correcta, transparente y eficiente actuación de los servidores públicos y de las entidades públicas, para la consolidación de la democracia, el estado de derecho y el buen gobierno, además de establecer la transparencia, la corrección, la probidad, el respeto, la veracidad, la igualdad, la objetividad, la rendición de cuentas, la participación, la prevención y la neutralidad como principios que orientan la integridad pública; Que, por Decreto Supremo N° 044-2018-PCM, se aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, estableciéndose que las máximas autoridades de las entidades públicas responsables en dicho Plan adoptarán, en el ámbito de sus competencias, las medidas necesarias para su ejecución y velarán por su

cumplimiento, asegurando que las acciones y los gastos se incluyan en sus Planes Operativos y Presupuestos Institucionales; Que, con Resolución Ministerial N° 443-2018-EF/41, se aprueba el Plan Sectorial de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2019-2021 del Sector Economía y Finanzas, estableciéndose que, la implementación del citado Plan es de responsabilidad de los órganos del Ministerio de Economía y Finanzas, así como de los Organismo Públicos Adscritos y Entidades Vinculantes, dentro de los cuales se encuentra la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS; Que, mediante Memorando N° 000007-2019-PERÚ COMPRAS/SG, la Secretaría General, solicita conformar un Grupo de Trabajo que tenga por objeto proponer y articular la implementación de medidas y acciones orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción en la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS; Que, a través del Informe N° 00005 -2019-PERÚ COMPRAS/SG-OAJ, la Oficina de Asesoría Legal considera viable la conformación del Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS; Con el visto bueno de la Secretaría General, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública; el Decreto Legislativo N° 1018; el Decreto Supremo N° 092-2017PCM, que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; el Decreto Supremo N° 042-2018-PCM, que establece medidas para Fortalecer la Integridad Pública y Lucha contra la Corrupción; el Decreto Supremo N° 044-2018-PCM, que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 20182021; la Resolución Ministerial N° 443-2018-EF/41, que aprueba el Plan Sectorial de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2019-2021 del Sector Economía y Finanzas; y, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 7 y el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo N° 3642015-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero. - Creación del Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción de PERÚ COMPRAS Créase el Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS, con el objeto de proponer y articular la implementación de medidas y acciones orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción en PERÚ COMPRAS. Artículo Segundo.- Conformación del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción de PERÚ COMPRAS está conformado de la siguiente manera: - El/la Jefe/a de PERÚ COMPRAS, quien lo preside. - El/la Secretario/a General. - El/la Director/a de la Dirección de Análisis de Mercado. - El/la Director/a de la Dirección de Acuerdos Marco. - El/la Director/a de la Dirección de Compras Corporativas y Encargos. - El/la Director/a de la Dirección de Subasta Inversa. - El/la Jefe/a de la Oficina de Administración. - El/la Jefe/a de la Oficina de Asesoría Jurídica. - El/la Jefe/a de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, quien ejercerá la Secretaría Técnica. Los miembros del Grupo de trabajo pueden contar con un representante alterno, el cual se designa mediante documento remitido a la Secretaría Técnica, dentro del plazo de tres (3) días hábiles contados desde la instalación del Grupo de Trabajo.

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