Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2019 (17/01/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

14

NORMAS LEGALES

Jueves 17 de enero de 2019 /

El Peruano

de la Producción; así como las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1732378-1

Aprueban y dejan sin efecto Normas Técnicas Peruanas sobre cementos, cales, concreto y otras
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 048-2018-INACAL/DN Lima, 28 de diciembre de 2018 VISTO: El acta de fecha 28 de diciembre de 2018 del Comité Permanente de Normalización; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, las actividades de Normalización se realizan sobre la base del Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, que como Anexo 3 forma parte del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en concordancia con el artículo 4 de la Ley N° 30224, en el marco del Principio de no obstaculización comercial del Sistema Nacional para la Calidad; Que, el numeral 19.1 del artículo 19 de la citada Ley establece que el órgano de línea responsable de la materia de normalización del INACAL, es la autoridad competente en materia de normalización, y puede delegar parte de las actividades de normalización en otras entidades, reservando para sí la función de aprobación de Normas Técnicas Peruanas; asimismo, el numeral 19.5 señala que el órgano de línea, a través del Comité Permanente de Normalización, aprueba las Normas Técnicas Peruanas y textos afines; Que, conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, modificado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE, la Dirección de Normalización es la Autoridad Nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios; aprobando las Normas Técnicas Peruanas y Textos Afines a las Actividades de Normalización a través del Comité Permanente de Normalización; y de acuerdo al artículo 36 del citado Reglamento, tiene entre sus funciones la correspondiente a revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como su difusión; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 20.3 del artículo 20 de la Ley N° 30224, los Comités Técnicos de Normalización en materia de: a) Cementos, cales y yesos, b) Agregados, concreto, concreto armado y concreto pretensado, c) Edificaciones y obras de ingeniería civil, d) Vidrio, cerámica, refractarios y abrasivos, e) Seguridad

contra incendios, proponen aprobar 28 Proyectos de Normas Técnicas Peruanas; y dejar sin efecto 18 Normas Técnicas Peruanas, sustentando ello en los informes que figuran en los expedientes correspondientes; Que, mediante el informe N°018-2018-INACAL/ DN.PN de fecha 27 de diciembre de 2018, la Dirección de Normalización señaló que los proyectos de normas técnicas peruanas, descritos en el considerando precedente han cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 20 de la Ley N° 30224; Que, con base en los informes de los Comités Técnicos de Normalización y al informe de la Dirección de Normalización descrito precedentemente, el Comité Permanente de Normalización designado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°121-2018INACAL/PE, en sesión de fecha 28 de diciembre del presente año, acordó por unanimidad aprobar 28 Proyectos de Normas Técnicas Peruanas; y dejar sin efecto 18 Normas Técnicas Peruanas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, modificado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las siguientes Normas Técnicas Peruanas, por los fundamentos de la presente resolución, conforme al procedimiento establecido en la Ley N° 30224:
NTP 334.009:2016/MT 1:2018 CEMENTOS. Cemento Pórtland. Requisitos. MODIFICACIÓN TÉCNICA 1. 1ª Edición CEMENTOS. Método de ensayo normalizado para determinar la finura por tamizado seco con tamices 150 m (No. 100) y 75 m (No. 200). 3a Edición Reemplaza a la NTP 334.058:2008 (revisada el 2018) CEMENTOS. Método de ensayo para determinar el índice de actividad a la resistencia en concreto de cemento Pórtland. 5a Edición Reemplaza a la NTP 334.066:2008 (revisada el 2018) CEMENTOS. Cemento Pórtland. Requisitos de desempeño. MODIFICACIÓN TÉCNICA 1. 1a Edición CEMENTOS. Cemento Pórtland adicionados. Requisitos. MODIFICACIÓN TÉCNICA 1. 1a Edición CEMENTOS. Método de ensayo normalizado para la contracción química de la pasta de cemento hidráulico. 2a Edición Reemplaza a la NTP 334.167:2008 (revisada el 2014) CALES. Métodos de ensayo físicos en cal viva, cal hidratada y caliza. 2a Edición Reemplaza a la NTP 334.168:2008 (revisada el 2014) CONCRETO. Método de ensayo normalizado para determinar la resistencia residual promedio del concreto reforzado con fibras. 2a Edición Reemplaza a la NTP 339.207:2007 (revisada el 2015)

NTP 334.058:2018

NTP 334.066:2018

NTP 334.082:2016/MT 1:2018

NTP 334.090:2016/MT 1:2018

NTP 334.167:2018

NTP 334.168:2018

NTP 339.207:2018

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.