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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2019 (30/01/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de enero de 2019 / El Peruano Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria del mencionado Decreto Legislativo N° 1327 establece que la responsabilidad para gestionar y disponer las medidas de protección indicadas en la referida norma, recae en la unidad orgánica que, a la fecha de su publicación, asume labores de promoción de la integridad y ética institucional en las entidades. En su defecto, dicha responsabilidad recae en la máxima autoridad administrativa de la entidad, quien puede delegar tales funciones en la O fi cina General de Recursos Humanos o la que haga sus veces, según complementa el numeral 2.2 del artículo 2 del Reglamento de dicho Decreto Legislativo; Que, los artículos 41 y 42 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS, señalan que la O fi cina General de Recursos Humanos es el órgano de apoyo responsable de desarrollar y conducir las acciones inherentes al Sistema de Gestión de Recursos Humanos, emitiendo para ello los lineamientos y políticas de cumplimiento obligatorio por los Órganos Desconcentrados respecto a su ámbito funcional, teniendo dentro de sus funciones el gestionar una cultura organizacional que promueva y fomente comportamientos transparentes, éticos y honestos en la institución, siendo por tanto la encargada de cumplir con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1327 y su Reglamento; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1327, establece que las entidades bajo el ámbito de aplicación de dicha norma, entre las cuales se encuentra la Sunarp, deben emitir las directivas y protocolos necesarios para la implementación del Decreto Legislativo Nº 1327 y el citado Reglamento; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1327 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 010-2017-JUS; el literal x) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS; con el visado de la Gerencia General, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, la O fi cina General de Recursos Humanos, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la Ofi cina General de Tecnologías de la Información; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de Directiva. Aprobar la Directiva N° 01 -2019-SUNARP/SN denominada “Disposiciones para la atención de denuncias sobre presuntos actos de corrupción y solicitudes de medidas de protección al denunciante”, cuyo texto y Anexos forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publicación. Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. La Directiva y sus Anexos son publicados en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial. Artículo 3.- Difusión. Disponer que la O fi cina General de Recursos Humanos, en coordinación con la O fi cina General de Comunicaciones, difunda y haga de conocimiento la Directiva que se aprueba mediante la presente Resolución, a los servidores y personal en general que labora o presta servicios en la Sede Central de la Sunarp y sus Órganos Desconcentrados, así también como a la ciudadanía en general. Artículo 4.- Desconcentración. Al amparo de lo dispuesto en el numeral 83.1 del artículo 83 del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, la O fi cina General de Recursos Humanos podrá desconcentrar en Unidades Orgánicas de las Zonas Registrales, la responsabilidad para gestionar las denuncias presentadas según lo establecido en la Directiva aprobada por la presente norma. Artículo 5.- Adecuación. Disponer que en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario, contados desde la publicación de la presente Resolución, la O fi cina General de Recursos Humanos, en su calidad de administradora de la aplicación web “Buzón Anticorrupción de la Sunarp” y la O fi cina General de Tecnologías de la Información, informen y adecúen, según corresponda, las funcionalidades de la aplicación web antes mencionada, a las disposiciones y requisitos establecidos en la Directiva aprobada por la presente Resolución. Artículo 6.- Derogación. Deróguese la Resolución N° 004-2016-SUNARP/SN que aprueba la Directiva N° 01-2016-SUNARP/SN para la administración del aplicativo web “Buzón Anticorrupción de la Sunarp”, y el inciso a) del artículo 16 del Reglamento de Funcionamiento de la Comisión de Inteligencia Registral, aprobado por Resolución N° 306-2014-SUNARP/SN. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL AUGUSTO MONTES BOZA Superintendente Nacional de los Registros Públicos 1736008-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan el “Segundo Concurso Nacional de Creatividad e Innovación en el Poder Judicial 2019” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 035-2019-CE-PJ Lima, 16 de enero de 2019VISTO:El O fi cio N° 059-2019-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, por el cual remite el proyecto de bases para la realización del “Segundo Concurso Nacional de Creatividad e Innovación en el Poder Judicial- 2019”. CONSIDERANDO: Primero. Que, el señor Gerente General del Poder Judicial mediante O fi cio N° 059-2019-GG-PJ, pone a consideración de este Órgano de Gobierno el proyecto de bases del “Segundo Concurso Nacional de Creatividad de innovación en el Poder Judicial 2019”, propuesto por la Gerencia de Desarrollo Corporativo de la Institución, para su evaluación y aprobación. Segundo. Que, la referida propuesta tiene por fi nalidad impulsar y promover la participación y creatividad del personal que conforma este Poder del Estado a nivel nacional, en el fomento de una cultura de innovación que contribuya a la mejora de procesos, competitividad y productividad en bene fi cio del servicio de administración de justicia. Tercero. Que, asimismo, el concurso tiene los siguientes objetivos: a) Fomentar la participación del personal del Poder Judicial en el quehacer institucional, a fi n de fortalecer su compromiso, capacidad de liderazgo y motivación; así como reconocer y estimular la capacidad de innovación que permita liderar cambios en el Poder Judicial; b) Exponer iniciativas orientadas a la mejora de la productividad y competitividad en este Poder del Estado; c) Impulsar el intercambio de conocimientos, aprendizajes y experiencias en el desarrollo de iniciativa innovadoras; y, d) Propiciar la creación de un “Banco de Ideas” a partir de las iniciativas que se presenten, con la fi nalidad que posteriormente se materialicen en proyectos innovadores y productivos.