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127 NORMAS LEGALES Jueves 31 de enero de 2019 El Peruano / Delegan facultades en diversos funcionarios de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 053-2019 La Victoria, 15 de enero de 2019EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTOS: El informe Nº 02-2019-GM/MLV del 11 de enero de 2019, de la Gerencia Municipal, el informe Nº 04-2019-GAJ/MLV del 14 de enero de 2019 y el informe Nº 03-2019-GAF/MLV del 15 de enero de 2019; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía administrativa en los asuntos de su competencia; en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 83.1 del artículo 83 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros órganos de la entidad, siguiendo los criterios establecidos en la presente Ley; asimismo, el numeral 83.2 del acotado artículo señala que los órganos de dirección de las entidades se encuentran liberados de cualquier rutina de ejecución, de emitir comunicaciones ordinarias y de las tareas de formalización de actos administrativos, con el objeto de que puedan concentrarse en actividades de planeamiento, supervisión, coordinación, control interno de su nivel y en la evaluación de resultados. Que, de acuerdo al numeral 20 del artículo 20º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades otorga al alcalde la facultad de delegar sus atribuciones administrativas en la Gerencia Municipal. Que, el artículo 38º de la norma citada, señala que el ordenamiento jurídico de las municipalidades está constituido por las normas emitidas por los órganos de gobierno y administración municipal de acuerdo al ordenamiento jurídico nacional y que las normas y disposiciones municipales se rigen por los principios generales del derecho administrativo; Que, la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y modi fi catorias, Ley Nº 28411, establece que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente dicha Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la norma de creación de la Entidad ; siendo que la precitada Ley General ha establecido expresamente en el numeral 40.2 del artículo 40, que el Titular de la Entidad puede delegar la facultad de aprobación de las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, propuestas por la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, en materia de contrataciones del Estado, el artículo 8º literal c), de la Ley Nº 30225 – Ley de Contrataciones del Estado, anota que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que la presente norma otorga, salvo las excepciones expresamente establecidas; Que, asimismo son principios de la presente Resolución la celeridad y simplicidad, así como la aplicación de los procedimientos y trámites que se desarrollan en la administración pública, dirigidos a la desconcentración de procedimientos decisorios, a través de una clara distinción entre los niveles de dirección y ejecución; Que, con la intención de seguir garantizando una gestión e fi ciente en la entidad, que permita un adecuado funcionamiento y operatividad de las áreas administrativas, se requiere delegar y desconcentrar ciertas facultades resolutivas de acuerdo con la actual estructura orgánica de la Municipalidad Distrital de La Victoria, descritas en el Reglamento de Organización y Funciones; Que, el artículo 6º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, indica que el alcalde es la máxima autoridad administrativa de la Corporación Edil; En uso de las atribuciones conferidas al Alcalde por los artículos 194º de la Constitución Política, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y, 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. SE RESUELVE:Artículo Primero.- DELEGAR en la Gerente Municipal, la Secretario General, la Gerente de Administración y Finanzas, el Sub Gerente de Logística, el Gerente de Desarrollo Urbano y el Sub Gerente de Obras Públicas, Tránsito y Transporte las facultades resolutivas señaladas a continuación: 1.1. Delegación de facultades al Gerente Municipal:En materia de Contrataciones del Estado:a) Resolver los recursos de apelación presentados ante la Municipalidad, en los procedimientos de selección cuyo valor referencial sea igual o menor a cincuenta Unidades Impositivas Tributarias (50 UIT), conforme al artículo 95.1 del Reglamento. b) Suscribir convenios interinstitucionales con Entidades participantes para compras corporativas facultativas y resolver los recursos de apelación, cuando la Municipalidad actúe como entidad encargada de las compras corporativas, de acuerdo con el artículo 92º del Reglamento. c) Suscribir convenios interinstitucionales con otras Entidades Públicas para encargar la realización de las actuaciones preparatorias y/o el procedimiento de selección que requiera para la contratación de bienes, servicios en general, consultorías y obras, así como para aprobar el expediente de contratación y las bases, designar el comité de selección y resolver el recurso de apelación, cuando la Municipalidad actúe como entidad encargada, según lo dispuesto en el artículo 94º del Reglamento. En materia administrativa y de gestión:d) Suscribir Convenios y Adendas en representación de la Municipalidad Distrital de La Victoria, con entidades públicas y privadas, con excepción de aquellos que por norma expresa deben ser suscritos por el Titular de la Entidad y no puedan ser delegadas. e) Designar a los responsables Titulares y Suplentes del manejo de las cuentas Bancarias de las Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego de la Municipalidad Distrital de La Victoria. f) Designar representantes de la Municipalidad Distrital de La Victoria ante Comités, Comisiones, Mesas de Trabajo y similares. g) Aprobar las modi fi caciones presupuestarias a nivel programático. h) Representar a la Municipalidad Distrital de La Victoria ante cualquier tipo de autoridades y/o dependencias administrativas para ejercer las acciones y recursos administrativos contemplados en la Ley Nº 27444. i) Designar a los encargados de suscribir las Actas de Transferencia Contable. j) Designar las Juntas Cali fi cadoras para el arrendamiento de Locales Municipales. k) Designar a los representantes ante la Comisión Paritaria. l) Reconocer al Comité Electoral en elecciones de representantes de trabajadores ante el CAFAE. 1.2. Delegación de facultades en el Secretario General. a) Reconstrucción de Expedientes Administrativos. b) Designar Fedatarios.