TEXTO PAGINA: 115
115 NORMAS LEGALES Jueves 31 de enero de 2019 El Peruano / y delitos conexos, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación(i) 1736851-12 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 181-2019-MP-FN Lima, 30 de enero de 2019VISTO Y CONSIDERANDO:El ofi cio Nº 2938-2018-MP-FN-OCE-FEDTID, remitido por la Jefa de la O fi cina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas, mediante el cual eleva la propuesta a fi n de cubrir la plaza vacante de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas–Sede Pucallpa; y en consecuencia se hace necesario nombrar al Fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa veri fi cación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar al abogado Jairo Paúl Lucho Mauricio, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas–Sede Pucallpa. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, Coordinadora del Despacho del Fiscal de la Nación, ante la Sección de Asuntos Antinarcóticos y Aplicación de la Ley (SAAL) y DEA de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica y demás organismos vinculados en la lucha contra el Tráfi co Ilícito de drogas y delitos conexos, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación(i) 1736851-13 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco Cencosud S.A. la apertura de oficina especial ubicada en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 0330-2019 Lima, 25 de enero de 2019LA INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA: La solicitud presentada por el Banco Cencosud S.A. para que se le autorice la apertura de una (01) o fi cina especial, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO:Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “E”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de o fi cinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 1678-2018 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco Cencosud S.A., la apertura de una o fi cina especial ubicada en Avenida Nicolás Ayllón N° 8510, distrito de Ate, provincia de Lima y Departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1736567-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican 25 derechos de trámite relacionados a procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad, aprobados en la Ordenanza N° 294-2018/MVL por la Municipalidad Distrital de La Victoria ACUERDO DE CONCEJO Nº 623 Lima, 27 de diciembre de 2018Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 27 de diciembre de 2018, el O fi cio Nº 001-090-00009328 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT, del 13 de diciembre de 2018, adjuntando el expediente de rati fi cación de la Ordenanza Nº 294-2018/ MLV, que aprueba los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad, y derechos de trámite contenidos en el Anexo A de la citada Ordenanza de la Municipalidad Distrital de la Victoria; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati fi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad. Que, la municipalidad distrital recurrente aprobó la Ordenanza objeto de la rati fi cación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, incluyendo los documentos que la sustentan, con carácter de Declaración Jurada, sujeto a revisión por las entidades competentes, y el citado organismo en uso de sus competencias, a través