Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2019 (08/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES
RESUELVE

Viernes 8 de febrero de 2019 /

El Peruano

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de Coayllo, provincia de Cañete, departamento de Lima
RESOLUCIÓN Nº 2634-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00736 COAYLLO - CAÑETE - LIMA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, cinco de setiembre de dos mil dieciocho VISTO el Oficio Nº 062-2018-AL-MDC, presentado por Zulema Luyo Huari, el 27 de agosto de 2018, secretaria general de la Municipalidad Distrital de Coayllo, provincia de Cañete, departamento de Lima, mediante el cual se comunica que el regidor Faustino Napán Reyes ha solicitado licencia sin goce de haber. CONSIDERANDOS 1. Mediante Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que desean ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente hábil (9 de octubre de 2018). 5. Con fecha 14 de abril de 2018 (fojas 2), Faustino Napán Reyes, regidor de la Municipalidad Distrital de Coayllo, provincia de Cañete, departamento de Lima, presentó solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta aprobada en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 2 de agosto de 2018 (fojas 4), por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. 6. En el presente caso se aprecia que el regidor presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 00812018-JNE, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), resulta procedente convocar a Yenni Elizabeth Pecho Villalobos, identificada con DNI Nº 44938911, candidata no proclamada de la organización política Patria Joven, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Cañete, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Faustino Napán Reyes, regidor de la Municipalidad Distrital de Coayllo, provincia de Cañete, departamento de Lima, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Yenni Elizabeth Pecho Villalobos, identificada con DNI Nº 44938911, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de Coayllo, provincia de Cañete, departamento de Lima, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1739213-16

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Orurillo, provincia de Melgar, departamento de Puno
RESOLUCIÓN Nº 2635-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00710 ORURILLO - MELGAR - PUNO CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, cinco de setiembre de dos mil dieciocho VISTO el Oficio Nº 0112-2018-MDO/AL, presentado el 20 de agosto de 2018, por Benjamín Manrique Sánchez, gerente municipal de la Municipalidad Distrital de Orurillo, provincia de Melgar, departamento de Puno, mediante el que se comunica la solicitud de licencia, sin goce de haber, presentado por Jorge Washington Challco Quispe. CONSIDERANDOS 1. Mediante Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que desean ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por

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