Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2019 (08/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano / Viernes 8 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

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expediente de ratificación de la Ordenanza Nº 418-MDCH que aprueba el derecho de emisión mecanizada de actualización del valúo predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2019, en el distrito de Chaclacayo; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicación de lo normado por Ordenanza Nº 2085, que aprueba el procedimiento de ratificación de ordenanzas tributarias distritales en la provincia de Lima; la misma que sustituyó la Ordenanza Nº 1533, publicadas el 05 de abril de 2018, la municipalidad distrital recurrente aprobó la Ordenanza materia de la ratificación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, con carácter de Declaración Jurada, y la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el Informe Nº 266-181-00000805, opinando que procede la ratificación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 2085, y la Directiva Nº 001-00600000015, publicada el 30 de junio de 2011; debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional. Que, los ingresos que la citada municipalidad distrital prevé percibir, producto de la emisión mecanizada del impuesto predial y de arbitrios municipales, cubren el 95.82% de los costos incurridos en la prestación de los referidos servicios. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en el dictamen Nº 234-2018-MML/CMAEO. ACORDO: Artículo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 418MDCH, que aprueba el derecho de emisión mecanizada de actualización del valúo predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2019, en el distrito de Chaclacayo. Artículo Segundo.- El presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación, así como del texto íntegro de la Ordenanza ratificada, y sus anexos que contienen los cuadros de estructura de costos y estimación de ingresos, respectivamente. La aplicación de la Ordenanza, materia de la presente ratificación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha municipalidad distrital. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, a través de su página web www.sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo y el informe del Servicio de Administración Tributaria de Lima-SAT. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1739178-4

EL CONCEJO DISTRITAL DE CHACLACAYO, en sesión de la fecha; y VISTOS: El Memorando Nº 281-2018-GATAC/MDCH ambos de la Gerencia de Administración Tributaria y Atención Ciudadana y el Informe Nº 202-2018-GAJ/MCH de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 194 y 195 numeral 4) de la Constitución Política del Perú, modificados por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; establece que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica local y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economía local, la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, gozan de competencia de crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de los límites establecidos por Ley. Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y sus modificatorias, establece que las, municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos de recibos de pagos correspondientes, incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no más del 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso dicha valorización sustituye la obligación de presentación de declaraciones juradas. Que, mediante Ordenanza Nº 2085, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 5 de abril del 2018, se aprueba el procedimiento de ratificación de ordenanzas tributarias distritales en el ámbito de la provincia de Lima, y según la séptima disposición final de dicho dispositivo, las ordenanzas que aprueban derechos de emisión mecanizada deberán ser ratificadas anualmente; sin perjuicio de lo anterior, el Acuerdo de Concejo ratificatorio tendrá una vigencia máxima de dos (2) ejercicios fiscales adicionales, en la medida que no exista variaciones sustanciales en la condiciones que originaron la ratificación. Que, mediante Ordenanza Nº 336 publicada en el diario oficial El Peruano el 31 de diciembre 2015, se aprueba el Derecho de Emisión Mecanizada de actualización del valúo predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2016, debidamente ratificada mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 431, con vigencia hasta el año 2018, por lo que es necesario aprobar una nueva Ordenanza. Que, con Informe Nº 202-2018-GAJ/MCH, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia del proyecto de Ordenanza que fija montos por Derecho de Servicios de Emisión Mecanizada de Actualización del Valúo Predial y Arbitrios Municipales 2019, recomendando se eleve el mismo ante el Concejo Municipal, para que conforme a los establecido en el artículo 9 numeral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se proceda a su aprobación y se proceda a la derogación de la Ordenanza Nº 336-MDCH. Estando a lo expuesto, contando con el Informe Nº 202-2018-GAJ/MCH de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9 numerales 38), 39) y 40) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, el Pleno de Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA DE COSTOS Y ESTIMACION DE INGRESOS DEL SERVICIO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DEL VALÚO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2019 Artículo Primero.- FÍJESE en S/. 5.8 (CINCO CON 80/100 SOLES), la tasa por el servicio de emisión

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Ordenanza que aprueba la estructura de costos y estimación de ingresos del servicio de emisión mecanizada de actualización del valúo predial y arbitrios municipales del Ejercicio 2019
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 418-MDCH Chaclacayo, 30 de octubre de 2018

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