Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2019 (08/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

Viernes 8 de febrero de 2019 /

El Peruano

competencias y funciones generales de la entidad, las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia"; de igual modo en su artículo 46° "Aprobación o modificación del ROF", indica en su numeral 46.2 que, "La Oficina de Planeamiento o la que haga sus veces elabora un informe técnico que sustenta la propuesta de ROF. El contenido de dicho informe varía de acuerdo con el supuesto establecido en el numeral 46.1 que le resulte aplicable"; Que, mediante la Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 003-2018-PCM/SGP, se aprueba la Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado; Que, mediante Ordenanza Nº 207-2016/MVMT de fecha del 21 de enero de 2016, se aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, el mismo que consta de 164 artículos, 10 disposiciones complementarias y una disposición final, que como anexo forma parte de la citada Ordenanza; Que, mediante Informes Nº 002-2019-GPP/MVMT y Nº 007-2019-GPP/MVMT, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, remite el proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, a través del Informe Técnico por modificación de Estructura Orgánica, conforme a lo dispuesto en el artículo 47 de los Lineamientos de Organización del Estado"; el mismo que sustenta la base de cambios normativos que han afectado las competencias de las diferentes unidades orgánicas; Que, mediante Informe N° 020-2019-GAJ-MVMT, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que el proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, se encuentra dentro del marco legal del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, y demás normas sustantivas vigentes; proyecto elaborado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; Que, con Memorando Nº 049-2019-GM-MVMT, la Gerencia Municipal eleva la presente propuesta a fin que se evalúe su aprobación por el Concejo Municipal conforme a sus atribuciones, según lo dispuesto por el literal r) del Artículo 52° del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Villa María del Triunfo, aprobado con Ordenanza Nº 207-2016-MVMT, en base al cual la Gerencia Municipal tiene entre sus funciones y atribuciones: "Proponer al Alcalde la inclusión de temas de su competencia, en la Agenda de las Sesiones del Concejo Municipal."; Estando a lo expuesto, así como al Dictamen Conjunto Nº 01-2019 de la Comisión de Administración, Rentas, Planeamiento y Presupuesto, y en uso de las facultades conferidas en los Numerales 3) y 8) del Artículo 9 y 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por mayoría y con dispensa del trámite de su lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, que consta de 58 artículos, Dos Disposiciones Transitorias y Una Disposición Final, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Nº 2072016/MVMT de fecha 21 de enero de 2016, así como las demás disposiciones que se opongan o contradigan a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial El Peruano, conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Procesos su publicación en el Portal Institucional: www.munivmt.gob.pe.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y a todas las Unidades Orgánicas, el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELOY CHAVEZ HERNANDEZ Alcalde 1738722-1

Declaran en Emergencia Administrativa y Financiera a la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2019-MVMT Villa María del Triunfo, 18 de enero de 2019 EL CONCEJO DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, la moción presentada por el señor Eloy Chávez Hernández, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, respecto a declarar la Municipalidad en Emergencia Administrativa y Financiera; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, la Vigésima Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece: "Las municipalidades provinciales o distritales, por única vez, con acuerdo adoptado por dos tercios de los miembros del concejo municipal, podrán declararse en emergencia administrativa o financiera, por un plazo máximo de noventa días, con el objeto de hacer las reformas, cambios o reorganizaciones que fueran necesarias para optimizar sus recursos y funciones, respetando los derechos laborales adquiridos legalmente."; Que, en la presente Sesión Ordinaria de Concejo, el señor Eloy Chávez Hernández, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, presenta una moción respecto a declarar esta corporación edil en Emergencia Administrativa y Financiera, lo cual pasó a la estación de Orden del Día, con la aprobación del pleno del Concejo; Que, en la Transferencia de Gestión, se observa que la administración saliente ha dejado en una grave crisis administrativa y financiera a la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, lo cual se corrobora con los Informes Situacionales expuestos por las diferentes unidades orgánicas de la Institución; Que, con el objeto de implementar las medidas correctivas pertinentes, es prioritario adoptar todas las acciones conducentes para superar dicha situación, a fin de alcanzar los objetivos propuestos para el cumplimiento de las competencias y funciones previstas en la Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con los requerimientos de la Sociedad y el Estado; Que, la Declaratoria en Emergencia Administrativa y Financiera permitirá visualizar el Desarrollo Distrital e Institucional, identificando metas y objetivos a corto plazo, mediante la organización de procesos de trabajo, sistemas, recursos humanos y económicos, con la finalidad que la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, optimice sus servicios de manera integral en beneficio de la población y usuarios; Que, en consecuencia, es necesario declarar en Emergencia Administrativa y Financiera la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, a fin de lograr una

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