Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2019 (08/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano / Viernes 8 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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Gestión y Administración fiscalmente equilibrada, para el logro de los objetivos y metas propuestos; Estando a lo expuesto, de conformidad a lo establecido en el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto de dos tercios de sus miembros, y con dispensa del trámite de su lectura y aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR en Emergencia Administrativa y Financiera la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, por un plazo de noventa días, con el objeto de hacer las reformas, cambios y reorganizaciones que fueran necesarias para optimizar sus recursos y funciones, respetando los derechos laborales adquiridos legalmente, adecuando su organización y la prestación de servicios para el logro de los fines y objetivos en beneficio de la población. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, efectúe todas las acciones pertinentes a fin de dar cumplimiento al presente Acuerdo de Concejo. Artículo Tercero.- PUBLICAR el presente Acuerdo de Concejo, en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELOY CHAVEZ HERNANDEZ Alcalde 1738725-1

- Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; legisla que "La publicación de las normas estará a cargo de un funcionario designado para tales efectos por el titular de la entidad emisora. El cumplimiento de dichas funciones estará sujeto a las responsabilidades establecidas en las normas pertinentes"; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 20 inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a MAXIMO ROGGER IPINCE SULCA, Sub Gerente de Tecnología de la Información y Procesos, como el funcionario responsable de la elaboración, implementación y actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad de Villa María del Triunfo Vía Internet, así como de la difusión de la Información de la Municipalidad a través del mismo, lo que incluye la publicación de las normas legales que esta entidad emita, de acuerdo a las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Artículo Segundo.- ESTABLECER que para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, el funcionario designado deberá ceñirse y observar lo dispuesto por la Ley Nº 27806, su Reglamento y la Directiva Nº 0012017-PCM/SGP - "Lineamientos para la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las Entidades de la administración Pública", aprobada por la Resolución Ministerial Nº 035-2017-PCM, siendo además responsable de la correcta aplicación de esta última. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad de Villa María del Triunfo, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el Artículo 13º de la Directiva Nº 001-2017-PCM/SGP aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 035-2017PCM. Artículo Cuarto.- DISPONER que todos los funcionarios de las Gerencias y Subgerencias que integran la estructura orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, proporcionen y faciliten, bajo responsabilidad, toda la información que sea requerida por el funcionario designado dentro de los términos legales y en las condiciones que haga posible su cumplimiento, a fin de que cumpla con la función encomendada. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Procesos de la Municipalidad de Villa María del Triunfo, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ELOY CHAVEZ HERNANDEZ Alcalde 1738723-1

Designan funcionario responsable de la elaboración, implementación y actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad
RESOLUCIÓN Nº 46-2019-MVMT Villa María del Triunfo, 15 de enero de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO VISTO: La Resolución Nº 34-2019-MVMT, del 02 de enero de 2019; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5) del Artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, el último párrafo del Artículo 5º del precitado texto legal, establece que "La entidad pública deberá identificar al funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet", concordante con el literal c) del Artículo 3º del Reglamento de la citada Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, que prescribe, que es "Obligación de la máxima autoridad de la Entidad: Designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia"; Que, con Resolución Ministerial Nº 035-2017PCM publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18.02.2017, se aprueba la Directiva Nº 001-2017-PCM/ SGP - "Lineamientos para la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las Entidades de la administración Pública", la misma que establece en su Artículo 7º "La implementación de la presente directiva recae en el funcionario responsable de la elaboración y actualización de la información en el Portal de Transparencia Estándar, conforme a lo dispuesto en la Ley de Transparencia y Acceso a la información pública y su Reglamento"; Que, el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 001-2009JUS publicado en el Diario Oficial El Peruano el 15.01.2009

Designan responsable de brindar información que se solicite a la Municipalidad, en virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
RESOLUCIÓN Nº 47-2019-MVMT Villa María del Triunfo, 15 de enero de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO VISTO: La Resolución Nº 001-2019-MVMT; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la ley de Reforma Constitucional ­

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