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63 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de febrero de 2019 El Peruano / VISTO el O fi cio Nº 317-2018-A-MDO/Q presentado, el 24 de agosto de 2018, por Alfredo Jurado Huarsaya, alcalde de la Municipalidad Distrital de Oropesa, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco, mediante el cual se comunica la licencia, sin goce de haber, a favor del regidor Armando Catunta Sánchez. CONSIDERANDOS1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones, la misma que tendrá e fi cacia a partir del 7 de setiembre de 2018. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario ofi cial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente hábil (9 de octubre de 2018). 5. Con fecha 18 de junio de 2018 (fojas 6), Armando Catunta Sánchez, regidor de la Municipalidad Distrital de Oropesa, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2018, presentó su solicitud de licencia sin goce de haber, siendo esta concedida mediante Acuerdo de Concejo Nº 43-2018-MDO/Q (fojas 2 y 3), de fecha 26 de junio de 2018, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. 6. En el presente caso, se aprecia que el regidor presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 2, del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, resulta pertinente convocar a Sabina Velásquez Castro, identi fi cada con DNI Nº 25209442, candidata no proclamada de la organización política Movimiento Regional Acuerdo Popular Uni fi cado, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Quispicanchi, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Armando Catunta Sánchez, regidor de la Municipalidad Distrital de Oropesa, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Sabina Velásquez Castro, identi fi cada con DNI Nº 25209442, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de Oropesa, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHANAMÉ ORBECHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZConcha Moscoso Secretaria General 1740549-16 Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Provincial de Santa Cruz, departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN N° 2734-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00704 SANTA CRUZ - CAJAMARCACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADOLICENCIA Lima, seis de setiembre de dos mil dieciochoVISTO el O fi cio Nº 220-2018-MPSC/A presentado, el 20 de agosto de 2018, por Helmer Villoslada Montero, alcalde de la Municipalidad Provincial de Santa Cruz, departamento de Cajamarca, mediante el cual se comunica la licencia, sin goce de haber, que le fue concedida para postular como candidato a la alcaldía distrital de Catache, provincia de Santa Cruz. CONSIDERANDOS 1. Mediante Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones, la misma que tendrá e fi cacia a partir del 7 de setiembre de 2018. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario ofi cial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de