Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2019 (22/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Viernes 22 de febrero de 2019 /

El Peruano

Institucional del Código Procesal Penal, bajo responsabilidad del funcionario que disponga alternativa diferente; salvo que de manera excepcional y temporal, por necesidad de servicio, se proponga medidas que optimicen la utilización de los recursos humanos, a fin de coadyuvar la labor judicial de los órganos jurisdiccionales que conforman el Programa Presupuestal 086: "Mejora de los Servicios de Sistema de Justicia Penal". Dicha excepcionalidad deberá ser comunicada previamente a la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, para su aprobación. Artículo Quinto.- Facultar a la Presidenta de la Corte Superior de Justicia del Callao para que pueda encargar a los órganos jurisdiccionales, creados a mérito del proceso de implementación del Código Procesal Penal que entrarán en funciones a partir del 3 de mayo del presente año, el conocimiento de los procesos tramitados conforme al Código de Procedimientos Penales de 1940, en forma equitativa; en tanto dichos órganos jurisdiccionales equilibren su carga con el nuevo modelo procesal penal. Artículo Sexto.- Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao y la Gerencia General del Poder Judicial; asi como las áreas involucradas adopten las medidas administrativas necesarias, a fin de coadyuvar al proceso de implementación del Código Procesal Penal en la Corte Superior de Justicia del Callao - Tercer Tramo; asimismo, se disponga la trasferencia del presupuesto conforme a la desagregación formulada por la mencionada Unidad. Artículo Setimo.- Disponer, a mérito de la implementación del Código Procesal Penal, el cambio de denominación de Juzgado Penal Colegiado Transitorio del Callao a Primer Juzgado Penal Colegiado Transitorio del Callao. Artículo Octavo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Código Procesal Penal, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Ministerio Público, Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1743445-3

el cual podrá ser prorrogado, previo informe sobre los avances de dicho proceso. Tercero. Que el Componente Normativo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal elaboró el informe N° 003-23019-NOR-UETI-CPP/PJ, recomendando que se apruebe el Reglamento de las Coordinaciones de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios en forma transitoria, mientras dure el proceso de reestructuración y adaptación de los órganos jurisdiccionales y administrativas que conforman la referida Corte Superior. Cuarto. Que el Reglamento de las Coordinaciones de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, tiene por objeto establecer y reglamentar en forma específica y uniforme su naturaleza, competencia, línea de autoridad y funciones de las Coordinaciones de los Sistemas Especializados en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios. Quinto. Que la propuesta elaborada por la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal consensuada con la Presidenta de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de funcionarios, así como la Coordinadora del Sistema Especializado en Crimen Organizado y el Coordinador del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios; y teniendo en cuenta que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial tiene la facultad de dictar las medidas pertinentes para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia, resulta procedente su aprobación. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 2312019, de la sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán y Deur Morán, sin la intervención de la señora Consejera Alegre Valdivia por encontrarse de viaje de comisión de servicios; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de las Coordinaciones de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, que consta de cinco artículos, dos disposiciones complementarias y transitorias; y dos disposiciones finales; que en anexo forma parte integrante de la presente resolución, Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución y el reglamento aprobado en el Diario Oficial del Bicentenario El Peruano; y en la página web del Poder Judicial para el cumplimiento de los fines de publicidad y transparencia. Artículo Tercero.- El citado reglamento tendrá la condición de transitorio mientras dure el proceso de reestructuración y adaptación de los órganos jurisdiccionales y administrativos que conforman la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto las resoluciones administrativas que se opongan a la presente disposición. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Ministerio Público, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio del Interior, Presidencia de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1743445-4

Aprueban el Reglamento de las Coordinaciones de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 084-2019-CE-PJ Lima, 13 de febrero de 2019 VISTOS: El Oficio N° 045-2019-ST-UETI-CPP/PJ, cursado por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 318-2018-CE-PJ, se aprobó el Estatuto de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, disponiéndose que dicha Corte Superior se constituya sobre la base de la fusión de la Sala Penal Nacional y del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios. Segundo. Que en la referida resolución se estableció un plazo de 180 días calendarios como régimen transitorio para el proceso de reestructuración y adaptación de los órganos jurisdiccionales y administrativos que conforman la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios,

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