Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2019 (28/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano / Jueves 28 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES
Del caso concreto

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Expediente Nº J-2018-00764 LURIN - LIMA - LIMA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, trece de setiembre de dos mil dieciocho VISTOS los Oficios Nº 146-2018-SG/ML y Nº 1472018-SG/ML, recibidos el 31 de agosto de 2018, por los cuales se comunicó las licencias sin goce de haber concedidas a Ernesto Dario Valladares Sánchez y Lizzette Celis Santos, regidores del Concejo Distrital de Lurín, provincia y departamento de Lima, que se tramitaron en los Expedientes Nº J-2018-00763 y Nº J-2018-00764. CONSIDERANDOS Cuestión previa: Acumulación de los Expedientes Nº J-2018-00763 y Nº J-2018-00764 1. El artículo 83 y siguientes del Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil, norma de aplicación supletoria a los procesos de suspensión sustanciados en esta instancia jurisdiccional, establecen la posibilidad de acumular procesos, en razón de la existencia de más de una pretensión y/o de más de dos personas, ante la conveniencia y oportunidad que derivan de la conexión de las pretensiones formuladas. 2. De la revisión de los actuados, se advierte una evidente vinculación entre los Expedientes Nº J-201800763 y Nº J-2018-00764, toda vez que en ambos se trata de solicitudes de licencia de las mismas autoridades del Concejo Distrital de Lurin, provincia y departamento de Lima. 3. Así, atendiendo a los principios de economía y celeridad procesal, corresponde acumular los Expedientes Nº J-2018-00763 y Nº J-2018-00764, con el propósito de emitir un pronunciamiento único en dichas solicitudes. Sobre la solicitud de licencia de los regidores Ernesto Dario Valladares Sánchez y Lizzette Celis Santos. 4. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 5. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 6. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 7. De conformidad con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018).

8. Mediante los Oficios Nº 146-2018-SG/ML y Nº 1472018-SG/ML, presentados por Jorge Olaechea Reyes, secretario general de la Municipalidad Distrital de Lurín, se informó a este órgano electoral, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, otorgó las siguientes licencias sin goce de haber: CUADRO Nº 1
SOLICITUD Licencia Fecha Fojas ACUERDO DE CONCEJO N.° Fecha Fojas

REGIDORES

Ernesto Darío Valladares Sánchez 30 días (Exp. Acumulado Nº J-2018-00763) Lizzette Celis Santos (Exp. Acumulado Nº 30 días J-2018-00764)

11.06.2018

4y5

03029.08.2018 2 y 3 2018-ML

30.05.2018

4y5

03129.08.2018 2 y 3 2018-ML

9. De la revisión de los documentos que obran en autos, se aprecia que los regidores Ernesto Darío Valladares Sánchez y Lizzette Celis Santos, ­quienes representan el 40 % del número total de regidores­, presentaron sus solicitudes de licencia dentro del plazo previsto, siendo estas aprobadas por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 2 del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para completar el número de regidores, resulta procedente convocar a los siguientes candidatos no proclamados, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral y, en el supuesto de no quedar suficientes candidatos, se incorporará a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. En ese sentido, resulta procedente convocar a: CUADRO Nº 2
CANDIDATOS CONVOCADOS PARA REGIDORES Pedro Pablo Quispe Pumaylle Marianela Coronel Llanos DNI 09524993 42926742 ORGANIZACIÓN POLÍTICA Solidaridad Nacional Solidaridad Nacional PERIODO 30 días 30 días

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- ACUMULAR los Nº J-2018-00763 y Nº J-2018-00764, de conformidad con los considerandos 1, 2 y 3 de la presente resolución. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Ernesto Darío Valladares Sanchez, regidor del Concejo Distrital de Lurín, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Pedro Pablo Quispe Pumaylle, identificado con DNI Nº 09524993, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Lurín, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Lizzette Celis Santos, regidora del Concejo Distrital de Lurín, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Quinto.- CONVOCAR a Marianela Coronel Llanos, identificada con DNI Nº 42926742, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Lurín, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y

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