Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2019 (28/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Jueves 28 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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supletoria del numeral 1, del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), resulta procedente convocar al segundo regidor Luis Arturo Mariño Espinoza, identificado con DNI Nº 18836648, para que asuma provisionalmente por encargatura las funciones de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular; y en atención a que José Wilfredo Correa Cruzado, primer regidor, solicitó licencia por el mismo periodo. 8. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 24 de la LOM, resulta procedente convocar a Karla Janet Deza Valverde, identificada con DNI Nº 40675678, candidata no proclamada de la organización política Alianza para el Progreso; así como a Eiby Yassir Guibert Chávez, identificada con DNI Nº 46239599, candidata no proclamada de la organización política Partido Aprista Peruano; conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Pacasmayo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Fremio Abel Olivares Gil, alcalde de la Municipalidad Distrital de Chicama, provincia de Ascope, departamento de La Libertad, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a José Wilfredo Correa Cruzado, regidor del Concejo Distrital de Chicama, provincia de Ascope, departamento de La Libertad, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Luis Arturo Mariño Espinoza, identificada con DNI Nº 18836648, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Chicama, provincia de Ascope, departamento de La Libertad, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Karla Janet Deza Valverde, identificada con DNI Nº 40675678, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Chicama, provincia de Ascope, departamento de La Libertad, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Artículo Quinto.- CONVOCAR a Eiby Yassir Guibert Chávez, identificada con DNI Nº 46239599, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Chicama, provincia de Ascope, departamento de La Libertad, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1745067-7

Restablecen vigencia de la credencial que le fue otorgada a alcalde de la Municipalidad Distrital de San Cristóbal de Raján, provincia de Ocros, departamento de Áncash
RESOLUCIÓN Nº 2941-2018-JNE Expediente Nº J-2017-00191-C01 SAN CRISTÓBAL DE RAJÁN - OCROS - ÁNCASH RESTABLECIMIENTO Lima, doce de setiembre de dos mil dieciocho VISTA la solicitud de restablecimiento de vigencia de credencial, de fecha 23 de julio de 2018, presentada por Diomer Combersión Leonardo Mercedes, alcalde suspendido de la Municipalidad Distrital de San Cristóbal de Raján, provincia de Ocros, departamento de Áncash, y el Oficio Nº 0052-2018-MP-CSJAN/PJ, recibido el 17 de agosto del año en curso, remitido por el administrador Módulo Penal NCPP de la Corte Superior de Justicia de Áncash. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Acta de Audiencia de Prisión Preventiva, del 17 de mayo de 2017, el juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Áncash declaró fundada la medida de prisión preventiva, solicitada por el Ministerio Público, contra Diomer Combersión Leonardo Mercedes, por el plazo de siete meses, en la investigación seguida en el Expediente Nº 0785-2017-70-0201-JR-PE-01, por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de peculado doloso agravado (fojas 16 a 38). 2. En virtud de tal pronunciamiento, el Concejo Distrital de San Cristóbal de Raján, en la sesión extraordinaria, de fecha 22 de mayo de 2017, aprobó, por unanimidad, la suspensión del alcalde Diomer Combersión Leonardo Mercedes, dado que incurrió en la causal establecida en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Esta decisión fue formalizada en el Acuerdo de Concejo Nº 009-2017-MDSCR, del 22 de mayo de 2017 (fojas 3 a 6). 3. Así, en mérito a lo dispuesto por el órgano judicial y el concejo edil, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante la Resolución Nº 0259-B-2017-JNE, del 5 de julio de 2017 (fojas 100 a 103), dejó sin efecto la credencial de Diomer Combersión Leonardo Mercedes, y convocó a Eulalia Reyes Casimiro y Luzmila Patricia Dionicio para que asuman los cargos de alcaldesa y regidora, respectivamente, de la Municipalidad Distrital de San Cristóbal de Raján, en tanto se resolvía la situación jurídica del cuestionado alcalde. 4. En tal contexto, por medio del escrito, recibido el 23 de julio de 2018, Diomer Combersión Leonardo Mercedes solicitó el restablecimiento de la vigencia de su credencial (fojas 130). Dicha petición la efectuó bajo el argumento de que, el 27 de junio de 2018, había sido absuelto en el proceso penal seguido en su contra por peculado doloso agravado en perjuicio del Estado - Municipalidad Distrital de San Cristóbal de Raján. 5. Por su parte, mediante el Oficio Nº 0052-2018-MPCSJAN/PJ, recibido el 17 de agosto de 2018 (fojas 192), el administrador Módulo Penal NCPP de la Corte Superior de Justicia de Áncash remitió copia certificada de la Resolución Número Ocho (sentencia), del 27 de junio de 2018 (fojas 193 a 211), expedida en el Expediente Nº 0785-2017-29-0201-JR-PE-01, en el que se sigue el proceso penal instaurado contra el cuestionado alcalde. 6. Mediante la referida resolución judicial, el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Huaraz resolvió lo siguiente: ABSOLVER a los acusados DIOMER COMBERSION LEONARDO MERCEDES como AUTOR. Y, MELIA RICARDINA CELESTINO ROJAS, MEDALIT FELIPA CELESTINO ROJAS y ALEX LEÓN CELESTINO ROJAS como CÓMPLICES PRIMARIOS, cuyas generales de ley obran en autos, de la acusación formulada por el Ministerio público

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