Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2019 (04/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Martes 4 de junio de 2019 /

El Peruano

ejerce la representación de la entidad ante las entidades públicas y privadas a nivel nacional e internacional; asimismo, ejerce la representación institucional y nacional ante la Organización Meteorológica Mundial - OMM; Que, mediante Carta Nº 07734/2019/SG/LCP/CNF/ EC-71, de fecha 2 de abril de 2019, el Secretario General de la Organización Meteorológica Mundial ­ OMM, comunica al Ministerio de Relaciones Exteriores, que el Decimoctavo Congreso Meteorológico Mundial, se llevará a cabo en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 3 al 14 de junio de 2019; Que, a través del OF.RE (DMA) Nº 2-21-E/8 de fecha 8 de abril de 2019, el Ministerio de Relaciones Exteriores traslada la carta antes mencionada al Presidente Ejecutivo del SENAMHI, solicitando informe sobre su participación en el referido evento; siendo que, mediante Oficio Nº D000394-2019-SENAMHI-PREJ, de fecha 30 de abril de 2019, el mencionado funcionario, confirma su participación en dicho Congreso; Que, con Oficio Nº D000163-2019-SENAMHI-GG, de fecha 29 de mayo de 2019, la Gerencia General del SENAMHI remite la solicitud de autorización de viaje al exterior del señor Ken Takahashi Guevara, Presidente Ejecutivo del SENAMHI, en la cual indica que concurrirá al evento precitado del 10 al 14 de junio de 2019, precisando que su asistencia permitirá participar activamente en la toma de decisiones estratégicas que orientarán el curso de las acciones de la OMM los próximos cuatro años, las cuales constituyen parte fundamental del entorno directo con el que interactuarán los Servicios Meteorológicos e Hidrológicos de los países miembros de dicha organización; así como, hacer una intervención en la sesión plenaria del día 12 de junio de 2019, referida a la igualdad de género, en el marco del Plan de Acción de la OMM sobre el Género; Que, teniendo en consideración que dicha participación irrogará gasto al Estado, por concepto de viáticos y pasajes internacionales, el SENAMHI remite las correspondientes certificaciones de crédito presupuestario Nota Nº 0000000991 y Nota Nº 0000000992, de fecha 14 de mayo de 2019, del Sistema Integrado de Administración Financiera ­ SIAF; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dispone que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros; Que, asimismo, el artículo 1 del referido Decreto Supremo, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos correspondientes la autorización de viaje, en caso irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, en tal sentido, siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje del citado funcionario, por lo que corresponde emitir el presente acto resolutivo; Con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Ken Takahashi Guevara, Presidente Ejecutivo del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú SENAMHI, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 8 al 15 de junio de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, serán cubiertos por el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Internacionales Viáticos (por 5 días) US$ 2 269.00 US$ 2 700.00

Artículo 3.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el funcionario cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deberá presentar un informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú ­ SENAMHI, así como la respectiva rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- El viaje autorizado no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, para los fines correspondientes. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam) en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUCÍA DELFINA RUÍZ OSTOIC Ministra del Ambiente 1775587-1

Autorizan Transferencia Financiera a favor del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 167-2019-MINAM Lima, 3 de junio de 2019 VISTOS; el Memorando Nº 00671-2019-MINAM/ SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00097-2019-MINAM/ SG/OGPP/OPPMI de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones; el Informe Nº 00262-2019-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, mediante Resolución Ministerial Nº 442-2018-MINAM se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 005: Ministerio del Ambiente - MINAM, por toda fuente de financiamiento; Que, el inciso vii), literal a) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, establece que, el Ministerio del Ambiente se encuentra autorizado, de manera excepcional, a realizar transferencias financieras permitidas entre entidades públicas durante el año fiscal 2019, para el financiamiento de las acciones para el Fortalecimiento del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, en el marco de lo dispuesto en la disposición complementaria final segunda de la Ley 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la precitada Ley Nº 30879, señala que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego y se publican en el diario oficial El Peruano; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 76.1 del artículo 76 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto

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