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13 NORMAS LEGALES Martes 4 de junio de 2019 El Peruano / UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORIA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector PúblicoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 8 500 000,00 GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 26 631 380,00 ------------------- TOTAL 35 131 380,00 =========== A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 013 : Ministerio de Agricultura y RiegoUNIDAD EJECUTORA 011 : Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRORURALPROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por DesastresPRODUCTO 3000735 : Desarrollo de Medidas de Intervención para la Protección Física Frente a PeligrosACTIVIDAD 5005865 : Desarrollo de Técnicas Agropecuarias ante Peligros HidrometeorológicosFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 8 421 500,00 2.3 Bienes y Servicios 78 500,00 ------------------- SUB TOTAL 8 500 000,00 =========== SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 460 : Gobierno Regional del Departamento de TacnaUNIDAD EJECUTORA 002 : Proyecto Especial Recursos Hídricos TacnaPROGRAMA PRESUPUESTAL 0042 : Aprovechamiento de los Recursos Hídricos para Uso AgrarioPROYECTO 2106687 : Mejoramiento y Ampliación de la Provisión de Agua para Desarrollo Agrícola en el Valle de Tacna - Vilavilani II - Fase IFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 26 631 380,00 ------------------- SUB TOTAL 26 631 380,00 ------------------- TOTAL 35 131 380,00 =========== Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitados en las Transferencias de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de este Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitan a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruyen a las Unidades Ejecutoras para que elabore las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de las Transferencias de Partidas a que hace referencia el artículo 1 de este Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Ciudad de Tacna, en Lima, a los tres días del mes de junio del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1775764-2 EDUCACION Designan Coordinador de Equipo de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras del PRONIED RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 060-2019-MINEDU/VMGI-PRONIED Lima, 3 de junio de 2019CONSIDERANDO:Que, con Decreto Supremo N° 004-2014-MINEDU, se creó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, con el objeto de ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de Educación Básica y de Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma plani fi cada, articulada y regulada, en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura educativa, a fi n de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 408-2017-MINEDU, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED y a través de la Resolución Ministerial N° 619-2018-MINEDU, se aprobó el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, en el cual el cargo Coordinador de Equipo de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras se encuentra cali fi cado como de con fi anza; Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 055-2019-MINEDU/VMGI-PRONIED, se acepta con efectividad al 25 de mayo de 2019, la renuncia formulada por la Ingeniera Rosalí Abalá Luján Cabrera al cargo de Coordinadora de Equipo de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED; Que, al encontrarse vacante el cargo de Coordinador de Equipo de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras, resulta necesario designar al titular; Que, el Abogado Martin Gabriel Plasencia Li, cumple con los requisitos para el cargo de Coordinador de Equipo de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras, de acuerdo a lo establecido en el Clasi fi cador de Cargos vigente, aplicable al Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, lo cual ha sido veri fi cado por la Unidad de Recursos Humanos; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de