Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2019 (04/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Martes 4 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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N° 1158, corresponde al Superintendente aprobar las normas de carácter general de la SUSALUD y expedir Resoluciones que le correspondan en cumplimiento de los acuerdos del Consejo Directivo, así como las que correspondan al ámbito de sus funciones y las que se establezcan por norma legal. SE RESUELVE: Artículo 1.- DISPONER la publicación del proyecto de norma que aprueba las "Disposiciones del Modelo de Transacción Electrónica del Proceso de Acreditación de Asegurados en el Aseguramiento Universal en Salud ­ Modelo SITEDS" en la dirección electrónica: http://www. susalud.gob.pe, a efectos de recibir los comentarios y sugerencias de los agentes usuarios y del público en general, durante el plazo de treinta (30) días hábiles. Los comentarios, sugerencias y aportes deberán ser enviados al correo electrónico siguiente: proyectodenormas@ susalud.gob.pe. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución, en el Diario Oficial El Peruano; y a la Intendencia de Normas y Autorizaciones, la publicación de la indicada resolución, así como del proyecto de norma a que se refiere el artículo 1 de dicha resolución en el portal institucional de SUSALUD. Artículo 3°.- ENCARGAR a la Intendencia de Normas y Autorizaciones la recepción, procesamiento y sistematización de los comentarios y sugerencias que se presenten, a fin de evaluar y efectuar los ajustes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese, CARLOS MANUEL ACOSTA SAAL Superintendente 1775744-1

con el literal g) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, es competencia del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud, establecer la organización de las Salas que conforman el Tribunal, considerando la especialidad y la carga procesal; Que, mediante Resolución Suprema N° 012-2019SA, publicada el 14 de mayo de 2019, se designó al médico cirujano (M.C) Luis Alberto Santa María Juárez, en el cargo de Vocal del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud; Que, estando a la designación señalada en el párrafo precedente, a la normativa precitada, a lo indicado en los documentos de vistos, y acuerdos 4.1. y 4.2 adoptados por el Consejo Directivo en la Sesión Ordinaria N° 0242018-CD, de fecha 19 de diciembre del 2018, resulta necesario asignar al Vocal M.C. Luis Alberto Santa María Juárez a la Primera Sala: "Sala Especializada en casos de Defensa de los Derechos en Salud de los Usuarios", correspondiendo reconformar la referida sala; Con los vistos del Secretario General, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica (e) de la Superintendencia Nacional de Salud, y; Estando a lo dispuesto por el artículo 9 y literal t) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 0082014-SA, y el artículo 23 del Decreto legislativo N° 1158. SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR LA RECONFORMACIÓN de la Primera Sala Especializada del Tribunal de SUSALUD "Sala Especializada en casos de Defensa de los Derechos en Salud de los Usuarios", conforme al siguiente detalle: Primera Sala: "Sala Especializada en casos de Defensa de los Derechos en Salud de los Usuarios" - José Hugo Rodríguez Brignardello - Marlene Leonor Rodríguez Sifuentes - Luis Alberto Santa María Juárez Artículo 2.- DEJAR SIN EFECTO la conformación de la Primera Sala Especializada del Tribunal de SUSALUD "Sala Especializada en casos de Defensa de los Derechos en Salud de los Usuarios", contenida en el artículo 3 de la Resolución de Superintendencia N° 008-2019-SUSALUD/S, publicada el 08 de enero de 2019. Artículo 3.- RATIFICAR los demás extremos de la Resolución de Superintendencia N° 008-2019-SUSALUD/S, publicada el 08 de enero de 2019. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", así como en la página web institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MANUEL ACOSTA SAAL Superintendente 1775744-2

Aprueban la reconformación de la Primera Sala Especializada del Tribunal de SUSALUD "Sala Especializada en casos de Defensa de los Derechos en Salud de los Usuarios"
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 080-2019-SUSALUD/S Lima, 3 de junio de 2019 VISTOS: El Memorándum N° 00145-2019-SUSALUD/ TRIBUNAL de fecha 15 de mayo de 2019 del Presidente del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud, y el Informe N° 00391-2019-SUSALUD/OGAJ de fecha 27 de mayo de 2019 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 008-2019-SUSALUD/S, publicada el 08 de enero de 2019, y, rectificada mediante Fe de Erratas, publicada el 11 de enero de 2019, se estableció la conformación de las tres (3) Salas del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD), entre ellas, la Primera Sala: "Sala Especializada en casos de Defensa de los Derechos en Salud de los Usuarios", conformada por los Vocales José Hugo Rodríguez Brignardelo, Marlene Leonor Rodríguez Sifuentes y el Vocal reemplazante; Que, de acuerdo al artículo 23 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud - ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, en concordancia con el artículo 25 del Decreto Legislativo No. 1158, el Tribunal de SUSALUD está integrado por Salas Especializadas en los asuntos de su competencia, y cada Sala está integrada por tres (3) vocales; Que, de conformidad de lo dispuesto por el numeral 6) del artículo 19 del Decreto Legislativo N° 1289 y concordante

Aprueban el Plan Operativo Institucional Multianual 2020 - 2022 de SUSALUD
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 081-2019-SUSALUD/S Lima, 3 de junio de 2019 VISTOS: El Informe Técnico Nº 013-2019-SUSALUD/OGPP, de fecha 17 de abril de 2019, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 003502019/OGAJ de fecha 08 de mayo de 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 9 de la Ley Marco del Aseguramiento Universal en Salud, Ley N° 29344 se crea

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