Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2019 (04/06/2019)


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NORMAS LEGALES

Martes 4 de junio de 2019 /

El Peruano

contratación administrativa de servicios, modificado por la Ley N° 29849; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y modificado por Decreto Supremo N° 065-2011-PCM; el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Infraestructura Educativa ­ PRONIED, aprobado con Resolución Ministerial N° 034-2016-MINEDU y modificado con Resolución Ministerial N° 341-2017-MINEDU; y el Reglamento Interno de Servidores Civiles del Programa Nacional de Infraestructura Educativa ­ PRONIED, aprobado por Resolución Directoral Ejecutiva N° 331-2016-MINEDU/ VMGI-PRONIED; con los vistos de la Unidad de Recursos Humanos, la Oficina General de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a partir del 04 de junio de 2019, al Abogado Martin Gabriel Plasencia Li en el cargo de Coordinador de Equipo de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras del Programa Nacional de Infraestructura Educativa ­ PRONIED. Artículo 2.- Encargar a la Unidad de Recursos Humanos, las acciones de personal correspondientes. Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en el portal institucional del Programa Nacional de Infraestructura Educativa ­ PRONIED (www.pronied.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH MILAGROS AÑAÑOS VEGA Directora Ejecutiva Programa Nacional de Infraestructura Educativa 1775558-1

ENERGIA Y MINAS
Aprueban el Manual de Perfiles de Puestos - MPP del Ministerio, y dejan sin efecto el Manual de Organización y Funciones y el Clasificador de Cargos
RESOLUCIÓN SECRETARIAL N° 033-2019-MEM/SG Lima, 3 de junio de 2019 VISTOS: El Informe N° 179-2019-MEM/OGA-ORH de Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General Administración; y el Informe Nº 547-2019-MEM/OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio Energía y Minas, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023 se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, como Organismo Técnico Especializado con competencia a nivel nacional y sobre todas las entidades de la administración pública, encargada de formular la política nacional del servicio civil, ejercer la rectoría del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, y resolver las controversias; Que, mediante Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, se establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como aquellas personas encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas, cuya implementación se realiza progresivamente, de acuerdo con las reglas de implementación que establecen las normas reglamentarias; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado con Decreto Supremo Nº la de de de

040-2014-PCM, dispone que las etapas del proceso de implementación son las reguladas mediante Resolución Nº 160-2013-SERVIR/PE, que aprueba los Lineamientos para el Tránsito de una entidad pública al Régimen del Servicio Civil, o la que haga sus veces; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 034-2017-SERVIR-PE, se formalizó la aprobación del "Lineamiento para el tránsito de una entidad pública al régimen del Servicio Civil, Ley Nº 30057", y con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 307-2017-SERVIR/PE, se formalizó la modificación del mencionado Lineamiento; siendo que dicho instrumento señala que la ruta de tránsito al nuevo régimen consta de cuatro etapas; asimismo, conforme al numeral 3.III de dicho Lineamiento se señala que en la Etapa 3, entre otras, se establecen los puestos necesarios y los perfiles de dichos puestos, acorde con las funciones que deban desempeñar, a partir de lo cual se elabora el Manual de Perfiles de Puestos - MPP; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 312-2017-SERVIR-PE se formalizó la aprobación de la Directiva Nº 004-2017-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Perfiles de Puestos - MPP", el cual determina en su artículo 13 que el Manual de Perfiles de Puestos se formula por primera vez en la tercera etapa del proceso de tránsito de la entidades al nuevo régimen del servicio civil regulado por la Ley Nº 30057, específicamente después de haber concluido la determinación de la Dotación de los servidores de la entidad; Que, mediante Resolución Secretarial N° 031-2019MEM/SG, se aprobó la Determinación de Dotación de Servidores Civiles del Ministerio de Energía y Minas; Que, mediante Oficio N° 0706-2019-MEM/SG, la Secretaría General del Ministerio de Energía y Minas, remitió a la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, el proyecto de Manual de Perfiles de Puestos del Ministerio de Energía y Minas a fin que la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de dicho ente rector evalúe y emita la opinión técnica favorable correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la precitada Directiva N° 004-2017-SERVIR/ GDSRH; Que, mediante Oficio N° 074-2019-SERVIR/GG de fecha 30 de mayo de 2019, la Gerencia General de SERVIR, remite el Informe Técnico N° 050-2019-SERVIR/ GDSRH, emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, a través del cual brinda opinión favorable al proyecto de Manual de Perfiles de Puestos remitido por el Ministerio de Energía y Minas, recomendando continuar con las acciones necesarias para la aprobación y publicación del Manual de Perfiles de Puestos de la entidad de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente; Que, mediante Informe N° 179-2019-MEM/OGAORH de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración, se informa que de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 16 de la Directiva N° 004-2017-SERVIR/GDSRH, corresponde la aprobación del Manual de Perfiles de Puestos mediante resolución del Titular de la Entidad, debiendo dejarse sin efecto el Manual de Organización y Funciones y el Clasificador de Cargos del Ministerio de Energía y Minas, conforme lo establece el literal a) del artículo 17 de la Directiva N° 004-2017-SERVIR/GDSRH; Que, asimismo corresponde aprobar el "Anexo de Puestos de los Regímenes 276 y 728", de conformidad con el literal c) del artículo 17 de la mencionada Directiva N° 004-2017-SERVIR/GDSRH, de aplicación exclusiva a los servidores bajo los regímenes regulados por los Decretos Legislativos Nº 276 y 728; Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa; Que, el artículo 22 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modificaciones, establece que la Secretaría General es la máxima autoridad administrativa del Ministerio;

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