Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2019 (04/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Martes 4 de junio de 2019 /

El Peruano

Artículo 2º.- Designar, a partir de la publicación de la presente Resolución, al señor Julio Aurelio Rios Sousa en el cargo de Director de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola del Fondepes. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Entidad y en Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. ALVARO RICARDO REINOSO ROSAS Jefe Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero 1775275-1

Visto el Expediente Nº 19-052736-001, que contiene el Informe N° 109-OPEE-OGPPM/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministerios y las entidades públicas ejercen sus funciones en respuesta a una o varias áreas programáticas de acción, las cuales son definidas para el cumplimiento de las funciones primordiales del Estado y para el logro de sus objetivos y metas; Que, el numeral 1 del artículo 4 y el numeral 22.2 del artículo 22 de la precitada Ley establecen que el Poder Ejecutivo es competente para diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado las que ejercen la rectoría de las políticas nacionales. Asimismo, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la norma dispone que los Ministerios formulan, planean, dirigen, coordinan, ejecutan, supervisan y evalúan la política nacional y sectorial bajo su competencia; Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, determina y regula el ámbito de competencia, las funciones, la estructura orgánica básica del Ministerio de Salud y su función rectora como único ente que establece políticas en materia de salud a nivel nacional, con la finalidad de disponer la estandarización de los procesos, a fin de brindar atenciones oportunas y de calidad. Determina también sus relaciones de articulación y coordinación con otras entidades; Que, los literales a) y b) del artículo 5 de la precitada Ley contempla como función rectora del Ministerio de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; Que, mediante Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 038-2018-PCM, se aprobó el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, el que tiene por finalidad desarrollar la rectoría de las políticas nacionales en todo el territorio a fin que sean implementadas por las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, en beneficio de los ciudadanos; Que, el numeral 8.1 del artículo 8 del citado Reglamento dispone que las políticas nacionales constituyen decisiones de política a través de las cuales se prioriza un conjunto de objetivos y acciones para resolver un determinado problema público de alcance nacional y sectorial o multisectorial en un periodo de tiempo. Por su parte, en su artículo 13 la referida norma, dispone que la rectoría de una política nacional sectorial es la potestad exclusiva de un Ministerio para priorizar la atención de problemas o necesidades públicas y disponer medidas sectoriales nacionales que permitan alinear la actuación de los tres niveles de gobierno y de los ciudadanos, correspondiendo al Ministerio de Salud, en este caso, ejercer la rectoría de la política nacional sectorial de salud; Que, asimismo, los numerales 15.1 y 15.5 del artículo 15 de la referida norma legal, establece que la conducción de una política nacional multisectorial supone su diseño y formulación de manera conjunta con los ministerios intervinientes, así como la coordinación, articulación intersectorial, seguimiento y evaluación de su cumplimiento; pudiéndose excepcionalmente requerir la conformación de un grupo de trabajo u otro mecanismo para el diseño, formulación, coordinación, seguimiento y evaluación de una política nacional multisectorial; Que, los numerales 28.1 y 28.2 del artículo 28 del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, establece que los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado, sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes. Se extinguen automáticamente concluido su periodo de vigencia.

Designan Jefe de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos del Instituto Tecnológico de la Producción
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 119-2019-ITP/DE Lima, 3 de junio de 2019 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; Con la visación de la Secretaría General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley n.º 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); y, el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a Alejandro Lorenzo Gonzales González, en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP). Artículo 2.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano"; y en el mismo día, en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) https://www.gob.pe/produce/itp. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO GUTIERREZ SORIA Director Ejecutivo 1775408-1

SALUD
Crean Grupo de Trabajo Multisectorial con el objeto de elaborar documento que contenga la propuesta de diseño y formulación de la política nacional multisectorial de salud
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 487-2019/MINSA Lima, 3 de junio del 2019

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