Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2019 (22/06/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Sábado 22 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

43

mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el numeral 16.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud al numeral 16.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera; Que, mediante Informe Nº 000061-2019-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de la Actividad: "Capacitación y Asistencia Técnica de la cadena de valor del cultivo frutícola en 10 localidades del distrito de Monzón, provincia de Huamalíes, departamento de Huánuco" que será financiada con recursos de la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios", la misma que cuenta con la aprobación de la Presidencia Ejecutiva; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", en el año 2019, DEVIDA suscribió una Adenda con la Municipalidad Distrital de Monzón para la ejecución de la precitada Actividad hasta por la suma de UN MILLÓN Y 00/100 SOLES (S/ 1'000,000.00), cuyo financiamiento se efectuará a través de transferencia financiera; Que, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de DEVIDA, ha emitido la Certificación de Crédito Presupuestal Nº 00847, entendiéndose que este documento forma parte del Informe Previo Favorable Nº 000056-2019-DV-OPPUPTO, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 16.2 del artículo 16º de la Ley Nº 30879 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Adicionalmente, DEVIDA ha emitido la respectiva conformidad del Plan Operativo de la Actividad; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada Ley, la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se transfieren para la ejecución de la Actividad detallada en el anexo Nº 01 de la presente Resolución, de conformidad con el POA aprobado por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos; Con los visados de la Gerencia General, la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS" y los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Administración y Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia financiera hasta por la suma total de UN MILLÓN Y 00/100 SOLES (S/ 1'000,000.00), para financiar la Actividad a favor de la Entidad Ejecutora que se detalla en el Anexo Nº01 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia financiera autorizada por el Artículo Primero de la presente resolución, se realice con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2019 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas correspondiente a la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios". Artículo Tercero.- RATIFICAR que la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se transfieren para la ejecución de la Actividad descrita en el Anexo Nº 01 de la presente resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos,

en concordancia con lo dispuesto por el numeral 16.3 del artículo 16º de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, es la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para las cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 16.3 del artículo 16º de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución a la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", a la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y a la Oficina General de Administración para los fines correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin que proceda a PUBLICAR el presente acto resolutivo en el portal de internet de DEVIDA. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. RUBÉN VARGAS CÉSPEDES Presidente Ejecutivo ANEXO 01 TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL "PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE ­ PIRDAIS"
NRO. ENTIDAD EJECUTORA NOMBRE DE ACTIVIDAD / PROYECTO MONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/

ACTIVIDAD: CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA DE LA MUNICIPALIDAD CADENA DE VALOR DEL CULTIVO 01 DISTRITAL DE FRUTÍCOLA EN 10 LOCALIDADES MONZÓN DEL DISTRITO DE MONZÓN, PROVINCIA DE HUAMALÍES, DEPARTAMENTO DE HUÁNUCO TOTAL

1'000,000.00

1'000,000.00

1781804-1

SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION
Designan a Gerenta de la Oficina de Planificación y Presupuesto
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 111-2019-02.00 Lima, 20 de junio de 2019 CONSIDERANDO: Que, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO es una Entidad de Tratamiento Especial, adscrita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cuenta con autonomía administrativa, económica y financiera, de conformidad con lo establecido en su Ley de Organización y Funciones ­ Decreto Legislativo Nº 147, concordante con el artículo 20° de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones de dicho Ministerio;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.