Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2019 (22/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Sábado 22 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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· Cuatro representantes de los gremios de la MYPE de la Región. · Un representante de la Cámara de Comercio y Producción del Santa · Un representante de la Cámara de Turismo de Ancash · Dos representantes de cada Municipalidad Provincial de la zona costa con mayor cantidad de MYPES y un representante de la Municipalidad Provincial de la zona sierra con mayor cantidad de MYPE. · Un representante de las Universidades Públicas y un representante de las Universidades Privadas de la Región. · Un representante de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo. · Un representante de la Dirección Regional de Agricultura. · Un representante de la Dirección Regional de Energía y Minas. · Un representante de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo. · Un representante de la Dirección Regional de Educación. · Un representante de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT · Un representante del Instituto de Estadística e Informática - INEI · Un representante de los Colegios Profesionales de la región. · Un representante de las entidades de micro finanzas y/o financieras de la región. · Un representante de la SUNARP. · Un representante de la Gerencia Pacifico. · Un representante de la Gerencia de Desarrollo Económico. · Un representante de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional · Un representante de la Dirección Regional de la Producción. El "COREMYPE" dentro de sus competencias y acorde a la acreditación podrá invitar a otras Instituciones a participar en el COREMYPE, acorde al procedimiento y normatividad existente. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional en coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, la implementación y cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrará en VIGENCIA a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, así como su publicación en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ancash. Artículo Quinto.- DISPONER, la publicación del contenido de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial de mayor circulación de la Región Ancash y/o el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Comuníquese, al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ancash para su promulgación. FÉLIX F. CÓRDOVA ARANDA Consejero Delegado Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ancash, a los 19 días del mes de julio del año dos mil dieciocho. LUIS FERNANDO GAMARRA ALOR Gobernador Regional de Ancash 1781032-1

GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
Aprueban integrar la Ordenanza Regional N° 001-2019-GR-LL/CR, en el extremo que determina las competencias a ser asignadas a las dependencias del Gobierno Regional La Libertad para asegurar el cumplimiento de los fines y objetivos que persigue el "Festival del Plátano de Molino de Cajanleque"
ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2019-GR-LL/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192° de la Constitución Política del Perú de 1993, Modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Bases de Descentralización Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su Modificatoria Ley Nº 27902, y demás Normas Complementarias; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha 02 abril del 2019, el Oficio N° 002-2019-GRLL-CR/CCETA de fecha 12 de marzo del 2019, mediante el cual la Consejera por la Provincia de Sánchez Carrión, Srta. Milagros Jennifer Catalán Corman, en su calidad de Presidente de la Comisión Ordinaria de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía, solicita se apruebe integrar la Ordenanza Regional N° 001-2019-GRLL/CR, en el extremo que determina las competencias a ser asignadas a las dependencias del Gobierno Regional La Libertad para asegurar el cumplimiento de los fines y objetivos que persigue el "Festival del Plátano de Molino de Cajanleque", y; CONSIDERANDO: Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir ordenanzas regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 38° de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece: "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (...)"; Que, en Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha 02 abril del 2019 se aprobó la Ordenanza N° 001-2019-GR-LL/CR, el cual contempla la modificación de la Ordenanza Regional N° 004-2013-GR-LL/CR, en su artículo Segundo; Que, mediante Oficio N° 002-2019-GRLL-CR/CCETA de fecha 12 de marzo del 2019, la Consejera Regional por la Provincia de Sánchez Carrión, Lic. Milagros Jennifer Catalán Corman, en su calidad de Presidente de la Comisión Ordinaria de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía, presentó pedido al Pleno del Consejo Regional mediante el cual solicitó se apruebe la integración a la Ordenanza Regional N° 001-2019-GR-LL/CR, presentada, señalando que ésta última no había considerado y aprobado algunos artículos conteniendo las competencias que desarrollarían las dependencias del Gobierno Regional La Libertad para asegurar el cumplimiento de los fines y objetivos que persigue el "Festival del Plátano

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