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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2019 (29/06/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Sábado 29 de junio de 2019 / El Peruano “Artículo 2.- Designar como representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial de Inclusión Financiera creada por Decreto Supremo N° 029-2014-EF, a los siguientes funcionarios: − Director/a General de la Dirección General de Políticas y Estrategias, como titular. − Director/a de la Dirección de Diseño y Articulación de Políticas, como alterno.” Artículo 2.- Notifi car la presente resolución al Ministerio de la Economía y Finanzas y a los representantes designados en el artículo precedente, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1783561-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueba Índices de Distribución del Canon Gasífero proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2018 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 246-2019-EF/50 Lima, 26 de junio de 2019CONSIDERANDO:Que, el artículo 11 de la Ley Nº 27506, Ley de Canon, crea el canon a la explotación del gas natural y condensados de gas denominado Canon Gasífero, el que bene fi ciará a la circunscripción donde se encuentra ubicado geográ fi camente el recurso natural; asimismo, dispone que el Canon Gasífero se compone del 50% del Impuesto a la Renta obtenido por el Estado de las empresas que realizan actividades de explotación de gas natural, del 50% de las regalías por la explotación de tales recursos naturales, y de un porcentaje de los ingresos que obtiene el Estado por la explotación de estos recursos naturales provenientes de contratos de servicios, de ser el caso; Que, de acuerdo al párrafo 5.2 del artículo 5 de la Ley Nº 27506, el Canon Gasífero es distribuido entre los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales de acuerdo a los índices de distribución que fi je el Ministerio de Economía y Finanzas en base a criterios de Población y Necesidades Básicas Insatisfechas; Que, el literal c) del artículo 2 del Reglamento de la Ley Nº 27506, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2002-EF, establece la base de referencia para calcular el Canon Gasífero, la cual está constituida por el 50% del Impuesto a la Renta, el 50% de las regalías provenientes de los contratos de licencia, así como del 50% del valor de realización o venta descontados los costos hasta el punto de medición de la producción en los contratos de servicios, derivados de la explotación de gas natural y condensados; Que, conforme al artículo 6 del citado Reglamento, los Índices de Distribución del Canon Gasífero que resulten de la aplicación de los criterios de distribución, así como las cuotas a que se re fi ere el literal a) del artículo 7 del Reglamento de la Ley Nº 27506, son aprobados mediante Resolución Ministerial expedida por el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el literal a) del artículo 7 del Reglamento de la Ley N° 27506 dispone que determinado el monto del Impuesto a la Renta que constituye, entre otros, recurso del Canon Gasífero, el mismo se trans fi ere a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales hasta en doce (12) cuotas consecutivas mensuales, a partir del mes siguiente de recibir la información de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT);Que, el párrafo 52.1 del artículo 52 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que los Índices de Distribución del Canon Gasífero son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Presupuesto Público; Que, de otro lado, la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 021-2019-EF dispone que, de manera excepcional, durante el Año Fiscal 2019, para la elaboración de los índices de distribución de los recursos determinados se utilice la información proporcionada por el INEI, que fue utilizada para la elaboración de los montos estimados de recursos determinados para el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2019; Que, sobre la base de la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática, con O fi cio Nº 029-2018-INEI/DTDIS, por el Ministerio de Energía y Minas, con O fi cio N° 119-2019-MEM/DGH, y por la SUNAT, con O fi cio Nº 139-2019-SUNAT/7B0000; la Dirección General de Presupuesto Público realiza los cálculos correspondientes para la determinación de los Índices de Distribución del Canon Gasífero proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2018; Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar los Índices de Distribución del Canon Gasífero proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2018, así como el número de cuotas a que se re fi ere el literal a) del artículo 7 del Reglamento de la Ley de Canon; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27506, Ley de Canon; en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; en el Decreto Supremo N° 005-2002-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Canon; y, en la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 021-2019-EF; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar los Índices de Distribución del Canon Gasífero proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2018, a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales bene fi ciados, conforme al Anexo que forma parte de esta Resolución Ministerial. Artículo 2.- El Canon Gasífero proveniente del Impuesto a la Renta del Ejercicio Fiscal 2018 es distribuido en doce (12) cuotas consecutivas mensuales. Artículo 3.- La Resolución Ministerial se publica en el Diario O fi cial El Peruano y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1783264-1 Autorizan viaje de Consultora de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, a la República Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 247-2019-EF/43 Lima, 26 de junio de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante correo electrónico de fecha 28 de mayo de 2019, el Global Forum on Transparency and Exchange of Information for Tax Purposes cursa invitación