TEXTO PAGINA: 71
71 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de marzo de 2019 El Peruano / Que, a través del Informe Nº 007-2019-MDSMM/GAFT, la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización, opina que resulta prioritaria la aprobación de un nuevo Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas para el distrito, en mérito a que el instrumento vigente se encuentra desfasado a la realidad actual y se requiere contar con un instrumento de gestión idóneo para el ejercicio adecuado de la potestad sancionadora; asimismo, reside en los cambios sustanciales que se han producido en el procedimiento sancionador previsto en el Decreto Legislativo Nº 1272, compilados en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Que, mediante Informe Nº 015-2019-MDSMM/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que el proyecto de ordenanza que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas del distrito de Santa María del Mar es conforme con el marco normativo vigente; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 9, numerales 4 y 5 del artículo 20 y artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el voto MAYORITARIO de los señores miembros del Concejo Municipal y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARÍA DEL MAR Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas del distrito de Santa María del Mar, el mismo que consta de 41 artículos y 4 disposiciones complementarias, conforme al anexo único integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Derogar la Ordenanza Nº 148-2011-MDSMM, así como todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y que la Ordenanza y su anexo sean publicados en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar (www.stamariadelmar.gob.pe). JIRIES MARTÍN JAMIS SUMAR Alcalde 1746684-4 Prorrogan el Beneficio de pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del año 2019 y amplían su aplicación a todos los predios del distrito ORDENANZA Nº 273-MDSMM Santa María del Mar, 28 de febrero de 2019EL ALCALDE DE SANTA MARÍA DEL MARPOR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA MARÍA DEL MAR VISTO:En Sesión Ordinaria Nº 003-2019-MDSMM, del 28 de febrero de 2019, el Informe Nº 006-2019-MDSMM/GATF de la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización y el Informe Nº 016-2019-MDSMM/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194, modi fi cado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía en los asuntos de su competencia; no obstante, se encuentran sujetos a las leyes, disposiciones y normas técnicas que regulan las actividades y funcionamiento de los sistemas administrativos de la Administración Pública; Que, el literal b del artículo 15 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, señala que el Impuesto Predial podrá cancelarse en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales. En este caso, la primera cuota será equivalente a un cuarto del impuesto total resultante y deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero. Las cuotas restantes serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre, debiendo ser reajustadas de acuerdo con la variación acumulada del Índice de Precios al Por Mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), por el período comprendido desde el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente al pago, siendo la primera fecha de vencimiento correspondiente al primer trimestre el 28 de febrero de 2019; Que, la Ordenanza Nº 268-MDSMM en su artículo 1 aprueba el bene fi cio por pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, aplicable a los predios destinados a casa habitación; su artículo 4 determina el pago al contado del Impuesto Predial y la aplicación del bene fi cio tributario de pronto pago, siendo la fecha de vencimiento el 28 de febrero de 2019 y de vencimiento de la primera cuota fraccionada el 29 de marzo; así como su artículo 6 dispone la aplicación de un descuento del 100% sobre los intereses y moras correspondientes a multas tributarias aplicadas hasta el año 2018; Que, es política de esta gestión municipal incentivar el cumplimiento del pago de las obligaciones de los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de Santa María de Mar y una manera efectiva de hacerlo es a través del otorgamiento de bene fi cios; Que, mediante Informe Nº 006-2019-MDSMM/GATF, la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización informa y sustenta la necesidad de una prórroga del plazo de vencimiento para el Bene fi cio por Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, y vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el año 2019; asimismo, sustenta la modi fi cación del ámbito de aplicación del mencionado bene fi cio a todos los predios sea cual fuere el uso al que se encuentran destinados; y, de la misma forma, propone la aplicación de un 30% de descuento sobre los intereses generados a las deudas por concepto de Arbitrios Municipales hasta el año 2018; Que, mediante Informe Nº 016-2019-MDSMM/GAJ, le Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto del proyecto de ordenanza que aprueba la prórroga del bene fi cio tributario de pronto pago y otras disposiciones; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los numerales 8 y 9 del artículo 9, numerales 4 y 5 del artículo 20 y artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el voto UNÁNIME de los señores miembros del Concejo Municipal y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA PRÓRROGA DEL BENEFICIO TRIBUTARIO DE PRONTO PAGO Y ESTABLECE OTRAS DISPOSICIONES TRIBUTARIAS Artículo 1º.- Prorrogar hasta el 29 de marzo de 2019 el Bene fi cio de pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del año 2019 y ampliar su aplicación a todos los predios del distrito de Santa María del Mar conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 268-MDSMM. Artículo 2º.- La presente Ordenanza entra en vigor a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar (www.stamariadelmar.gob.pe), el