Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2019 (17/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Domingo 17 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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Autorizan a ciudadanos peruanos residentes en el Reino de España para prestar servicios en las Fuerzas Armadas Españolas
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 053-2019-RE Lima, 15 de marzo de 2019 CONSIDERANDO: Que, cuatro (04) ciudadanos peruanos residentes en el Reino de España, solicitan autorización del Señor Presidente de la República, para poder servir en las Fuerzas Armadas Españolas; Que, dicha solicitud ha sido previamente evaluada por el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional del Perú; Que, el numeral 23 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, establece que el Presidente de la República, autorizará a los peruanos para servir en un ejército extranjero; Que, en consecuencia es necesario expedir la autorización correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 23 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a cuatro (04) ciudadanos peruanos residentes en el Reino de España, para que presten servicios en las Fuerzas Armadas Españolas.
01 KEVIN ALVARO TORRES CORAC 03 PAUL LEONARDO MINAYA HUAMAN 04 KATHERINE MARYUSI TENAZOA TAPIA 73764860 48956531 48506747

Jordania en la República Federativa de Brasil, comunica que su Gobierno ha concedido el beneplácito de estilo al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Paúl Andrés Paredes Portella, para que se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante dicho país, con residencia en El Cairo, República Árabe de Egipto; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) Nº 14, del Despacho Viceministerial; y el Memorándum (CER) Nº CER00002/2019, de la Dirección de Ceremonial de la Dirección General de Ceremonial y Protocolo del Estado, ambos de 3 de enero de 2019; De conformidad con el artículo 118° de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias, el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Árabe de Egipto, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Paúl Andrés Paredes Portella, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante el Reino Hachemita de Jordania, con residencia en El Cairo, República Árabe de Egipto. Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1750685-4

02 FRANCISCO JAVIER LOAYZA MONTALVA 73051108

Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1750685-3

Autorizan a la APCI el gasto por adquisición de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento de funcionarios del CENFOTUR, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de la primera Actividad del Proyecto Bilateral Perú-Santa Lucía
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0177/RE-2019 Lima, 11 de marzo de 2019 VISTO: El Memorándum (APC) N° APC00043/2019, de 15 de febrero de 2019, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 27692 y sus normas modificatorias, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que ejecuta, programa y organiza la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente gozan de los beneficios tributarios que la ley establece; Que, el literal c) del artículo 2 de la Ley de Cooperación Técnica Internacional, aprobada por Decreto Legislativo

Nombran al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Árabe de Egipto, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante el Reino Hachemita de Jordania
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 054-2019-RE Lima, 15 de marzo de 2019 VISTA: La Resolución Suprema Nº 143-2018-RE, que nombra Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Árabe de Egipto, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Paúl Andrés Paredes Portella; CONSIDERANDO: Que, mediante Nota Verbal Nº 24/4/2/1979, de 27 de diciembre de 2018, la Embajada del Reino Hachemita de

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